Índice de Prolegómenos de la Independencia mexicana de Lucas AlamánCapítulo IVCapítulo V - Segunda parteBiblioteca Virtual Antorcha

CAPÍTULO CINCO

Primera parte




Continuación de los movimientos de México, a consecuencia de los sucesos de España de 1808.- Insiste el ayuntamiento de México en la convocación de una junta de las autoridades de la capital.- Miras del ayuntamiento.- Escritos del P. Talamantes. Quién era este.- Miras del virrey.- Recíbense órdenes de Murat.- Comunicaciones del gobierno francés.- Motin excitado en Veracruz por la llegada de la goleta Vaillante que las condujo.- Consideraciones sobre la independencia.- Convoca el virrey la junta general de las autoridades.- Protestas de la audiencia




El glorioso levantamiento de la nación española habia venido a producir un cambio muy esencial en la opinion, pero las dificultades causadas por la ausencia y prisión del monarca, no sólo quedaban en pié, sino que aparecian en toda su gravedad, por las circunstancias mismas en que la metrópoli se hallaba. En el movimiento casi simultáneo de todas las provincias de España, cada una habia establecido un gobierno local, que atendiese a las necesidades del momento que en ellas ocurrian, pero no habia habido tiempo ni oportunidad para formar un gobierno general que reemplazase a la junta de Madrid, que por todas habia sido desconocida, y aunque para los europeos la cuestión estaba decidida, pues habiendo en la península una autoridad que gobernase en nombre de Fernando VII, les bastaba para creer que debia ser reconocida; para los americanos las cosas no habian variado, y por esto el ayuntamiento de México, que habia indicado ya al virrey desde 25 de Julio, al comunicarle éste la consulta del acuerdo del 21, que era necesaria la reunión de todas las autoridades del reino, y en lo pronto por la urgencia, la de las de la capital, para el caso de que llegasen órdenes del gobierno intruso; cumpliendo con lo que el virrey le previno, sin embargo de las noticias recibidas desde aquella fecha, expuso en dos representaciones que dirijió en 3 y 5 de Agosto, las razones en que fundaba su opinión. Eran estas el ejemplo de lo que habian hecho las varias provincias de España; la necesidad de ponerse en estado de defensa, pues aunque por los sucesos recientes habia cesado el peligro ejecutivo que amenazaba, no debia sin embargo prescindirse de hacer los preparativos necesarios, y porque para llenar el vacío inmenso que la falta del monarca dejaba entre la autoridad del virrey y la soberanía, era preciso recurrir al reino, representado en lo ejecutivo por las autoridades y cuerpos existentes en la capital, en unión de la ciudad como su metrópoli, reconociendo sin embargo, que así el virrey como todos los tribunales, tenian expedito el poder que las leyes le concedian (1).

Ahora que tenemos ya presentada de lleno la idea y objeto a que el ayuntamiento de México se encaminaba, la cual habia sido apoyada por el virrey, cuando le previno que la fundase por escrito, y que ella va a ser el punto de contraste de los partidos, examinemos cuál era la importancia que cada uno de ellos le daba, y las miras que se proponia: este exámen facilitará mucho, o más bien, dará la llave de la inteligencia de todos los sucesos que van a seguirse.

Tanto el virrey como los lieenciados Azcárate y Verdad que dirigian al ayuntamiento, estaban en la persuasión de que España no podria resistir a los franceses, y el virrey con poca circunspección lo manifestaba así en sus tertulias y conversaciones, lo que habia hecho que trascendiese en el público, el que daba por esto poco crédito a sus demostraciones de entusiasmo, como las que hizo cuando se recibieron las noticias del levantamiento de España, paseando por las calles el retrato de Fernando VII, y echando dinero al pueblo (2). Era pues, el plan de los individuos influyentes en la municipalidad, aprovechar las circunstancias en que España se hallaba para hacer la independencia; más como la opinión no estaba de ninguna manera preparada para ello, este plan no podia presentarse a las claras, por estar muy arraigada en los ánimos del pueblo la fidelidad del monarca, de que acababa de dar tan señaladas pruebas. Preciso era pues, comenzar por establecer con otros pretextos, lisonjeando las inclinaciones del virrey para contar con su apoyo, una junta nacional que ejerciese la soberanía, y a poco andar, a favor de las circunstancias, la independencia quedaria hecha por sí misma; y que este fuese el intento, por más que entonces se negó con las más ardientes protestas de fidelidad, ha venido a ponerlo en claro la serie misma de los sucesos, y aquellos de sus autores que han vivido hasta despues de hecha la independencia, lo han hecho así público, y por ello han sido considerados y premiados, aunque el licenciado Azcárate estando preso y procesado como despues veremos, enfermo y en artículo de muerte, hizo una solemne protesta de la pureza de sus intenciones y fidelidad acendrada a Fernando VII (3).

Vése también con claridad lo mismo, por los planes que se le cogieron en el acto de su prision a Fr. Melchor Talamantes. Era este un religioso mercedario, de aquellos que de su profesión no conservan, más que el hábito: habia venido del Perú su patria, para pasar a España por disturbios en su provincia, pero se habia ido quedando en México, en donde vivia fuera de su convento, frecuentando las casas de juego y petardeando para hacerse de dinero. Se le habia encargado por el virrey el deslinde de la provincia de Texas, para fijar los límites de esta y asegurar su posesión contra los intentos de los Estados Unidos, y habia formado también un plan de defensa del reino, que presentó al oidor Carvajal por quien fue bien recibido; con motivo de las recientes ocurrencias, escribió unos apuntes sobre el modo de convocar el congreso general del reino, y objetos de que éste habia de tratar, con otras memorias en que examinaba más a fondo la misma materia (4), de que hizo circular copias y presentó una con nombre fingido al ayuntamiento, dándose a conocer por autor a los amigos que en aquella corporación tenia. Era hombre despejado, y tenia en asuntos políticos, aquella instrucción indigesta que da la lectura de los libros de la revolución francesa, y que basta entre el vulgo para ser considerado por hombre ilustrado. Un ecritor más reciente pero bien impuesto de los sucesos de aquel tiempo, confiesa tambien que el objeto de las juntas que el ayuntamiento promovia (5), no era otro que el de la independencia.

La reunión de la junta lisonjeaba sobre manera los intereses y ambición del virrey, sin que por esto entrase en las miras ulteriores de los promovedores del plan. Para quien ejerce una autoridad suprema, es molesto todo lo que se encamina a limitarla, y para Iturrigaray lo era la intervención del acuerdo, en todos los negocios graves en que por las leyes debia consultarlo, aunque no estuviese obligado a conformarse con su dictámen. Persuadiósele que la reunión de la junta no sólo no debilitaba su autoridad, sino que la afirmaba y consolidaba, haciéndola independiente de las vicisitudes a que estaba expuesta la España, en el estado de revolución en que se hallaba: hízosele creer que el voto de la junta habia de ser meramente consultivo como el del acuerdo, y aunque parezca monstruosa la idea de una junta convocada para llenar el hueco que dejaba en la monarquía la ausencia y cautividad del monarca, con solo voto consultivo (6), nada tenian dificultad en prometer los que nada pensaban cumplir; funesto sistema, que se ha seguido después en casi todas las variaciones políticas del pais: y el virrey sin conocimientos en estas materias, daba fácil asenso a cuanto le sugerian los que se servian de su credulidad para otras miras, y que sabian lisonjear sus pasiones, presentándole no sólo un medio de humillar a los oidores, abatiendo su influjo preponderante, y de afianzar en sus manos la autoridad y con ella los arbitrios de continuar enriqueciéndose por un tiempo ilimitado, sino también haciéndole esperar que podria ser el primer rey de la Nueva España hecha independiente (7). Combinábanse pues bien los intereses del virrey con los del partido que promovia la convocación de la junta, aun cuando no estuviesen de acuerdo en el fin particular que cada uno se proponia y que ocultaba.

El alcalde de corte Villa Urrutia, único que en todo esto obraba de buena fe, sospechaba que el virrey no tenia más plan que hacerse de cartas de todos palos para conservarse a todo trance en el puesto (8). Hay un incidente que da mucha verosimilitud a este concepto. Llegó a Veracruz algunos dias antes que la goleta Esperanza el bergantín Centinela, por el cual recibió el virrey comunicaciones de Murat, dándose a conocer por lugar teniente general del reino, las cuales el virrey quemó por su mano en el salón de su palacio, delante de varios jefes, y dejó por muchos dias la ceniza para que todos la viesen (9). Algun tiempo después arribó al mismo puerto la goleta francesa de guerra Vaillante, procedente de la Guadalupe, conduciendo un pliego del ministro de relaciones exteriores del imperio francés, fecho en Bayona en 17 de Mayo y dirijido al intendente general de la Veracruz, (empleo que no existia) por el que se le comunicaba el llamamiento al trono de España de José Napoleón, se confirmaban en su nombre todas las autoridades, aun las eclesiásticas, y se le encargaba la custodia de estos dominios, haciéndole responsable de la obediencia y quietud de ellos. La llegada de este buque causo un motin en Veracruz, pues el pueblo creyó que habia venido en él D. Miguel José de Azanza, que fue virrey de México, y era actualmente ministro del rey José, y que estaba oculto en la casa del capitán del puerto D. Ciriaco de Cevallos, quien por otros motivos era aborrecido, y en esta ocasión su casa fue invadida y saqueada, perdiéndose las cartas que tenia trabajadas para el depósito hidrográfico de Madrid, y a duras penas pudo salvar su persona en el castillo de Ulúa, de donde pasó a los Estados Unidos, habiendo sido necesario que el cura sacase al Santísimo Sacramento para sosegar la asonada, con cuya demostración y un aguacero que oportunamente cayó, se disipó el pueblo, que queria matar a Cevallos y a los franceses venidos en la goleta (10).

La correspondencia venida por este buque, tuvo la misma suerte que la recibida por el Centinela, habiendo sido quemada por mano del virrey (11); pero cuando este fue preso, se halló entre sus papales el nombramiento que le mandó Murat y que no quemó con lo demas, sin duda por tener esta carta a ese palo, para usar de la misma comparación de Villa Urrutia (12).

Penetraban perfectamente los oidores Aguirre y Bataller, que desde ahora consideraremos como los jefes del partido europeo, el fin a que se encaminaban los promovedores de la junta, y todos sus esfuerzos se dirijieron a contrariarlos, Mientras no se sabia el levantamiento de las provincias de España, los europeos y la audiencia, que era el órgano de sus intentos, se habian reducido a un sistema negativo, que consistia en no reconocer al gobierno intruso, reservar estos dominios para algún individuo de la familia reinante que tuviese derecho a ellos, y aguardar la serie de los acontecimientos: pero una vez alzado en España el estandarte nacional y conocidas las miras del ayuntamiento de México, no pretendian otra cosa que sujetar la Nueva España al reconocimiento y obediencia de cualquiera autoridad establecida en la península, que tuviese algún viso de legitimidad y supremacía, para conservar así la dependencia, que veian claramente perdida con las novedades que se intentaban. Esto explica por qué el ayuntamiento de Veracruz, compuesto de europeos, promovió la reunión de un congreso nacional, al que manifestó estar pronto a mandar sus diputados (13), mientras creyó que en esto se procedia de buena fe, y el mismo cuerpo fue después el más decidido enemigo del virrey, cuando llegó a entender cuales eran las miras que en ello se llevaban. Los europeos atribuian, sin embargo, a Iturrigaray intentos mas avanzados que los que sin duda tenia: daban por cierto que de acuerdo con el ayuntamiento, intentaba nada menos que colocarse en el trono: decíase, como hemos visto, que así se lo habian ofrecido los regidores: que se le habia aclamado por algunas voces con el nombre de José I, y que la virreina admitia de sus domésticos el tratamiento de majestad, especie a que se dió tanto crédito, no sólo por el vulgo sino aun por los magistrados, que fue uno de los puntos sobre que el gobernador de la sala del crimen pidió informe al secretario del virreinato Velazquez (14).

La importancia que se daba a la convocación de la junta promovida por el ayuntamiento, no consistia pues en la junta misma, sino en los designios ulteriores que en ella estribaban, considerándola como principio de la independencia. Esta es una inclinacion tan natural y noble en las naciones como en los individuos, que una vez despierta la idea de conseguirla, se desarrolla con fuerza irresistible, mucho más cuando se presenta un porvenir lisonjero y se ofrecen a la vista grandes e incalculables ventajas. Para promoverla, en aquella sazon no se presentaba otro motivo que la facilidad que para obtenerla presentaba el estado en que se hallaba la metrópoli, pues no sólo no habia ningun nuevo agravio de que quejarse, ningún acto de arbitrariedad que autorizase una resistencia legal, sino que se habia removido el justo motivo de queja que daba la exacción de capitales para la caja de consolidación. El Dr. Mier, que escribió en Inglaterra su historia de la revolución de la Nueva España, conociendo que en un pueblo donde las leyes son tan respetadas como el inglés, era menester fuudar la revolución de las posesiones españolas de América en la infracción de un pacto, para darle el mismo origen que tuvo la de las colonias inglesas, que hoy son los Estados Unidos (15); extractó del código de Indias todo lo que podia parecer pacto fundamental, y pretendió hacer pasar por tal los contratos que se hacian con los conquistadores, que en Nueva España no los hubo, y los privilegios y ventajas declaradas en favor de los hijos de aquellos, en compensación de estos mismos contratos que no pudieron cumplirse, formando con todo esto una especie de constitución de la América española, que nunca llegó a existir, o que estaba olvidada largos años hacia, y en la infracción de esta funda el derecho de la independencia (16). Pero estos contratos para la conquista, en donde los hubo, eran meramente personales con los conquistadores, y no habia ya parte que tuviese derecho a reclamarlos, y el que hubiesen caido en desuso algunas leyes, no era un agravio reciente y que pudiese con justicia reclamarse, sino una costumbre que habia venido a ser inveterada, habiéndose substituido a la antigua una nueva legislación por todos reconocida.

Hánse alegado también las razones generales del derecho imprescriptible que las naciones tienen, para reclamar en cualquier tiempo su independencia y libertad, cuando la han perdido, de la imposibilidad e inconvenientes que ofrecia el que unas posesiones tan extensas fuesen regidas desde una metrópoli distante, a la que se dirigian como una vena inagotable de plata y oro los tesoros de toda la América, sin enriquecer y fecundar los paises de su procedencia; pero estas razones son las unas insubsistentes y las otras de mera conveniencia. No eran los restos de las naciones que ántes dominaron en el pais, las que promovian la independencia, ni esta tenia por objeto reponerlas en sus derechos usurpados por la conquista; promovíanla los descendientes de los conquistadores, que no tenian otros derechos que los que les habia dado esa misma conquista, contra la cual han declamado con una especie de frenesí imposible de explicar, como si fuesen los herederos de los pueblos conquistados y estuviesen en la obligación de vengar sus agravios (17). Las razones de conveniencia eran pues las únicas qne habia, y estas eran decisivas y evidentes, pero cuando España se veia invadida por un enemigo de tan gran poder, parecia muy poco generoso pretender apartarse de una nación, con la que México habia estado ligado por tres siglos con tan íntimas y estrechas relaciones, negándole los auxilios qne pedia en su mayor apuro, para sostener una guerra, en que se hallaba empeñada por necesidad y que se habia decidido a hacer, por un acto admirable de heróismo. Las razones en que cada partido fundaba sus pretensiones, procedian de los varios conceptos, bajo los cuales las posesiones españolas de América habian sido consideradas en diversos tiempos. La audiencia y los españoles miraban a la Nueva España como una colonia de la antigua, según los principios adoptados durante cl gobierno de los Borbones, y el ayuntamiento y los americanos se apoyaban en las leyes primitivas y en la independencia establecida por el código de Indias, además de las doctrinas generales de los filósofos del siglo anterior, sobre la soberanía de las naciones, aunque todas las aplicaciones que de estas hacian, suponian que México fuese ya independiente y pudiese obrar como nación soberana, que era precisamente lo que los otros resistian e impugnaban.

Sigamos ahora la narración de los sucesos, que vendrán a ser de muy fácil inteligencia después de las observaciones que preceden. El virrey, accediendo a lo que se le proponia por el ayuntamiento en la representación de 5 de Agosto, comunicó al acuerdo en aquel mismo dia la resolución en que estaba de convocar la junta general de las autoridades de la capital, pidiéndole qne acordase y expusiese el modo y términos en que debiese concurrir a ella la audiencia, manifestando al mismo tiempo, por voto consultivo, cuanto le pareciese conveniente acerca de las dos representaciones del ayuntamiento, que al efecto acompañó (18). La resolucion del virrey era anterior a estas representaciones y resultado de lo que habia ofrecido al ayuntamiento desde 23 del mes anterior, pues en cartas particulares fechas el 28, encontradas entre sus papeles cuando fue aprehendido, al comunicar la resolución tomada en el acuerdo del 15, de no reconocer al gobierno intruso de España, agregaba solo falta sancionarla en una junta general que se va a celebrar en México, entre tanto pueda convocarse la de todos los lugares del reino, situados a largas distancias (19). El acuerdo, en vista de la resolución del virrey, le dijo en contestación, que convendria suspender de todas maneras la celebración de la junta, no pudiendo consultar cosa alguna sobre lo que se le pedia, miéntras no estuviese instruido de lo que el virrey tenia determinado en razón de los cuerpos y personas que habian de concurrir a ella, para qué fines y con qué representación y voto, añadiendo que nunca estaria de acuerdo en que la junta se formase bajo los principios que establecia y para los objetos que manifestaba el ayuntamiento en sus exposiciones.

No obstante lo expuesto por la audiencia, el virrey insistió en la reunión de la junta de una manera tan resuelta, que en su contestación dijo al acuerdo, que se habia de celebrar el dia 9 de Agosto, y que en ella podria aquel cuerpo manifestar cuanto le pareciese, indicando que las materias que habían de tratarse en ella eran: sobre la estabilidad de las autoridades constituidas; sobre la organización de un gobierno provisional, para los asuntos que exigian resolución soberana; sobre hacer el virrey todo cuanto haria el rey si estuviese presente, y sobre la distribución de las gracias que hubiesen de concederse, y otras materias semejantes. Bien veian los oidores que esto era asentar las bases de la independencia, aunque con el título de provisional y a pretexto de las circunstancias, pero siendo fija la determinación del virrey, y estando ya circulados los oficios de citación a las corporaciones y personas que habian de concurrir a la junta, no les quedó otro arbitrio que manifestar al virrey, que no les parecia que hubiese necesidad alguna de la junta que tenia resuelto celebrar, fundándose en que las leyes de Indias tenian provisto todo lo necesario para casos como el presente, pues revistiendo a los virreyes con plenitud de facultades, se disponia en ellas, que en las materias árduas e importantes consultasen con el real acuerdo, y que siendo tan diversas las circunstancias en que se hallaba la península de las que felizmente existian en América, la reunión de la junta no sólo no produciria ventaja alguna, sino que estaria expuesta a gravísimos y muy trascendentales inconvenientes. La audiencia sin embargo, ofreció asistir, pero bajo la protesta de que no se le considerase nunca responsable de los males que de la junta pudiesen resultar; que la autoridad del virrey, audiencia y demás constituidas, no habian de tomar fuerza y subsistencia, ni depender para su conservación de aquella junta ni de otra ninguna, pues como dimanadas del soberano y de las leyes, se habian de mantener en sus respectivas facultades y funciones, y que por consiguiente, nada deberia tratarse de los puntos que el virrey indicaba sobre organización de gobierno provisional, ni sobre ninguna otra cosa que pudiese hacer creer que la autoridad del virrey, del real acuerdo y demás constituidas, necesitasen consolidarse por otro principio que el sólo y único, que como derivadas del trono prescriben las leyes; que de ninguna manera se habia de tratar en la junta punto alguno que tocase a la soberanía o supremacía del poder del Sr. D. Fernando VII, ni tampoco se habia de desconocer, sino por el contrario, respetar y obedecer la autoridad de la junta de Sevilla, o de cualquiera otra que representase legítimamente al monarca, y por último, que aquel voto consultivo se habia de leer, con las protestas que incluia, al principio de la junta y antes de proceder a tratar en ella materia alguna (20).




Notas

(1) Las dos representaciones del ayuntamiento aquí citadas, se hallan insertas en la historia de Mier, tomo 1º, lib. 1º, fol. 22, la de 3 de agosto; y lib. 2º, fol. 41, la del 5 del mismo mes.

(2) Mier, tomo 1º lib. 1º fol. 29. El virrey fue a dar gracias al santuario de Guadalupe y recibió el retrato de Fernando VII que había sido paseado por el pueblo, para ponerto en el balcón del palacio.

(3) Existe original en su causa, en el archivo general.

(4) Véase el apéndice documento Nº 9. Sobre el P. Talamantes véase a Cancelado, conducta del Virrey Iturrigaray, en contestación a su explicación, fol. 119. Cádiz 1812.

(5) Bustamante, Suplemento a los tres siglos de México, tomo 3º, folio 278.

(6) El virrey lo repite en muchos lugares de la contestacion que dió en Cádiz a su nombre, a la Verdad sabida de Cancelada, D. Facundo Lizarza. Véase especialmente. fol. 36, par. 52, y fols. 41 y 42 par. 61.

(7) Son las mismas palabras del P. Talamantes, en uno de sus escritos dirijido al virrey.

(8) Así lo dice en sus apuntes históricos citados por Mier.

(9) Lizarza, fol. 19 pár. 23. El arzobispo vió la ceniza y certificó el hecho en una carta pastoral.

(10) Mier, lib. 7º tomo 1º fol. 223, en donde refiere el suceso, atribuyendo el motin a la enemistad de los comerciantes de Veracruz con Cevallos, por los permisos de buques ingleses que durante la guerra se concedieron a la casa de Murphy. Cevallos se indemnizó y fue declarado inocente algún tiempo después.

(11) Lizarza, fol. 19 pár. 23.

(12) Cancelada, Contestación a Iturrigaray, fol. 130 pár. 60. No ha contradicho el hecho el P. Mier, que escribió después de Cancelada en defensa de Iturrigaray, lo que da gran peso a la especie, aunque sólo Cancelada ha hablado de este incidente.

(13) Atras, fol. 175.

(14) Mier, documento núm. 1, al fin del primer tomo, fol. 14.

(15) Es bien sabido, que las colonias inglesas del Norte América, se establecieron mediante un pacto expreso con la metrópoli, constante en las cartas o constituciones que a cada una se le dieron; pacto que era obligatorio por una y otra parte. Las colonias pretendieron que la Inglaterra lo había violado, estableciendo sobre ellas contribuciones que no estaban obligadas a pagar, si no eran decretadas por los congresos o legislaturas provinciales, establecidas por sus cartas. Esto hizo legal la resistencia qne opusieron en defensa de sus derechos, y esta defensa terminó en la independencia.

(16) Todo el libro 14 del tomo 2º del P. Mier tiene este objeto, y es muy instructivo, aunque obre enteramente contra su intento. En este mismo libro que cita, pretende fundar D. Carlos Bustamante la vindicación de lturbide por el pronunciamiento o revolución de lguala, después de haber censurado fuertemente su conducta. Véase el Cuadro histórico, tomo 5º México 1827, imprenta de Galván, fol. 32 y siguientes de la conclusión de la carta 16. Es cosa singular que habiendo declamado tanto contra la conquista, se pretenda fundar la justicia de la independencia, en la infracción de los pactos hechos con los conquistadores, para ejecutar esa misma conquista.

(17) Hablando con el general D. Manuel Terán, hombre de muy perspicaz ingenio y que abundaba en dichos agudos, a quien tendre frecuente ocasión de citar en el curso de esta obra, en conversación que tuvimos en el año de 1824, estando ambos en el ministerio, sobre este extravío de razón por el cual los descendientes de los españoles pretenden ser los herederos de los derechos de Moctezuma, lo que da lugar a tantas declaraciones insensatas en los discursos patrióticos de la fiesta del 16 de Setiembre de cada año, me decia: Yo no me he considerado nunca más que como español rebelado.

El P. Mier, el más instruido de los escritores nacionales sobre cosas modernas de América, tocó este punto de la dificultad, y para salir de él supone, que los descendientes de los españoles tenian derecho a pretender la independencia, no por representación de sus padres, sino de sus madres, que en gran parte fueron indias, lo que se demuestra por la pequeñez de las manos y piés de la raza hispano americana. ¡Triste prueba por cierto! sacada del influjo del clima meridional, sobre todas las razas que lo habitan. ¡Y todo esto cuando las tres quintas partes de la población no pueden pretender otro origen que la conquista!

(18) Véanse todas estas comunicaciones en el cuaderno de Martiñena, desde el núm. 21 fol. 4, de los documentos, en adelante.

(19)Martineña: Nota primera a la relación formada por la audiencia de los pasajes más notables ocurridos en las juntas. Doc. núm. 99, fol. 34.

(20) Véase el voto consultivo, con otras protestas menos importantes o comprendidas en lo dicho en el cuaderno de Martineña, núm. 58, fol. 8.

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