Índice de Hidalgo, las primeras siete cartas del Cuadro histórico de la revolución mexicana de Carlos Ma. de BustamanteCarta séptima (Primera parte)Carta séptima (Tercera parte)Biblioteca Virtual Antorcha

CARTA SÉPTIMA

Segunda parte

PRISIÓN DEL CURA HIDALGO

Verificóse del modo que se refiere en el periódico Fanal de Chihuahua, núm. 51, tomo 1º, de 22 de septiembre de 1835, donde se tenía y tendrá presente este suceso para siempre.

La acción -dicen aquellos periodistas- fue el 21 de marzo (en las Norias de Baján). Los insurgentes estaban creídos de que nuestras tropas salían a recibirlos y escoltarlos hasta Monclova. El capitán D. Ignacio Elizondo, que las mandaba, había colocado cincuenta hombres en la retaguardia para que apresasen y amarrasen a los que dejaba pasar libremente porque no hacían resistencia. Su división constaba de trescientos cuarenta y un hombres; pues aunque después se le mandaron sucesivamente dos refuerzos con cuatrocientos veinticinco, éstos no pudieron llegar al tiempo que se tuvo la refriega, aunque sirvieron mucho para otras atenciones.

Los insurgentes caminaban en la forma siguiente: Iban un fraile y un teniente general con cuatro soldados, que habiendo saludado al cuerpo de Elizondo sin demostración hostil, pasaron sin oposición y cayeron en manos de los cincuenta hombres referidos; sucedió lo mismo con otros sesenta que les seguían inmediatamente; iba después un coche con mujeres que pasaron sin novedad, al que seguía otro en que iban Allende, Arias y Jiménez; y habiéndoseles intimado rendición, Allende los maltrató tratándolos de traidores y disparó una pistola a Elizondo, que retirando el cuerpo no sufrió daño alguno, y mandó hacer fuego sobre el coche, de que resultó mortalmente herido Arias, que murió después, y también el hijo de Allende. Visto esto por Jiménez, saltó del coche y se entregó prisionero, suplicando que cesase el fuego, como se ejecutó.

Pasaron sucesivamente como catorce coches con los demás jefes y sus familias escoltados por unos doce soldados que se rindieron. Cerraba esta procesión el coche de Hidalgo, a quien escoltaban veinte hombres, presentadas las armas, que también se rindieron. Presos ya estos jefes y bien asegurados con tropa suficiente, se dirigió Elizondo con ciento cincuenta soldados contra unos quinientos que venían atrás formando la retaguardia, y después de haber hecho fuego por una y otra parte, se pasaron a Elizondo muchos soldados de los que habían desamparado en Aguanueva a Cordero; otros se rindieron, y los demás se dispersaron, siguiéndoles en el alcance la tropa de Elizondo unida con treinta y nueve comanches, mezcaleros y algunos otros indios de la misión de Pellotes, que hicieron bastante destrozo en los fugitivos. Ultimamente, se dirigió Elizondo contra la artillería; primero contra tres cañones que en lugar de entregarse los artilleros pusieron mano a las mechas para hacer fuego; mas no les dió tiempo, cayendo sobre ellos con prontitud y extraordinario denuedo, matando un artillero por su propia mano. Los restantes fueron muertos por los indios; y así es que atemorizados los que conducían la restante artillería, se rindieron y se concluyó la empresa. Presúmese serían cuarenta o cincuenta los artilleros; los prisioneros fueron ochocientos noventa y tres. El dinero tomado, acuñado y en barras, se cree pasase de medio millón de pesos; los cañones apresados fueron veinticuatro, calibre de a cuatro a ocho, con más, tres pedreros y muchas municiones de guerra. El capitán Bustamante derrotó asimismo en Laredo un cuerpo de doscientos y más americanos que conducían treinta y dos mil pesos del obispo de Monterrey, represó el dinero, e hizo prisionera a toda la escolta. Los reos principales se condujeron a Chihuahua, y parte a Durango.

En 6 de mayo de 1811, el comandante general Salceda comisionó a D. Angel Abella para que tomase declaraciones a Hidalgo, Allende, Jiménez y Aldama, y formar las breves sumarias de éstos. Acompañóle en una carpeta varios documentos que obraban en aquella comandancia general contra dichos presos.

Deseará usted saber quién fue este D. Angel Abella, porque importa mucho saber con quién se trata. Dícenme los que le conocieron que es de origen asturiano; que fue alférez de guardias en España, y administrador de Correos en Chihuahua; que se halló en Zacatecas cuando comenzó la revolución; y tuvo que salir de allí a todo escape, pues la plebe amotinada le quería matar en la alameda, y un regidor tuvo que defenderlo, y por éste se salvó. Que comisionado para actuar en la causa, trató de un modo grosero e insultante a Allende, en términos de que éste, en un berrinche que hizo, trazó las esposas con que estaba atado, pues tenía unas garras de tigre, y con la cadena que le colgaba le dió tan fuerte cadenazo en la cabeza, que por poco lo mata. Que para la formación de cargos se puso de acuerdo e hizo de Espíritu Santo insuflante otro ángel no de luz, sino de tinieblas, o sea D. Angel Albino Borta; y así es que ambos ángeles convenerunt in unum. No será inútil esta prevención, porque en la causa, principalmente en las respuestas a los cargos, se notan algunas que desdicen del carácter de firmeza heroica con que sufrió la muerte el cura Hidalgo, no menos que de su sabiduría acreditada, y denotan, o que sus respuestas no se asentaron como él las dijo, o que tuvo algunas flaquezas. De todo es capaz el hombre, este acervo de virtudes y vicios, de heroísmo y de debilidad ... Homo sum (dijo un poeta que conocía lo que somos) et humani nihü alienum a me puto.

En 7 de mayo (1811) se recibió al cura Hidalgo su primera declaración por ante Francisco Salcedo, soldado de la tercera compañía volante ... ¡Un soldado raso escribano en causa de tal monta! ... Tal era el vilipendio con que el orgullo español trató a los primeros jefes. ¿Qué, no habría en la villa de Chihuahua un hombre de mayor representación? Dijo, pues, el cura Hidalgo ser de edad de 58 años. Que la insurrección por que era preso tuvo principio en el pueblo de los Dolores, de que era cura párroco, la mañana del 16 de septiembre de 1810 como a las cinco; que los principales motores de ella fueron el mismo Hidalgo y D. Ignacio Allende, con quien había tenido anticipadamente varias conversaciones acerca de la independencia, sin otro objeto por su parte que el de un puro discurso; pues sin embargo de que estaba persuadido de que sería útil al reino, nunca pensó entrar en proyecto alguno, a diferencia de D. Ignacio Allende, que siempre estaba pronto a hacerlo, e Hidalgo tampoco lo disuadía; pues lo más que llegó a decirle en una ocasión fue que los autores de semejantes empresas no gozaban el fruto de ellas; que así se fue pasando el tiempo hasta principios de septiembre referido; que Allende hizo un viaje a Querétaro, desde donde envió a llamar a Hidalgo por medio de una carta, en que le decía que importaba mucho fuese, y con estrechos encargos al mensajero de que le instase al efecto. Que habiendo accedido a sus instancias y estando en Querétaro, le presentó Allende dos o tres sujetos de poco carácter que Hidalgo no conoció, y sólo sabe que uno se llamaba Epigmenio, los cuales se prestaban a sus ideas, y decían tener a su devoción más de doscientos de la plebe; visto lo cual, pareció a Hidalgo que aquello no tenía forma, y se lo hizo presente a Allende retirándose a su curato, aunque éste le significó que también por las haciendas de campo de aquellas inmediaciones contaban con más gente; que Allende se quedó allí, y a poco tiempo volvió a escribir a Hidalgo diciéndole que efectivamente, aquello no valía nada; a que le contestó que no contase con él para cosa alguna. Que seguidamente Allende se volvió a San Miguel el Grande, y a escribir a Hidalgo que las cosas habían variado, y que se le había presentado mucha gente, así en Querétaro como en las haciendas, después de la última carta que le había escrito; con lo cual ya se redujo Hidalgo a entrar por el partido de la insurrección, y en consecuencia empezó a dar algunos pasos hacia su ejecución, mandando hacer como unas veinticinco lanzas que se fabricaron en el mismo pueblo de Dolores y hacienda de Santa Bárbara, perteneciente a los Gutiérrez, que eran sabedores de lo que se trataba; encargando a éstos que hiciesen gente, citándolos para el día que los llamase tratando con el tambor mayor del batallón de Guanajuato llamado Garrido, el cual quedó en hablar a la tropa, y no sabe lo que practicó en razón del caso (1). Que en esto, como tres o cuatro días antes del 16, tuvo Hidalgo noticia, aunque vaga, de que Allende estaba delatado, por lo que lo llamó a Dolores para ver lo que resolvía; pero nada resolvieron en la noche del 14 que llegó a su casa, ni en todo el día 15 que se mantuvo allí, hasta que a las dos de la mañana del 16 vino don Juan Aldama diciéndole que en Querétaro habían prendido a los confidentes, en cuya vista en el mismo acto, acordaron los tres dar el grito, llamando para ello el declarante a diez de sus dependientes, y dando suelta a los presos que había en la cárcel, obligando al carcelero con una pistola a franquear las puertas de ella, y entonces les previno a unos y otros que les habían de ayudar a prender los europeos; lo que se verificó a las cinco de la mañana del mismo día, sin otra novedad que la de unos cintarazos que se dieron a D. José Antonio Larrinúa porque se iba huyendo; que puestos en la cárcel los europeos, cerradas las tiendas de unos, dejadas otras a cargo de los cajeros criollos o de sus familias, y viniéndose a su partido los indios y rancheros que por ser domingo habían ocurrido a misa, trataron de encaminarse a San Miguel el Grande en prosecución de su proyecto; que como Hidalgo sólo trató con Allende este negocio en los términos que deja expresados, y la prisión de los confidentes de Querétaro lo precipitó, no tuvo dentro ni fuera del reino conexiones ni relaciones algunas por escrito ni de palabra, ni por interpuestas personas, antes ni después de la insurrección; ni sabe que antes ni después las hayan tenido Allende y los demás, que sucesivamente se fueron agregando en calidad de principales cabos de dicha insurrección, ni sabe otra cosa que lo que resulta de lo que lleva declarado.

Sobre este cimiento de declaración se le hicieron cuarenta y tres preguntas, que atento el mal modo de formar esta causa se deben reputar por otros tantos cargos. Me encargaré de las que conduzcan a la historia y den mejor idea de los hechos. Se le preguntó cómo siendo hombre de acreditado talento se decidió a abrazar el partido de la insurrección por la carta última que le dirigió Allende, indicándole en términos generales que las cosas habían variado de aspecto, sin detenerse a examinarlas ni saber los sujetos, relaciones, conexiones y medios con que se podía contar para llevar adelante la empresa; y cómo después de principiada no había de haber procurado por sí y por sus agentes los arbitrios de sostenerla por medio de ganar sujetos y de facilitarse tales relaciones y conexiones, dijo: que antes de dar el grito no pasó más de lo que tiene declarado, y que su inclinación a la independencia fue lo que le obligó a decidirse con tanta ligereza, o llámese frenesí. Que la precipitación del suceso de Querétaro no les dió lugar a tomar las medidas que pudieran convenir a su intento, y que después ya no los consideraron necesarias, mediante la facilidad con que los pueblos los seguían; y así no tuvieron más que enviar comisionados por todas partes, los cuales hacían prosélitos a millares por dondequiera que iban. Preguntósele si sabe o tiene noticia que el motor o motores de la independencia tomaran por pretexto a sus intentos que trataban de entregar el reino los europeos a una potencia extranjera, y si para seducir a los incautos y plebe ignorante se les han dado a saco sus bienes en parte, y parte reservándosela para sí mismos o para otros fines, diga para cuáles y en dónde vió o vieron las constancias de aquel supuesto trato o entrega. A esta pregunta dijo: que no se acuerda haber tomado por pretexto aunque sí haberlo oído decir, y que lo dejó correr porque no dejaba de contribuir al logro de ellos, pero que no ha visto constancia auténtica de semejante trato.

Si el cura Hidalgo se hubiera hallado en México desde junio de 1808 hasta septiembre de 1810 en que tomó el mando Venegas, habría podido satisfacer a esta pregunta con razones de hecho y de congruencias. Como justo vindicador de su buen nombre, añadiré a las que con solidez ha presentado el Dr. Mier en su Historia de la revolución de Nueva España, antiguamente Anáhuac, libro 1, otras de peso y capaces de aquietar aun al más enemigo de nuestra independencia. El oidor D. Miguel Bataller, que en aquellos obscuros días llevó el timón del gobierno, decía sin embozo a todo el mundo: Esta América debe seguir la suerte de España; de manera que si una mula manchega queda allá, y un zapatero de viejo, ésta deberá gobernar a los americanos. No creo que cabe en el idioma un concepto más ultrajante que éste: pero no quedaba en concepto u opinión, sino que pasaba a obras. Hecho virrey el arzobispo Lizana, pensó seriamente en poner al reino de México en defensa; creó varios batallones de infantería como el de Santo Domingo, Tulancingo (que después se hizo de caballería), de Cuautitlán, o sea ligero de México, el de Querétaro y otros. Mandó además que se plantasen talleres de armas, convocó suscripción y donativo para comprarlas por precios cómodos; celebró una junta de guerra que presidió don Pedro Garibay, cuyo objeto fue poner el reino en estado de defensa; y de resultas de lo acordado en ella mandó venir varios regimientos de tierra adentro para que formasen el cantón en las Villas, revocando la orden que había dado de retirar la columna de granaderos que entonces se hallaba de guarnición en México. En estos mismos días se le quitó el virreinato de esta capital, y se confió el gobierno a la Audiencia; y esta corporación, en vez de llevar adelante tan loables providencias, las revocó escandalosamente, y no sólo mandó retirar las tropas que se habían comenzado a reunir, sino que hizo retrocediese el regimiento de dragones de Michoacán del punto de Ixtlahuaca, estando en camino para México. Habíanse recibido nueve mil y más fusiles ingleses de Jamaica, y la Regencia de Cádiz mandó que se llevasen a España; providencia que resistió constantemente el arzobispo; mas al fin estrechado dispuso que sólo se embarcase la mitad de ellos, pues se prometía reemplazar con los que esperaba de Manila, de donde sólo recibió municiones de artillería. Ya estaban a punto de embarcarse los dichos cuatro mil restantes cuando sobrevino la revolución y se hicieron retroceder. Yo pregunto: si teniendo un amo de casa noticia de que se trata de robarlo, retira los perros que la cuidan y despacha a los criados y los desarma, ¿no diríamos, y con razón, que consentía gustoso en ser robado? ¿Sería éste un juicio temerario, o prudente? Pues en este mismo caso se hallaba esta América, y con ella el cura Hidalgo. España estaba dominada enteramente de franceses, y sólo le quedaba libre Cádiz y la isla de León; no estaba en el orden creer que pudiera resistir al poder colosal de los franceses, ni que dejase de sucumbir. La guerra de Rusia que entonces amenazaba, a nadie podía inspirar confianza de que esta potencia subyugase a la Francia, pues habíamos visto sus ejércitos austrorrusos y prusianos derrotados en Austerlitz y en Jena, y hecha la paz vergonzosamente en Tilsit; el triunfo de la Rusia estaba fuera de todo cálculo, y cuando hubiese ocurrido a alguna cabeza, en él no tiene parte alguna España, pues cuando más, la fuerza de su ejemplo podría servir de modelo de imitación a las otras naciones para defenderse del poderío de Bonaparte. No estaba fuera de la posibilidad el que mandase a esta América ocho o diez mil hombres para subyugarla, pues entonces nuestras tropas no estaban fogueadas ni en estado de batirse. ¿No burló este general la astucia de Nelson haciendo su desembarco en Egipto? Pues bien pudiera haber burlado por segunda vez la vigilancia de los cruceros ingleses. Esto ocurría a todo hombre de buen sentido. Veíamos por otra parte la dureza y osadía con que se nos trataba por el gobierno de los españoles; en nada cedían y cada día se mostraban más y más insolentes. Ellos crearon juntas de seguridad por todas partes, que acechaban a la inocencia y turbaban la paz de las familias, haciéndose delatoras unas de otras. Por cualquier chisme ligero era un hombre honrado trasladado a un calabozo y perdido para siempre. Díganlo si no Alconedo, Castillejo, Acuña, Calleja, que se mudó el nombre en el de Antonio Zambrano por no parecer pariente del general, Paredes y otros que fueron llevados a España sin oírseles en juicio, y cuyas familias quedaron reducidas a la mendicidad, achaque de que todavía adolecen. Las cárceles estaban, así como los conventos, pobladas de reos. ¿Cuál era, pues, la garantía de seguridad que en este estado de cosas nos daban los españoles para que creyésemos que jamás nos entregarían a Francia u otra potencia? ¿Podríamos creerlos bajo su palabra, cuando nos presentaban multiplicadas pruebas en contrario? Por otra parte, ¿las íntimas relaciones de comercio, de amistad, de parentesco, de religión, y de mil otros vínculos que unen a los hombres aunque disten miles de leguas, pudieran romperse fácilmente? No, no era esto creíble. Todos decíamos: si estando España a punto de sucumbir, estos hombre nos oprimen de este modo sin motivo es porque quieren entregarnos; de otro modo ellos nos buscarían a la cara, nos halagarían, procurarían estar contentos con nosotros, puesto que ya para ellos no existían las columnas de Hércules, y debían formar una sola familia.

Así obraron durante los días 29, 30 y 31 de julio de 1808, cuando supieron que España estaba invadida por los franceses; mas, por desgracia nuestra, ocurrió la inesperada y casual victoria de Bailén, y muy luego cambiaron de carácter. Estos son hechos incuestionables y que recuerdo a todos los que los presenciaron; nada invento de mi cabeza; desmiéntanseme y me daré por vencido, pasando por impostor. Haga, pues, el mundo justicia a la conducta del benemérito cura Hidalgo, y confiese que su insurrección, aunque tumultuosa por la casualidad de haber sido descubierta, en sí fue justa y necesaria, o niéguele a este hombre ilustre los derechos que tenía para salvar a su patria, viéndola a punto de perecer, y a los pueblos el derecho de insurrección. ¡Oh tú, doquier estés, alma digna de nuestra memoria, recibe mis expresiones y conceptos de defensa como una prueba inequívoca de la que me mereces! ... Yo te amé en vida, yo me honré con tu amistad, yo te seguí en tus peregrinaciones, yo pernocté contigo, y en espíritu te acompañé en esa horrible prisión en que te puso y vilipendió la tiranía; yo al sonido agudo de tus grillos lloré tu infortunio, y yo bendigo al Cielo en este momento porque fue dado a mi pluma vindicar tu memoria. Gózate ya en la dicha perdurable en que te contemplo inundado y ornado con una aureola de luceros, recibe los parabienes que te doy, porque tu sangre y padecimientos dieron libertad a esta nación que tanto amaste. En el frontispicio de tu proceso he escrito a tu nombre estas preciosas palabras: Este es mi blasón, éste es mi honor.

Creo haber mostrado a usted ya la justicia con que presumió el cura Hidalgo que este territorio iba a pasar a poder de una potencia extranjera, y que examinada su conducta por los hechos que he referido, debe estimarse justa y necesaria la insurrección en aquellas circunstancias. Este es el último recurso que queda a los pueblos cuando son desatendidos en sus quejas y exposiciones al Gobierno; y si el de México se había mantenido tan inexorable y cruel, que no sólo había por sí mismo transgredido las leyes, turbado la paz común con el arresto de Iturrigaray y de los más virtuosos americanos, y faltado al orden de proceder en los juicios, égida principal de la seguridad común, parece que era llegado el momento de hacer valer los derechos de esta nación por un hijo que la había amado cordialmente, y contra cuya honrada conducta ninguno podría poner la menor tacha. Tal fue la de los macabeos contra Antíoco, que no ha reprobado la Santa Escritura. Yo bien sé que aunque el cura Hidalgo hubiese presentado en su defensa estas razones, ellas no habrían bastado para alejar la cuchilla de su cabeza; él podría decirle a su juez fiscal lo que Malesherbes dijo al tribunal que juzgó a Luis XVI : Yo busco entre vosotros jueces, y sólo hallo acusadores. El partido vencedor, cuando triunfa de la justicia, siempre es inexorable, y las acciones más heroicas y sublimadas siempre las estima por horrendos e imperdonables crímenes. Sigamos el hilo del interrogatorio de su causa. Preguntado si sabe o tiene noticia que él mismo, o los mismos motores a fin de llevar adelante la insurrección, han levantado ejércitos, atacado o hecho frente con ellos a los del rey; acuñado moneda; fabricado cañones, armas y municiones; nombrado generales, oficiales y toda clase de empleados militares, apoderándose de los caudales del rey y de los de las iglesias, de los europeos y también de los criollos, ya porque no abrazaban, ya porque les hacían al caso; depuesto, perseguido y muerto las autoridades establecidas y legitimas; sustituido otras a su albedrío; dado y quitado empleos en todos ramos; despachado por todas partes emisarios a seducir los pueblos, y otros a solicitar auxilios de potencias extranjeras ...

Dijo: que efectivamente ha levantado ejércitos, atacado y hecho frente con ellos a los del rey; que ha fabricado moneda en Zacatecas, y se debía haber practicado en Guanajuato si se hubiese concluído el ingenio proyectado; que también fabricó armas, cañones y municiones; nombró generales, cuya prerrogativa era exclusiva del declarante; finalmente, confesó con dignidad todo el cargo. Confesó asimismo haber enviado de agente a don Pascasio Letona a los Estados Unidos, y lo mismo hizo Allende con el Lic. D. Ignacio Aldama con igual objeto. Se le hizo cargo del desprecio con que había visto las censuras de la Inquisición; pero el comisionado no tuvo presente, o desoyó voluntariamente las groseras contradicciones que le había cogido a este tribunal, cuando le acusó de que negaba la existencia del infierno, haciéndole cargo de que había dicho que un Papa estaba ardiendo en él; y mal podría negarse la existencia de este lugar terrible por el mismo que lo señalaba, como lugar de un eterno tormento. Es demasiado reparable el sostén y apoyo que mutuamente se daban el Gobierno y este tribunal, de modo que el uno se hacía vengador de los ultrajes del otro. También se le hizo cargo de que hubiera desatendido el indulto del virrey Venegas y de la respuesta que le dió; papel que me parece interesante y que debo transcribir a la letra, pues hace ver que Hidalgo conoció la empresa que traía entre manos. Dice así:

Don Miguel Hidalgo y D. Ignacio Allende, jefes nombrados por la nación mexicana para defender sus derechos, en respuesta al indulto mandado extender por el señor D. Francisco Javier Venegas, y del que se pide contestación, dicen: que en desempeño de su nombramiento y de la obligación que como a patriotas americanos les estrecha, no dejarán las armas de la mano hasta no haber arrancado de las de los opresores la inestimable alhaja de su libertad. Están resueltos a no entrar en composición alguna si no es que se ponga por base la libertad de la nación, y el goce de aquellos derechos que el Dios de la naturaleza concedió a todos los hombres; derechos verdaderamente inalienables, y que deben sostenerse con ríos de sangre si fuese preciso. Han perecido muchos europeos, y seguiremos hasta el exterminio del último, si no se trata con seriedad de una racional como posición.

El indulto, Señor Exmo., es para los criminales, no para los defensores de la patria, y menos para los que son superiores en fuerzas. No se deje V. E. alucinar de las efímeras glorias de Calleja; éstos son unos relámpagos que más ciegan que iluminan; hablamos con quien lo conoce mejor que nosotros. Nuestras fuerzas en el día son verdaderamente tales, y no caeremos en los errores de las campañas anteriores; crea V. E. firmemente que en el primer reencuentro con Calleja quedará derrotado para siempre. Toda la nación está en fermento; estos movimientos han despertado a los que yacían en letargo. Los cortesanos que aseguran a V. E. que uno u otro sólo piensa en la libertad, le engañan. La conmoción es general, y no tardará México en desengañarse si con oportunidad no se previenen los males. Por nuestra parte suspenderemos las hostilidades, y no se le quitará la vida a ninguno de los muchos europeos que están a nuestra disposición, hasta tanto V. E. se sirva comunicarnos su última resolución.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Cuartel general de Saltillo.

Abajo una nota que dice: Es copia de otro igual que se halla señalado al margen con media firma de D. Miguel Hidalgo, y existe a fojas lª de un cuaderno de varios documentos relativos a la causa formada a dicho individuo, por el comisionado D. Angel Abella, que lo ha presentado.- Francisco Velasco.

Preguntósele asimismo si había escrito por sí, o algunos otros por él, proclamas o papeles sediciosos que formasen la insurrección, y quiénes habían sido. Respondió que sabía se habían escrito varios, de los cuales había visto uno escrito por cierto fraile dominico de Zacatecas; mas que él por sí solo respondió a la Inquisición, y otro cuyo objeto era probar que el americano debía ser gobernado por americano, como el alemán por alemán; y de su orden la impresa que ya hemos visto.

En los escritos contra la insurrección, que aparecieron en 1811 y 12, se trató de persuadir por el canónigo Beristáin que era obra de los franceses, y que había venido a promoverla el general Dalvimar; no es, pues, mucho que para dar valor a esta patraña se le preguntase a Hidalgo si lo conoció, y qué conversaciones tuvo con él, y si sospechó que hubiese seducido a alguno. Hidalgo respondió que a él nadie lo sedujo; que efectivamente al tránsito de Dalvimar por su curato de Dolores cuando venía preso, le habló como hora y media en unión de otros varios vecinos, así europeos como americanos, de noticias generales de Bonaparte y Moreau, y luego se despidió y no volvió a verlo ni a saber más de él. Ciertamente que era el sujeto menos apto para realizar nuestra independencia; él vino con el objeto de atarnos al yugo napoleónico, y el año pasado de 1822 mostró en México su odio al sistema liberal, en términos de escribir contra la libertad de imprenta. Sin embargo, él quería pasar por liberal, pretendía que se le restituyesen grandes sumas que decía importaba su equipaje ocupado por el Gobierno, y se le hiciese capitán general, y aseguraba que él había sido la primera víctima de la independencia.

Preguntósele a Hidalgo si era cierto que la insurrección verificada el día 16 de septiembre estaba resuelta para el 29, día de San Miguel, en la villa de este nombre: dijo que era falso, que se trató de que se verificase el día 26 en la ciudad de Querétaro y en San Miguel el Grande; pero habiendo parecido corto el tiempo para prevenirse de algunas armas se difirió para el día 2 de octubre, lo que no tuvo efecto por la sorpresa de los confidentes en Querétaro. Se le hizo cargo de los asesinatos cometidos en los europeos, y no negó que muchos se ejecutaron de su orden, como los de Valladolid y Guadalajara, aunque otros no, pues fueron obra de la revolución e insubordinación. Se le hizo cargo de los robos ejecutados en las iglesias, y los negó justamente. Hidalgo tuvo a su disposición las alhajas exquisitas de la capilla de Nuestra Señora de los Lagos, Loreto de San Miguel, y la de Guanajuato, así como Rayón las de Nuestra Señora de los Remedios, de Zitácuaro; ellas desaparecieron en gran parte, y deberían responder de ellas Calleja y su ejército. Diga lo que quiera la malignidad, la piedad y el respeto a las cosas santas, fueron el carácter que distinguió siempre a los insurgentes, aun en el exceso de su cólera e indignación. Si se tomó de las arcas de catedrales el producto de diezmos, fue con calidad de reintegro; fue porque estos bienes, según las leyes de Indias, estaban incorporados al patrimonio de los reyes de España por el patronato que ejercían en las Indias; fue, finalmente, porque con estos mismos caudales se nos hacía la guerra más ominosa; y lo que es lícito a mi enemigo para agredirme, me es lícito a mí para defenderme. Por ventura, ¿el sábado se hizo para el hombre, o el hombre para el sábado? De buena gana quisiera que me respondieran a esta pregunta los que me han echado en cara este crimen supuesto.

Estos son los principales artículos de acusación que se le hicieron al cura Hidalgo, en cuya declaración se supone confesada por él mismo la injusticia de la empresa, lo antipolítico de ella, hasta llamarla temeraria; un perdón pedido al virrey, a la Inquisición, y otras potestades que están en inmediata contradicción con la franqueza y noble sencillez con que en varias respuestas había disipado los cargos, y mostrado una energía digna de la grandeza de su corazón.

El 7 de junio se mandó pasar por el comandante general Salcedo la causa por asesoría al Lic. D. Rafael Bracho, quien consultó pasase la declaración dada por Hidalgo al juez eclesiástico, para que (son sus palabras) o la tenga por bien recibida sin su asistencia, si en hacerlo así no pulsase impedimento, o se ratifique ante él en ella el reo, y procedan asociadas ambas jurisdicciones ... o haga V. S. lo que le parezca mejor. Este abogado seguramente no sabe cuál es su mano derecha en jurisprudencia criminal; es menester decirlo con sentimiento. La asociación de los dos jueces, a virtud de la ley 71 del Código Carolino, que recibió fuerza de tal por real orden de 19 de noviembre de 1799, no quitó a los jueces eclesiásticos la autoridad que habían recibido por concesiones y privilegios de las legislaciones antiguas. El juez asociado es verdadero juez, y concurre con el eclesiástico para interrogar de la misma manera que el secular; esto es tan cierto, que cuando se dictó por primera vez esta ley en Francia (dice Durand de Mayllane), como se suscitasen dudas sobre lo que había o no dicho el reo, se acordó que ambos magistrados llevasen sus respectivos notarios, los cuales, concluída la diligencia, cotejasen entre sí lo que habían escrito y se pusiesen de acuerdo en el mismo acto. No es la voluntad de las leyes que ésta sea una comparación de ceremonia, sino tal, que cada juez funja su oficio respectivo sin excederse de los términos de su jurisdicción. El obispo de Durango autorizó al doctor D. Francisco Fernández Valentín, doctoral de aquella iglesia con todas sus facultades, para que procediese en este asunto hasta degradar al cura Hidalgo; y dicho doctoral, vista la declaración referida, dijo:

Doy por bien recibida la declaración tomada por el comisionado D. Angel Abella; y por lo que a mí toca, vuelva el proceso al auditor encargado, a fin de que consulte la práctica de diligencias que juzgue arregladas a justicia y estado de la causa, o dictamine lo que hallare ser más conveniente a derecho y bien general del Estado, atendidas todas las delicadas circunstancias que se deben tener presentes en negocio de tanta entidad.

Esta alteración, a mi juicio, jamás debió ceder en mengua del decoro del estado eclesiástico, puesto que el Gobierno afectaba arreglarse al derecho canónico. El Concilio Tridentino, en la ses. 13, cap; 4, manda que el obispo por sí o su vicario general pueda deponer, y por sí tan sólo degradar actualmente aun los clérigos de órdenes mayores, siempre que en lugar de los obispos concurriesen otros tantos abades mitrados, si podían hallarse en la ciudad o diócesis a intervenir cómodamente, y de lo contrario otras personas constituídas en dignidad eclesiástica, graves por su edad y recomendables por su ciencia legal. Cuando San Agustín depuso a cierto presbítero, llamado Xantipo, porque había quebrantado el ayuno en la vigilia en la Navidad y dormido escandalosamente con una mujer famosa, haciendo la deposición sin solemnidad ninguna, observa Tomasino que el celo de aquel gran padre más era digno de admirarse que de imitarse ... Tribuenáum id nimio Augustini zelo, quam mirari, quam imitari prestat, dice Cavalario.

Bien entendió estas dificultades el Dr. Valentín, pues en 2 de julio de 1811 dirigió al señor obispo de Durango la consulta siguiente:

Illmo. Sr.:

Sin embargo de las amplias facultades que V. S. I. se dignó conferirme en 14 de mayo próximo pasado para proceder en la causa del cura Hidalgo hasta degradación si fuere necesario, me encuentro con el gran obstáculo de que el Concilio de Trento, en el cap. 4, ses. 13 de Reformatione, pide que lo verifiquen los obispos por sí propios; y según la exposición que hacen de dicho capítulo pocos autores que aquí pueden consultarse, la facultad de degradar sólo puede delegarse en obispos consagrados, por reputarse actos de orden episcopal y no de jurisdicción. En esta virtud, y para no exponerme ni comprometer a V. S. I. en asunto de tanta gravedad, trascendencia y funestas resultas que puede ocasionar, pienso cuando llegue el caso declararme incompetente para la expresada degradación. Ni procederé tampoco a la deposición verbal, tanto por ser ociosa faltando la otra para el efecto que se pretende, como por falta de las personas constituídas en dignidad que para verificarla requiere el mismo Concilio. Lo que pongo en la superior noticia de V. S. l. para su debido conocímiento y que esté prevenido cuando se le hiciere alguna interpelación sobre el particular, o me ordene lo que fuere de su agrado para mi gobierno.

Dios, etc.

El obispo le respondió con fecha de 18 del mismo lo siguiente:

Cuando por mi carta de 14 de mayo habilité a V. competentemente para que pudiese proceder en la causa del cura Hidalgo y determinada hasta la degradación verbal, y real siempre que fuese requerido, y resultase de ella mérito suficiente, tuve a la vista la disposición del Tridentino, y el común sentir de sus principales exposiciones que V. me cita en la suya de 2 del corriente; y no obstante esto autoricé a V. tan ampliamente, persuadido de que a consecuencia de la real orden de 12 de mayo del año próximo pasado, pude y debí hacerla así, porque este procedimiento no sale de la esfera de las facultades generales y especiales que me dan mi dignidad y el estado presente de cosas y porque se interesan en él la justicia y bien del Estado; y más cuando solamente se trata de dispensar, no lo esencial de la ley, que también podía, sino algunas formalidades, o llámense solemnidades prescriptas por ella, que no pueden verificarse literalmente en el caso extraordinario en que nos hallamos, y que no previó, pero sí suplirse de modo que la citada disposición tridentina surta en efecto a la manera que toda ley eclesiástica, y en los términos y hasta donde lo permitan las circunstancias. Además de que nadie en todo este reino ignora la imposibilidad física de hacer por mí tan laboriosa función por mi avanzada edad y consiguientes achaques; y que en distancia de muchas leguas no hay más que un obispo a quien pudiera encargarla; pero este prelado tampoco está capaz de hacer viaje hasta esa villa por su achacosa salud y por los evidentes riesgos de perder la vida en tan largo camino hostilizado en todos tiempos, pero en el presente más que nunca, y de todas maneras.

Por otra parte, es de rigurosa justicia que un reo tan criminoso como éste, según acredita la copia de su causa que se ha servido remitirme el señor comandante general y recibí pocos días ha, sufra sin dilación las penas canónicas que merecen sus atroces delitos, y es indispensable imponérselas en ésa, por no ser conveniente, y sí muy expuesto a grandes males, trasladar su persona a otro lugar, y por exigirlo así imperiosamente el bien público y tranquilidad universal de esta parte de la monarquía, en que por los mismos motivos anticipadamente están de acuerdo los dos jefes superiores que prudente y sabiamente lo mandan. Por todo lo dicho me contemplo obligado y con bastante facultad para proveer de competente remedio en tan apuradas circunstancias, y no habiendo ni correspondido otro que el ya insinuado, espero que usted no detenga por más tiempo la aplicación de él, en uso de la facultad que antes le conferí, y de nuevo le confiero para evitar mayores males: a cuyo fin, asociado de los curas ordinario y castrense de esa villa, y del guardián de este convento de San Francisco, y por su falta del custodio de esas misiones, proceda usted a la degradación verbal de don Miguel Hidalgo, cura que fue de Dolores, por una formal sentencia, y después a la real, procurando, en lo que le permite su representación, conformarse en cuanto a estos actos y a la forma, lugar y hora en que hayan de ejecutarse con lo dispuesto en el Pontifical romano en su respectivo lugar.

Dios guarde, etc.

Durango, 18 de julio de 1811.

Francisco, obispo de Durango.

P. D. Acompaño a usted íntegra la causa del cura Hidalgo, que recibí del señor comandante general.

No nos cansemos más; se trató de engañar al público, se decía una cosa y se ejecutaba otra. En esta causa corre agregada una orden de Venegas de 22 de febrero de 1811 dirigida a Calleja, en que le dice lo siguiente:

Si V. S. al acercarse a dichos puntos tuviese proporción de hacer perseguir a los rebeldes por partidas de su ejército que obren en combinación con las de la guarnición de Querétaro, podremos conseguir libertar a los pueblos de aquella plaga que tanto los aflige; sirviendo a V. S. de gobierno que no siendo dichos delincuentes acreedores a la conmiseración de que tantas veces han abusado, sin darles más tiempo que el preciso para confesarse, deberán ser pasados por las armas luego que sean aprehendidos ... principalmente si fueren clérigos o frailes, por lo más escandalosa que es en esta clase de gentes aquella especie de delitos ...

La serie de actuaciones de que he formado un extracto, y a que debo añadir el reconocimiento que el cura Hidalgo hizo de varios papeles y contestaciones de cartas con algunos comandantes de provincias internas que se habían puesto a sus órdenes, y que reconoció por suyos, manifiestan a toda luz que el Gobierno español no llevó otro objeto en la formación de esta causa que averiguar el estado de la revolución y sus conexiones, para tomar medidas de precaución; no guardó en ella las formalidades del derecho, y si aparentó arreglarse a algunas de las más indispensables, fue de un modo harto grosero, y que lo dejó en gran descubierto. Sin oír como debiera por escrito las respuestas a los cargos, sin formalizar el fiscal la acusación, ni evacuar ninguna cita, mandó el comandante Salcedo la causa en 28 de junio (1811) al Lic. don Rafael Bracho, quien dió en ella este dictamen:

Señor comandante general:

Con el más lisonjero semblante se presentan las pasiones, halagan al que acometen, figurándole un bien real en las operaciones que aconsejan, y presentando por apoyo firme cualquiera fútil apariencia que hace decidir al apasionado, y abrazar cuanto le ocurre para saciar y alcanzar el objeto de su pasión. El cura de los Dolores, D. Miguel Hidalgo Costilla, hombre a quien generalmente se conceden algunos conocimientos, ministra la mejor prueba de esta verdad. Por una expresión que a la pregunta treinta dice vió en una gaceta, o más bien por la inclinación que confiesa tenía a la independencia, y a separar estos dominios de su por tantos títulos legítimo monarca (2), hubo de abrigar en su corazón deseos inmediatos a tan pérfido designio, y persuadido por su propio consejo de que sería útil, llegó a determinar ponerlo en ejecución de acuerdo con don Ignacio Allende, con quien había tenido varias conversaciones dirigidas al mismo fin ...

Al primer paso, que fue cuando a Querétaro le llamó Allende, se arrepintió y desistió de su empresa, significándolo así a su compañero; pero como su inclinación no se desapoderase de él, sino en cuanto tocaba la dificultad de realizarla y los ningunos medios para conseguirlo, ya que se le aseguró se contaba con algunos, según Allende le escribió, sin detenerse en examinarlos dispuso fabricar algunas lanzas, y noticioso de que aquél estaba descubierto al Gobierno, le llamó a Dolores para tratar lo que por tal ocurrencia sería conveniente a sus intentos; y ya que en la noche del 15 de septiembre del año pasado se aseguraron de la verdad de la delación que por voces vagas había llegado a oídos de Hidalgo habiendo sabido la prisión de sus cómplices en Querétaro, de que les avisó otro de ellos (D. Juan de Aldama), resolvieron entre los tres descubrir su perfidia, y dieron principio a su obra de iniquidad, reuniendo los que pudieron en aquellas pocas horas, y comenzando a aprehender a los europeos, según el plan que adoptaron en los pocos momentos que duró el acuerdo precedido a esta resolución. No hubo en Dolores quien resistiera semejante injusto proceder; en la mitad de la mañana de dicho infausto día 16 (3) quedaron en libertad los presos forzando con el amago de una pistola manejada por Hidalgo al alcalde que los custodiaba, y asegurados los europeos y el subdelegado, se dirigieron a la villa de San Miguel el Grande, donde ejecutaron lo mismo que en Dolores, llevando ya entonces consigo una imagen de Nuestra Señora de Guadalupe que tomaron en Atotonilco, invocándola Patrona de sus armas, y profanando su santo nombre para alucinar a los pueblos, colocándola en sus banderas, y por distintivo en el sombrero de los que se adherían a su partido con el nombre de soldados. En los primeros asaltos de estos y otros menores vecindarios estaba confundido el mando entre Allende e Hidalgo. Aquél fue el primer movedor de la revolución; mas por éste se decidió su mentida oficialidad nombrándolo en la junta de Celaya capitán general, en cuya clase anduvo hasta que se celebró la de Acámbaro, en la cual lo aclamaron generalísimo (4), llegando por fin a Guadalajara a titularse alteza serenísima (5) hasta que en la hacienda del Pabellón entró en su lugar Allende, habiendo despojado de todo mando a Hidalgo, quien así caminaba cuando fue aprehendido en las Norias de Baján. No es necesario encargarme de todo lo que este hombre sanguinario y cruel hizo, y fue causa de que se hiciera, mientras fungió los expresados títulos. Los papeles públicos han pintado su conducta observada antes y en la insurrección. El respetable tribunal de la Inquisición lo emplazó por delitos de fe; su inmediato prelado lo excomulgó; por él arrostró con todo: tuvo el arrojo de impugnar el edicto de la santa Inquisición, y no se dirigía bajo otros principios que los que apoyaban su empresa, sosteniéndola a todo trance, y no perdonando medio por inicuo y vil que pareciese siempre que pudiese contribuir a ella (6), y como ni él ni sus compañeros contaban al alzar la voz con caudales algunos, no tenían armas, ni modo de sostener la gente que se les reunía; de aquí es que al primer paso aprobaron el robo y el saqueo de los caudales de los europeos, y ellos mismos dieron el ejemplo tomándoselos de cajas reales, los de las iglesias, y los de cualquiera que los tenía. Así arruinaron los pueblos que invadieron, trocando las delicias en que vivían en el luto y amargura, cual ha sido necesario consiguiente de los destrozos que experimentaron en haciendas y vidas de sus habitantes, quedando expuestos al hambre y a la dificultad de saciarla por la imposibilidad de restituir a su antiguo estado las artes y trabajos que les proporcionaban su cómoda subsistencia. Esas poblaciones que tuvieron la desgracia de sufrir el yugo de Hidalgo, la multitud de gentes que creyó sus engaños y se declaró por él son los más intachables testigos de sus delitos. Ellos darán el más auténtico testimonio de los saqueos cometidos; de las prisiones de tantos inocentes; de la libertad de los facinerosos detenidos en las cárceles, y distinguidos después con grados militares, como Marroquín. Ellos publican que los derechos de la soberanía se ultrajaron; que Hidalgo se los arrogó dando grados militares y tratamientos, deponiendo a las legítimas autoridades que gobernaban; habilitando a un tal Pascasio Letona (7) con poderes para tratar alianzas con potencias extranjeras, disponiendo de los fondos fiscales en cuantas partes entraron, acuñando moneda, fundiendo armas, presentando batallas como en las Cruces, Aculco y Puente de Calderón; publicando y consintiendo publicar proclamas y todo género de papeles incendiarios y sediciosos, y llenos de las más negras imposturas e injuriosos dicterios, como los que se imprimieron en Guadalajara, donde Hidalgo soltó los diques a su crueldad, que empezó a descubrir en Valladolid después de la derrota que padeció en Aculco. Aquí fue donde por su mando sufrieron la muerte hasta sesenta personas que él confiesa; mas en Guadalajara la voz pública asegura que pasaron de seiscientos, aunque Hidalgo, a poco más o menos dice que serían trescientos cincuenta y tantos.

Pero ¿cómo se practicaban semejantes ejecuciones? ¡Ah, que se estremece la humanidad, el espíritu más empedernido se conmueve, y lleno de espanto hasta quiere dudar que pudiese existir uno que a sangre fría mandase a la muerte tantos centenares de hombres, sin aparentarles causa sin atribuirles delitos, y acaso sin darles el consuelo de un confesor! Pues así lo practicaba Hidalgo: hacía conducirlos a parajes ocultos y que allí fuesen degollados, previniendo a sus subalternos guardasen este mismo método, según la carta que tiene reconocida que puso a Hermosillo (8). La ruda sencilla relación antecedente comprende los principales crímenes cometidos por Hidalgo, en los que son por él mismo confesados; y estando con esto y con el testimonio de los pueblos y papeles públicos comprobado el cuerpo del delito, basta ocurrir para la averiguación del delincuente a su misma confesión, y a la de todos los reos juzgados en esta villa, que reconocieron a Hidalgo por autor de la sedición y dijeron ser el mismo que con ellos se había trasladado de Monclova a esta villa, y no haberse substituído otro en su lugar; y pues que estas constancias justifican el pronunciamiento, en causas criminales son las suficientes en delitos notorios, y la actuación formada sobre ellas por D. Angel Abella, comisionado de V. S., está rectificada con la ratihabición del juez eclesiástico, y la causa tiene el estado con que por las prevenciones de V. S. y del Excmo. Sr. Virrey se han de sentenciar las de su naturaleza; teniendo asimismo la orden que V. S. me recuerda en el decreto que precede a este dictamen, que es la que agrego antes de él, en la que ordena que le consulte la pena que merecen los sujetos en ella nombrados, procedo en su cumplimiento, y supuestos los hechos arriba referidos y los demás constantes en su declaración (9) a encargarme de lo que funda la legalidad del juicio que expondré, consultando a V. S. el pronunciamiento que le toca hacer acerca de Hidalgo. El, ya ha visto V. S. que es un hombre criminal: que es autor de la sedición; que llevó tras sí y levantó pueblos enteros, atacó a los ejércitos de S. M. (10); que es responsable de la sangre que se derramó en todas las batallas que dió, o dieron sus caudillos: que es obligado a la de tantos inocentes honrados vecinos que se sacrificaron por su mandado, a los daños incalculables que causó con el hurto y saqueo dejando perecer a millares de gentes, cuyos maridos, padres, hermanos o bienhechores sufrieron la muerte y robo de sus bienes, y para decirlo de una vez, a la irreparable pérdida de esta América (11), a la que acarreó cuantos males se experimentan y durarán por la total ruina de las labores que ministraban la subsistencia y hacían la felicidad de los pueblos invadidos; y lo que es más, su ejemplo y sus máximas dejan impuestos a los pueblos a desobedecer a las autoridades, propensos a levantarse, y a repetir los crímenes que aprendieron de él, y a desear la independencia solicitada por Hidalgo (12). Los crímenes de éste son de más enormidad que los de Allende, y los fundamentos que en la causa de éste deduje para demostrar el género de delito que había cometido y su pena, obran del mismo modo en la de Hidalgo, y por eso tengo a bien repetir aquí: Que el rey y su reino tengan entre sí tan íntima conexión, que la ley 3, tít. 19, partida 2ª, dice: que son como alma o cuerpo que más que en sí sean departidos, el ayuntamiento les hace ser una cosa, y que de aquí nace que aunque el pueblo guarde lo que debía hacia el rey, si al reino non guardasen de los males que les podrían venir, non sería la guarda cumplida. Que la misma (ley) recomienda eficazmente por la primera guarda que le conviene facer, cuando alguno se alzase con el reino para bollecer, o facerle otro daño; apunta los que vienen de la guerra intestina: se encarga de la falsedad con que se mueven estos levantamientos, y les denomina traidores a los que los facen. Que la ley 1ª, título 2º, partida 7ª, enumerando las especies de traiciones, cuenta por la tercera: Si alguno se trabajase de fecho, o de consejo que alguna tierra o gente que obedeciese a su rey se alzase contra él, o que le non obedeciese también como solía. La setenta: Si alguno ficiese bollicio o levantamiento en el reino de que naciese daño a él o a la tierra ... Sobre todo decimos que cuando alguno de los yerros sobredichos es fecho contra el rey, o contra su señorío, o contra pro comunal de la tierra, es propiamente llamado traición; que el jurisconsulto Ulpiano la define, cualquiera dañado intento contra la República o el príncipe; y generalmente las leyes y sus intérpretes igualan el interés del soberano con el de la República, los convierten entre sí, los regulan bajo de unos principios, y establecen unas mismas leyes para ambos en materia de traición; de manera que no sólo es llamado así lo que mira al soberano y a su señorío, sino también todo lo que sea contra el pro comunal, o bien general de la tierra. Que siendo esto así y constando que los daños causados a este reino son irresarcibles; que en ellos se comprenden los intereses de la religión, por los cuales las costumbres se han relajado, y las pasiones se han exaltado de modo y a un extremo que no será fácil reformar; los del soberano, porque a las autoridades que en su nombre gobiernan, el pueblo no obedecerá tan bien como solía, y el real erario se disminuirá considerablemente por la destrucción de los ramos que lo engrosaban, fuera de los inmensos gastos que ha hecho y tendrá que sufrir en lo de adelante con la guerra; los de la patria y particulares, porque está visto obstruído el comercio, abandonada la minería, falta de manos la agricultura, y todo género de fábricas que hacían el tráfico interior de las provincias de Michoacán, Guadalajara, Zacatecas y demás lugares, y que redundando todo esto inmediatamente en deservicio del soberano, y en perjuicio universal del reino, y contra el pro comunal de la tierra, son traidores los autores de estos daños; que Allende y sus compañeros deben reconocerse por tales y numerarse su secta entre las que Gregorio López nota que suelen moverse contra el rey, o los que gobiernan a pretexto y so color de bien, y que advierte que siempre se presumen ilícitas y movidas, no por celo a la justicia, sino dolosa e ilícitamente. Que éstas son las coligaciones que promovió la ley arriba citada, que llamó lid de dentro del cuerpo, y que graduó por tan perjudiciales y dañosas, que para estorbarlas no privilegió de tomar las armas ni a las mujeres, ni a ninguna clase del estado, (13) y quiso que los que la supiesen debían mostrar que les pesaba, yendo luego al fecho, y vedándolo muy cruelmente. Que demostrando que Allende estaba convencido del delito de traición, era consiguiente sujetarlo a la pena de ella establecida en las leyes. Que la 2ª del tít. 2º, part. 7ª, dice: Cualquier home que ficiere alguna cosa de las maneras de traición que dijimos en la ley ante de ésta (es la primera del título y partida de que hice mención) o diese ayuda o consejo que la fagan, debe morir por ello, e todos los bienes deben ser de la cámara del rey ... e demás todos sus fijos que sean varones deben finar por enfamados para siempre, de manera que nunca puedan haber honra de caballería, nin de dignidad, nin de oficio. Que la 3, tít. 19, part. 2ª, que como dejo asentado se encarga del preciso caso en que está Allende y sus compañeros, así se expresa: Onde los que tal levantamiento como éste facen son traidores, e deben morir por ello e perder todo cuanto obiesen.

Todos estos apuntados derechos que se ajustan determinadamente a Hidalgo, los de los homicidios, de robos con fuerza armada, en caudales de particulares y en los de real hacienda e iglesias, claman por la condigna pena del malhechor, del mandante, y primer causa de que se hayan cometido. ¿Y cuál será capaz de acallar los gritos lastimosos de un reino ofendido con tanto número de execrables delitos? ¿La vindicta pública quedará satisfecha con la simple muerte de tan monstruoso reo? Me parece que aun no será bastante destrozar su cuerpo a la cola de cuatro brutos, sacarle el corazón por las espaldas y aplicarle otro exquisito y cruel género de muerte de los conocidos, aunque desusados, por efecto de criminosos de tan gran tamaño. Y en efecto, si dictaminase en alguno de los lugares que se han adherido al sistema de este rebelde, consultaría a V. S. una de semejantes penas (14) que escarmentara, aterrorizara e hiciera contener en sus deberes a los que abrigan tales ideas; pero hablo en la leal Chihuahua, cuyos honrados habitantes no necesitan de patéticos espectáculos para contenerse y cumplir bien sus obligaciones como hasta aquí, allegándose a esto la falta absoluta de ministros ejecutores para las apuntadas penas. Hasta aquí he copiado lo que escribí en la causa de Allende, en lo que está igualado a la de Hidalgo; mas en ésta se encuentra la agravantísima circunstancia de los homicidios que mandó hacer, homicidios seguros ejecutados en personas indefensas, inocentes, y conducidas a la muerte por ministros indignos, poseídos de tan negra inhumanidad como la de su mandante, alevosos como él, que parece quería sofocar los remordimientos de su propia conciencia, cargando delitos sobre delitos, sin pararse en la atrocidad de ellos, ni en su asombroso número y diversos géneros, de que es difícil hallar otro ejemplar. Este es el presbítero cura Hidalgo, que abusando de la santidad de su estado, se sirvió de él para atraerse a su partido los pueblos; que los sedujo e hizo levantar contra su legítimo Gobierno; que los quiso sujetar a su dominación; que durante ella no respetó vidas ni haciendas, ni le detuvo ninguna consideración. Este es (15) el primer cabecilla de la revolución que ha perdido a la América, sedicioso, tumultuario, conspirador contra el reino, traidor y mandante de cuatrocientos once homicidios tiránicamente alevosos, cuya pena expresa la ley 10, tít. 23, lib. 8 de la Recopilación de Castilla, cuando dice: ... Todo hombre que matare a otro a traición o aleve, arrástrenlo por ello y enfórquenlo, y todo lo del traidor háyalo el rey. A presencia de estas terminantes resoluciones que abrazan a todo miembro del Estado, que se dirigen a cortar el que es pernicioso, a mantener la paz de los pueblos, a remover de ellos los perturbadores de su quietud; que mandan exterminar a los que cometen semejantes delitos, y teniendo presentes los bandos publicados en esta materia, y alguna orden del Exmo. Sr. Virrey que manda castigar con el último suplicio (16) a los insurgentes de la clase y estado de Hidalgo, soy de sentir que puede V. S. declarar que es reo de alta traición, mandante de alevosos homicidios; que debe morir por ello, confiscársele sus bienes conforme a las resoluciones expresadas, y que sus proclamas y papeles seductivos deben ser dados al fuego pública e ignominiosamente.

En cuanto al género de muerte a que se le haya de destinar, encuentro y estoy convencido de que la más afrentosa que pudiera excogitarse, aun no satisfaría competentemente la venganza pública; que él es delincuente atrocísimo; que asombran sus enormes maldades, y que es difícil nazca monstruo igual a él; que es indigno de toda consideración por su personal individuo; pero es ministro del altar, marcado con el indeleble carácter de sacerdote de la ley de gracia en que por nuestra fortuna hemos nacido, y que la lenidad inseparable de todo cristiano ha resaltado siempre en nuestras leyes y en nuestros soberanos, reverenciando siempre a la Iglesia y a sus sacerdotes, aunque hayan incurrido en delitos atroces.

Por tanto, si estas consideraciones tuvieran lugar en la cristiana de V. S., ya que no puede dársele garrote por falta de instrumentos y verdugos que lo hagan, podrá mandar, si fuere de su agrado, que sea pasado por las armas en la misma prisión en que está, o en otro semejante lugar a propósito, y que después se manifieste al público para satisfacción de los escándalos que ha recibido por su causa. He concluído mi dictamen, y si el decreto de V. S. fuese de conformidad, todos los efectos de esta sentencia se han de retrotraer, y a su ejecución ha de preceder la actual degradación y libre entrega del reo, debida hacer por el juez eclesiástico, y podrá V. S. pasar la causa al comisionado del Illmo. Sr. Obispo de Durango para que haga lo que le toca, y aquello a que sus facultades alcancen; esto, y que se tengan presentes los sujetos que se nombran en esta causa y en todas las demás de este género, para hacer de tales citas el uso conveniente, es lo que me parece deberse proveer; mas desde luego sujeto mi juicio, que está expuesto a error por la insuficiencia de mis conocimientos, a otro más acertado, y V. S. sobre todo determinará lo que estime ser mejor.

Chihuahua, julio 3 de 1811.

Bracho.

Tal es el dictamen de este asesor, que si hemos impugnado con algunas anotaciones en fuerza de la necesidad de mostrar las enormes equivocaciones que contiene, y que pudieran atacar a los primeros principios del derecho público, no por eso dejamos de conocer el grave compromiso en que se vió este letrado en aquellas circunstancias, y lo compadecemos.

Me parece de justicia darle un testimonio del aprecio que nos mereció por haber contribuído a salvar la vida a D. José Félix Trespalacios y don Juan Pablo Caballero. Estos proyectaron en agosto de 1814 dar libertad a la provincia de Nueva Vizcaya; mas en 4 de noviembre de dicho año, y cuando ya tenían dados muchos pasos, fueron arrestados y simados en un calabozo obscuro con una barra de grillos por espacio de un año y siete días. Condenóseles a muerte por el asesor de Durango don Angel Pinilla Pérez, y después por el Dr. D. Francisco Antonio de Landa. Afortunadamente no se conformó con esta sentencia el comandante general D. Bernardo Bonavia, y sí con la de diez años de presidio a Ceuta, que consultó el Lic. Bracho y por la que les libró la vida; beneficio de que se confiesan deudores a su equidad, pues se expuso a la crítica de enemigos muy poderosos que entonces pudieron acriminarlo. Reciba, pues, el Lic. don Rafael Bracho este testimonio de nuestra imparcialidad, y crea que nuestra pluma, guiada siempre de buenos sentimientos, aplaude el mérito donde le halla sin acepción de personas, y que nos gloriamos de decir con el Apóstol: En esto te alabo, y en esto no. El Dr. Valentín se halló en el mismo conflicto en que Pilatos; conocía su incompetencia para degradar al cura Hidalgo, pero su obispo le instó y urgió en términos de violentar su voluntad; así es que en obediencia de sus órdenes proveyó el auto siguiente:

Chihuahua, 26 de julio de 1811.

En puntual y debido ... cumplimiento de lo que me previene mi prelado (17) el IlImo. Sr. Dr. Don Francisco Gabriel de Olivares y Benito, del Consejo de S. M., etcétera, en la superior orden del 18 del corriente que antecede, nombro para notario en esta causa al R. P. Fray José Maria Rojas, religioso del colegio apostólico de Nuestra Señora de Guadalupe de los Zacatecas, en atención a su idoneidad. Y en atención a que todas las diligencias siguientes son rigurosamente eclesiásticas, debiendo por esa razón y por su particular solemnidad practicarse por personas también eclesiásticas, cuyo nombramiento se le hará saber en debida forma para su aceptación y desempeño, prestando el juramento necesario conforme a derecho, y según su estado; verificado lo cual, sacará el referido notario testimonio fehaciente de la citada orden, que agregará íntegro al expediente que me dirigió S. S. I., verificando después lo mismo con las demás actuaciones y providencias que se dictaren hasta su conclusión, y pondrá igualmente oficios a los curas ordinario y castrense, y al R. P. guardián de San Francisco de esta villa, citándolos para que concurran a la casa de mi morada en la próxima inmediata mañana a las ocho y media, si antes no lo ejecutare yo como pienso hacerlo, en el caso de que me alcance el tiempo.

Francisco Fernández Valentín.




Notas

(1) Garrido. (José María), tambor mayor, se delató voluntariamente al intendente Riaño, de Guanajuato, y le entregó sesenta pesos que había recibido de Hidalgo; estuvo engañando al cura Hidalgo; iba y venía a su curato para observar el estado y progresos de la empresa, y de todo daba cuenta al intendente.

(2) Aunque el Dr. Bracho nos presente cuantos el Solórzano, jamás probará ese dominio legítimo. La usurpación nunca da dominio.

(3) Tal vez será el más fausto que vieras las lumbres del sol, según la expresión de Plutarco.

(4) Hidalgo se resistió a tomar el mando de las armas, diciendo que era eclesiástico, y aquella ocupación muy ajena de su profesión; pero Allende y la oficialidad dijeron que estaban satisfechos de su pericia y que era notoria su sabiduría. ¿Quién ha dicho que para mandar un ejército se necesita precisamente haber comenzado por cadete o soldado raso? Cuando Lúculo salió de Roma para la guerra contra Mitrídates, no había mandado ni una cohorte. Pompeyo comenzó a ser general levantando legiones que siempre condujo con gloria y asombró a Sila. En nuestros días Moreau rivalizó con Bonaparte, y era un doctor en leyes. ¿Y qué diremos de Morelos, hombre nacido general? Hidalgo acreditó su pericia, como ya hemos visto en sus primeras campañas; si fue desgraciado, atribúyase a la desigualdad que hay entre fusiles y garrotes, entre chusmas y ejércitos.

(5) Sabemos que este tratamiento se lo dió un oidor europeo, Sousa, por baja adulación, el cual quedó después en el Gobierno de Cruz de vocal de la Junta de Seguridad, donde desarrolló su ferocidad contra los americanos. Así nos han burlado.

(6) Para el Lic. Bracho es arrojo y delito defenderse un hombre de una agresión tan inicua como la que los inquisidores de México hicieron a Hidalgo, imputándole crímenes vergonzosísimos y atroces, de que se avergonzaría un cínico; crímenes que jamás había cometido, y si de hecho los perpetró, ellos fueron reos porque no los castigaron después de muchos años de cometidos. ¿Cómo entenderá todo letrado que debe todo hombre desempeñar aquel encargo que Dios le hace en la Escritura cuando le manda que ... cuide de su buen nombre, porque éste vale más que un tesoro? Esto hizo Hidalgo, e hizo muy bien.

(7) No era un tal cual ente como lo pinta el asesor, era un joven sabio (que conocí) originario de Guatemala, versadísimo en la botánica, el cual fue preso en Tampamolón cuando iba a cumplir su comisión. Descubierta ésta porque se le hallaron los diplomas, recurrió a un veneno y se quitó a sí mismo la vida antes que sufrir una muerte dolorosa, cual le preparaban los españoles. ¡Infeliz! ¡Ojalá hubieras tenido valor para sostenerte en esta adversidad! ... Eras un usufructuario de tu vida, y no un propietario. El suicidio es una cobardía; el filósofo ve la muerte con serenidad, y compadece a su verdugo como el hijo de María; tú fueras un héroe muriendo de los primeros por la más justa de las causas. El cadáver de este hombre memorable se trajo hasta el santuario de Guadalupe en un ataúd; no sé dónde estará sepultado. Se aseguró generalmente que se envenenó; yo no lo vi, pero sí lo creí, y tengo fundamentos que por ahora no es del caso explicar. Los que pretenden explicar el suicidio con el del sacerdote Rhasis atacado por Nicanor, que por no caer en sus manos se precipitó de una torre alta, y no pudiendo morir del golpe sobre una piedra escarpada, se sacó con sus propias manos las entrañas y las echó sobre el pueblo, invocando al Dominador de la vida para que le resucitase en la resurrección, acuérdense que este modelo de intrepidez, poco imitable, no puede justificarse, según las reglas de la buena moral, sino suponiendo que siguió el impulso del Espíritu Santo, como puede verse en San Agustín en la epístola 61 a Dulcidio, y en el libro 2º contra Gaudencio, donde el santo doctor explica ese pasaje. (Heydeck, Defensa de la religion, tomo 3, pág. 90). Yo omitiría esta nota si la inmoralidad del siglo no hiciese ver con indiferencia a muchos el suicidio, y si la charlatanería de no pocos, desarrollada en los cafés, no hablase de esto, del infierno, etc., como de unas fábulas milesias despreciables. El que desoyere estas verdades, que corra el albur, y ya veremos quién se pega chasco. El Sr. Hidalgo con sus amigos hizo varias conversaciones sobre el suicidio durante sus campañas, pues previó la suerte que podía correr, y tomó en consideración este pasaje del libro de los Macabeos.

(8) El asesor ha padecido equívoco en esta aserción. En la carta fechada en Guadalajara a 3 de enero, y dirigida a D. José María González Hermosillo, entre otras cosas le dice lo siguiente: Deponga V. todo cuidado acerca de los indultos o libertad de europeos, recogiendo V. todos los que haya por esta parte para quedar seguro ... y (aquí llamo la atención) al que fuere inquieto, perturbador y seductor, o se les conozcan otras disposiciones, los sepultará en el olvido dándoles muerte con las precauciones necesarias en partes ocultas y solitarias para que nadie lo entienda. Esto no es mandar matar a todos sin el menor motivo, como se quiere persuadir. Yo pregunto al asesor: ¿qué se hacía con los nuestros, con una multitud de infelices tomados a lazo por robarles el burro o la manta en los caminos y tianguis, como en Tepecuacuilco, Alfaxayucan y mil otras partes? ... Fusilarlos, o condenarlos a morir en la zanja cuadrada de México en Santiago Tlaltelolco, primer presidio destinado al efecto, en Veracruz, Castillo de Acapulco, Manila y en otros lugares. ¿Gozaban los españoles el privilegio de matar hombres americanos impunemente, y no lo tenía Hidalgo para hacer lo mismo precediendo un examen del que era inquieto y seductor? Tal fue su mente en esa carta y no otra. ¿A qué es acriminar hechos inculpables? ¡No permita Dios que aprobemos ningún asesinato hecho a sangre fría! Pero tampoco que alteremos la moralidad de los hechos, ya sea para encomiar, ya para acusar. Las circunstancias en que Hidalgo se vió fueron dificilísimas. César, con su natural clemencia, habría dejado de usarla en ellas.

(9) Posito imposibile sequitur quodlibet, dicen los filósofos. Sentados principios falsos como teoremas incuestionables, se sacan fácilmente de ellos consecuencias.

(10) Pudo añadir: Y los venció con gloria en Guanajuato, las Cruces, Zacoalco y La Barca.

(11) Tal vez sería ganancia; para comer morcillas (dijo el marqués de Rayas a Bataller con mucho donaire) es necesario que se derrame sangre y para comer chorizos que se haga picadillo.

(12) Consecuencia ... ¿Luego es crimen desear la independencia? Cogitationis poenam in lora nemo patitur, dice el derecho ... Crímenes por deseo, sólo Dios los castiga por el eminente poder que tiene sobre los corazones.

(13) Luego, según este principio legal, convencido Hidalgo de que se maquinaba la ruina de la nación, pudo y debió tomar las armas ... ¿A qué, pues, echarle en cara su estado sacerdotal, cuando en tales casos ni aun el bello sexo está exento? No sé qué se responda. Cumplir con las leyes no es delinquir.

(14) ¿A qué esa crueldad innecesaria en las penas? ¿En qué países sino en los que son tan bárbaros como en el Japón han de tener lugar? ¿De qué sirven sino de familiarizar a los pueblos con la crueldad? ¿Y dónde se repiten mayores y más atroces crímenes que donde se aplican estas penas? Lea el asesor a Filangieri, a Montesquieu, a Beccaria, a Gutiérrez, a Lardizábal, y verá comprobada esta verdad. Es menester avergonzarse de estampar semejantes proposiciones en el siglo XIX. Ya no me admiraré de lo que decretó Areche en el Perú contra Tupac-Amaro. Véase el Diario Liberal de México, desde el Nº 99 al 106, tomo 2º.

(15) Ahora se toma contra Hidalgo, como si nada hubiera dicho de él, y comienza no de otro modo que cierto fraile en Oaxaca, que después de haber hablado hasta por los manguillos de Santa Teresa, al cabo de una hora se dirigió a la Santa diciéndole: ¿Aquí estás, Teresa? Y comenzó de nuevo su razonamiento. Esto quiere decir que se trabajó un dictamen que a semejanza de una albarda viniese bien a todo jumento, mutatis mutandis.

(16) ¿El virrey, señor asesor, era acaso legislador para dar esa ley que usted tanto venera, o era primer magistrado ejecutor de las leyes? ¿Quién le dió aquella prerrogativa?

(17) Si la conciencia, el Concilio de Trento y sus expositores contrariaban la observancia de este precepto, Valentín no debió obedecerlo ... Magis Deo obediendum quam hominibus, dijo San Pedro cuando la Sinagoga le mandó que no predicase a Jesucristo crucificado, ni en su nombre hiciese milagros; esta es la doctrina de la Iglesia católica.

Índice de Hidalgo, las primeras siete cartas del Cuadro histórico de la revolución mexicana de Carlos Ma. de BustamanteCarta séptima (Primera parte)Carta séptima (Tercera parte)Biblioteca Virtual Antorcha