Índice de Determinismo y responsabilidad de Agustín HamonQuinta lecciónSéptima lecciónBiblioteca Virtual Antorcha

LECCIÓN SEXTA

LA RESPONSABILIDAD

(Continuación)

VI. Resistencia de los magistrados a la extensión de la irresponsabilidad.- VII. Estados mentales restrictivos de la responsabilidad parcial, limitada y atenuada.- VIII. La consecuencia del determinismo es la no existencia de la responsabilidad basada en la libertad moral. Tentativa de acuerdo entre la tradición y la ciencia.



VI

Como se ve, debido a los constantes estudios y continuos desvelos de los científicos, se va extendiendo el campo de la irresponsabilidad; creciendo, aumentando esta tendencia día por día; tanto que puede preveerse el momento en el cual será reputada como cosa banal el sostener la responsabilidad de los humanos, aceptada ya unánimemente por nuestra civilización. Entonces la irresponsabilidad no será defendida más que por algunas personalidas retrasadas, protagonistas de los vestigios del pasado. En espera de esa hora, los científicos y entre ellos, sobre todos, los alienistas, luchan por la restricción de la responsabilidad, ensanchando la acción médico legal.

EL doctor Paúl Garnier, en el Congreso de Antropología criminal de Bruselas, en 1892, defendió la oportunidad de prescribir una inspección médica a todos los inculpados. Es útil saber, pues la ciencia lo ha confesado, que muchos locos conservan la conciencia de su estado, de su delirio y de sus relaciones con el mundo externo; que muchos, notables por la exacta asociación de sus ideas; pero van sensatamente, defendiendo sus opiniones con firmeza y con lógica, que otros, ansiando un fin, un objeto, combinan los medios para alcanzarlos con astucia, disimulo y cálculo: que los hay cuyas facultades afectivas están solamente pervertidas y únicamente sus actos resultan irracionales; que otros no ofrecen más lesiones intelectuales que las de la voluntad-apreciación impulsiva- impeliéndoles, irresistiblemente, hacia las acciones culpables; que muchos y bastante peligrosos, mantienen largamente cierta calma, cierta apariencia física de razón, capaz de engañar a personas experimentadas ... Es que, según la expresión de Laurent, la locura consiste menos en la perturbación total de las facultades intelectivas, que en la lesión parcial de una de estas facultades ... pudiendo, a la par o separadamente, ser alteradas, sin que la inteligencia muera. (Autanel).

La inmensa mayoría de los individuos y con ellos, casi unánimemente, los juristas, creen fuese sólo irresponsables los locos maniacos y los delirantes. Estos errores han amontonado malhechores enfermos en cárceles y presidios. Con razón dice Corre: Verdaderos alienados mueren en las cárceles ocultos para la ciencia y, arrancados, muchas veces, a su apoyo por la oposición de las viejas doctrinas metafísicas, agarradas aún a los jurisconsultos. ¡Cuantos maniáticos, instintivos o razonables, han sido, contra las protestas de los alienistas, arrojados a la cárcel, al presidio, al cadalso! Los anales judiciales muestran una muchedumbre de estos delincuentes, descontando aquellos que no fueron inspeccionados por los médicos o sufrieron a estos, engaño. Hasta algunos alienistas, como Casper, Ott, han sostenido son los monomaniacos responsables de los actos realizados bajo la sugestión de su idea fija. Un jurisconsulto, Molinier, escribió, en 1854, de la monamanía: En principio, todo sujeto que ha ejecutado, con discernimiento, un acto ilícito y penado por la ley ha de ser castigado. En acto, una locura parcial puede no excluir el discernimiento en hechos ejecutados sin delirio. Es esto la teoría que conduce a las cárceles y cadalsos a muchos criminales alienados.

Rememoremos al sargento Bertaud, condenado por un Consejo de guerra, acusado de violación de cadáveres. Contrariamente a las conclusiones del doctor Marchal (de Cabri) consideró el consejo había obrado en plena libertad de todas sus facultades intelectuales. Recordemos al asesino Moulinard, condenado a presidio, bajo el pretexto que habiendo siempre hablado, accionado, raciocinado como el común de los hombres, no pudo cometer su crimen bajo la influencia de la locura. Por los médicos fue declarado monomaniaco razonable. En 1868, el Consejo de guerra de Auvers, condenó a cadena perpetua a un militar, Flesón, por asesinato premeditado de un capitán. El médico forense certificó una locura, una idea delirante y alucinadora. En 1872 fue el reo oficialmente reconocido como loco y conducido a un asilo, donde permanecía, aún, el año pasado. Entre infinidad de cosas similares, citemos al doctor Lamotte, condenado por atentado al poder porque debía tener la responsabilidad de sus actos en el momento del atentado y, sin embargo, era un epiléptico, reconocido, proclamado por los médicos. Bien es verdad que no ha pasado mucho tiempo sin que la epilepsia sea reconocida a lo más como un atenuante por los jueces. Pensaban, quizás, no podía una dolencia convulsiva alterar la libertad moral. Pero muy recientemente, en 1896, un alienista, el doctor V. Pasant, no temió escribir: En principio todo epiléptico es responsable de sus actos ... La epilepsia puede dar lugar a accidentes que arrebaten a su sujeto el libre arbitrio; pero puede, también, dejarlo sano de espíritu. Para este médico jurídico, la inteligencia de un epiléptico, prescindiendo de algunas crisis, funciona como en las personas indemnes a toda dolencia nerviosa. Fuera de la crisis convulsiva o impulsiva, es responsable de todo crimen. En 1896 ¿no dijo Mr. Pasant como los Comentarios de 1670, es presumible la perturbación espiritual en el momento de acción de un epiléctico? Desde entonces los médicos jurídicos son, casi siempre, los sostenedores de la magistratura. La teleología social les hace olvidar su fin científico que debía constituir su única misión.

En la lección precedente hemos visto que los epilépticos eran considerados por los alienistas como irresponsables. Los médicos jurídicos, más magistrados que científicos, se oponen a esta conclusión. Uno de ellos, Vallon, se expresa así: Semejante doctrina -de la irresponsabilidad- es muy cómoda para el médico perito; se ve enseguida constituiría semejante doctrina en la práctica un peligro social. Extender la esfera de la irresponsabilidad Merbolg, hasta el punto de declarar irresponsables a los epilépticos, en todos sus actos, sería dar, a una categoría infelizmente numerosa de individuos, el derecho al delito y al crímen sin el deber de rendir cuentas a la justicia. Semejante opinión es inadmisible; yo, por lo menos, la rechazó en absoluto. Entrados en esta vía de la irresponsabilidad absoluta del epiléptico, no había medio de frenar; tras la epilepsia vendría el histerismo confiriendo a la humanidad la impunidad penal, después seguiría la neurastenia, continuando sin detenerse, hasta la jaqueca. Los epilépticos, en realidad, están lejos de ser inconscientes ... proceden, a veces, con reflexión y conocimiento de causa.

En estas líneas, se confunde la responsabilidad con la conciencia, confusión frecuentísima, origen, matriz, de errores abundantes. La prevención del fin socíal lleva a los peritos a consideraciones extra científicas, y a hacerle olvidar el fin puramente objetivo de su examen. Recientemente el Consejo de guerra de Bruselas condenó a muerte a un epiléptico. El tribunal militar falló aplicando una pena de quince años de trabajos forzados, aunque el informe del médico abogaba por la irresponsabilidad. Estas conclusiones del Boulauquier, fueron confirmadas porlos doctores Van Gehuchten, Geofroy, Raymonol, Braurdel. Actualmente el soldado Ruyther está en presidio, siendo un completo enfermo, asesino por impulsión irresistible. Maudsley contó la historia de un pasante de procurador que, impulsivamente, sin razón, mató y descuartizó a una joven, redactando un dietario de sus acciones y escribiendo el día del crimen: maté a una jovencita: estaba buena y caliente. Este loco fue agarrotado. Lourel, Gusteau, los matadores políticos, eran impulsivos lo mismo que Papavoine. El doctor Cabadé cita a un malhechor impulsivo, condenado muchísimas veces por hurto, a quien, aún teniendo conocimiento del acto y su valor, no podía dejar de robar. Este enfermo murió en la cárcel al querer salvar a un compañero de condena.

Mandsley enseña de la existencia de una psicología criminal, simple variedad de neurosis. Virchow define los criminales del siguiente modo: alienados en formación. Resulta imposible fijar la separación del alienado y del criminal, mostrar donde, en el crimen, empieza la alienación. El doctor Dubuison, reconoce, a su pesar, esta imposibilidad. Encarando a un criminal con un alienado, autores ambos de hechos punibles, constaba la dificultad de saber porqué el uno resulta castigado y el otro no, siendo los dos delincuentes. Más jurisconsulto que científico, Dubuisson, impresionado por esta consecuencia lógica, escribe: El médico es perfectamente libre de llevar a los horizontes que guste sus investigaciones y de motejar enfermedad o dolencia, toda anomalía que le interese; el magistrado no podría seguir indefinidamente, por esa ruta, sin que, al convenirle a un médico ver en un criminal un enfermo o un demente, el magistrado, al juzgar, debería delegar sus funciones y pedir, como Aecolas -un jurista consumado- hace quince años, la substitución por hospitales de las cárceles. Este día llegará indefectiblemente, pero, entre tanto, los magistrados no siguen a los médicos. Apenas si los hay entre ellos, que tiendan a conciliar la ciencia con la tradición. Con una energía, digna de mejor causa, los tribunales resisten los progresos científicos, las novedades médicas, psícológicas, antropológicas. El papel con el que los médicos quieren alzarse en las cuestiones criminológicas, contraria, choca, hiere a los jurisconsultos. Parecería les arrancaban una presa sobre la cual poseen derechos indiscutibles.

Muchos magistrados consideran muy importantes las atribuciones actuales de los médicos, pero juzgan excesivas las que reclaman. En el Congreso de Antropología criminal, alienistas y antropólogos demandaron a la aprobación de los científicos se les concediera más importancia y se les diera más atribuciones.

Vemos que P. Garnier sustentó esta tesis en 1813, en Bruselas y en el Congreso de París, en 1889, Pugliese y Sarrante, habíanla ya defendido. Hasta uno de ellos pretendió que resolviesen las cuestiones en último análisis y se sometiera el juicio a las decisiones de la asamblea. El señor Semal reclamó un exámen psicológico del delincuente, para autorizar la libertad o demorar la pena. Los médicos, entonces, serían consultados antes, después del juicio y en el juicio mismo. Fabreguettes se lamenta, se entristece ante esa proposición tan audaz, unánimemente ¡oh desgracia! aprobada por los sabios. Y exclama lastimosa, quejumbrosamente: Todo está sujeto a una lógica. Pugliese y Sarrante han soiícitado, con el voto favorable y unánime de sus colegas, se introduzca, en las facultades de Derecho, la enseñanza de la medicina lega!. Se ha llegado a pedir para los estudiantes una verdadera clínica de criminales. Herbette, director general de prisiones, no ha hecho objeciones de principios, sinó meros reparos de detalle. Se ha llegado al acuerdo de que los magistrados deben recibir una instrucción técnica sobre los delincuentes, sobre el medio social ... La misión de los jueces de instrucción va haciéndose delicadísima.

A las cualidades de penetración y análisis, irremediablemente necesarias, le son necesarios conocimientos médico legales, todo esto, para desaparecer ante el médico legal (!!!).

A Fabreguettes, el presidente Fabreguetes, le entristecen estos bríos de la ciencia. ¿Para qué los estudios? ¿No conocen, acaso, los magistrados, la psicología ... instintivamente? ¡Conque placer habla de los tribunales ingleses! Para él ni jueces, ni jurados, tienen necesidad de estudio para desentrañar los estados espirituales del acusado, recusando, por ello, al alienista y su derecho a formular una opinión sobre el estado mental del reo. Juzgan idénticos los actos del hombre alienado a los del sano puesto en las condiciones del enfermo. Un individuo alucinado recibe imaginativamente, una injuria y contesta con un puñetazo, siendo absuelto, porque un hombre sano hubiera, por una injuria real, procedido lo mismo. Por el contrario, nuestro alucinado mata por un insulto ficticio, entonces los jueces lo condenan, declarándolo responsable, por no estar en relación de valor la injuria y la venganza de la injuria.

Realmente, para los legistas, loco es quien procede sin motivo o por una causa que el cerebro de un hombre sano no puede concebir. En la Gran Bretaña cree aún, la magistratura y cree con razón, según Fabreguettes. Debe aportar el juez una gran reserva para no abrir al crimen las puertas de la impunidad, bajo pretexto de afecciones morbosas, donde no había habido más que solicitudes del vicio o perversidades de la pasión. Gracias al Habeas corpus y a la publicidad de los procesos, la justicia británica, resulta menos pervertida que en otras naciones. Consecuentemente, los esfuerzos para mejorarle son menores que en el continente. Todo progreso realizado opónese a un progreso ulterior. En las Islas Británicas tiende menos la justicia a evolucionar. Será esto así hasta que la opinión pública, dirigida y removida por los científicos, exija de sus legisladores la implantación de las conquistas científicas.

El estado de espíritu de los legistas del otro lado del Canal de la Mancha es general entre los jurisconsultos. En el último Congreso de Antropología criminal, revelose expléndidamente en las palabras del senador ruso Ignacio Zakrewky: El magistrado no abdicará sus poderes seculares ante nadie, sea el que sea, una comisión de médicos o una asamblea de Sociólogos. Compréndese esa frase: un siervo de la aristocracia rusa, no podía hablar en otra forma. Las leyes, las costumbres judiciales rusas, corresponden a las de la Europa occidental del siglo XVIII. En esa nación, pues, se encuentran los partidarios más decididos de los dogmas jurídicos, saturados de la metafísica de los siglos caducados. Como nuestros antepasados, los arios, juzgan: de todas las reglas, la más estricta es que lo admitido en derecho, no debe ser reformado. El derecho debe ser inmutable y Zakrewsky, jurista y funcionario ruso, es forzoso sostenedor de las leyes rusas, no pudiendo, por tanto, permitir las combata la ciencia aconsejando juzguen del estado psíquico de los acusados, comisiones de médicos. En Rusia la instrucción primaria es tal que se llega a enseñar a la juventud que estuvo Francia, en 1794, en plena locura, por adorar al ser Supremo. Resulta natural la negativa de las escuelas jurídicas y los tribunales de ese país para toda empresa luminosa. Allí, más que en parte alguna, la finalidad de los tribunales es el fallo condenatorio para el mayor número posible de gente, autora o no, responsable o no, de los delitos. El ambiente gubernamental, ayuda, refuerza, con su influencia a esta profesión, cosa naturalísima que no debe extrañarn0S al ver reproducido el mismo fenómeno en nuestras civilizaciones. Un antiguo magistrado, diputado hoy, Alejandro Berard, no admite como irresponsables más que los seres completamente incapacitados para el discernimiento del bien y del mal, para comprender que caen en delito, realizando tal o cual acto. A lo más, llega este legislador a hacer algunas concesiones autorizando el uso de indulgencia con aquellos cuya responsabilidad esté limitada por una enfermedad o flaqueza de espíritu. Otros legistas como Carrara, Pessino, Chauveau, Hélie, etc., han establecido reglas de irresponsabilidad: si un monomaniaco ejecuta, un acto relacionado con su delirio parcial, es irresponsable. Si el acto no está en relación el delincuente es responsable. Esta opinión, dice uno de ellos, Brusa, no será del agrado de los médicos, pero es la más conforme hasta ahora, con los sentimientos del pueblo. Cierto, esta opinión no contenta de los médicos, no contentará, tampoco, a ningún pensador sin prejuicios, porque es sensiblemente, absurda. Esta manera de ser y de juzgar, fUe, mucho tiempo, el criterio de los juristas ingleses. En Britania, en la América del Norte, no hay reglas fijas para la irresponsabilidad de los alienados; de un modo general puede anunciarse que los criterios de responsabilidad admitidos por los jueces son: el conocimiento por el reo de la naturaleza y cualificación de la acción realizada. Precisa tener el discernimiento del bien y del mal, saber es el acto contrario a la ley para ser declarado responsable. Ahora, muchos alienados tienen este conocimiento y, por tanto son responsables. Con todo, en la práctica se extiende más la irresponsabilidad en el Norte de América que en, Inglaterra, declarándose muchos estudios de aberración mental a pretexto de irresponsabilidad.

La irresponsabilidad de los alienados, de los aberrantes, cualquiera que sea su naturaleza, está reconocida, admitida, sostenida por la gran mayoría de los alienistas y psicólogos, y sin embargo, condenas frecuentísimas, caen sobre esos enfermos, esos dolientes psíquicos. Con todas sus fuerzas se oponen los legistas a la introducción, en sus trabajos de las ideas científicas. Toda institución, tiende, efectivamente, a conservarse ella misma, resistiendo toda tendencia modificativa, transformadora. No deben los criminólogos filoneistas preocuparse de los vanos obstáculos que la magistratura misoneista amontona en la ruta de la ciencia siempre victoriosa. Semejantes esfuerzos levantarían sonrisas de desdén sino pagasen pobres seres con sus vidas la obstinación profesional de los magistrados. Y nos lamentaríamos, por la pérdida del tiempo, que en los congresos científicos se emitieran estas concepciones anticientíficas, sino fuese por las reputaciones de los científicos que así de rechazo sacan alguna utilidad de esas ideas seculares agarradas en los cerebros regresivos.


VII

De los esfuerzos antinómicos desarrollados por los juristas y sus partidarios de una parte y los alienistas, psicólogos y antropólogos de otra, nace un modus vivendi que tiende a satisfacer a todo el mundo sin que, en realidad, conforme a nadie. Efectivamente; está en contradicción con la razón, apoyada por la ciencia, y, contradice los principios metafísicos, caros a los defensores del libre arbitrio y a la magistratura. He aquí la obra de los médicos legistas que, a un tiempo, participan del pensar científico como médicos y del legal como juristas: Conciben ciencia y tradición; imaginan responsabilidades parciales y atenuadas.

Con Descartes, consideran los clásicos la responsabilidad como un absoluto incapaz de graduaciones. El libre arbitrio presente o ausente vive siempre entero. La responsabilidad, pues, se da por entero o no se da. Pascal, Bossúel, así lo creyeron, sosteniendo las recompensas y los castigos eternales. No obstante, los defensores del libre arbitrio, en gran número, no admiten ya esta concepción de sus doctrinas, obligados a dar importancia a los progresos científicos. Como el abate Baets, declaran es el hombre responsable de sus actos en la misma medida que estos actos dependen de su libre albedrio. Esto es limitado, luego también debe serlo la responsabilidad. En consecuencia, se deduce que los hombres son responsables según el conocimiento y uso que hagan del libre arbitrio. Según los alienistas, los degenerados son parcialmente responsables. Legranol du Saulle, Laségue, Ball, Eardieu, Bellve, Motet, Dubuisson, etc., son de esta opinión.

Nótese es de opinión contraria a la mayoría de los alienistas y que, los únicos defensores de esa responsabilidad parcial, son los médicos-legistas. El nuevo código italiano (1890) consagra a esta teoría, admitiéndola en sus artículos 47, 48 y 51. Así, conforme el artículo 51, hay atenuación de responsabilidad en aquellos que cometieron el delito bajo un impulso de cólera o de intenso dolor. Dinamarca y Grecia, admiten, la semi responsabilidad. Propágase esta manera de ser, regocijando al doctor Thierry y a Tarde que la juzgan en conformidad con el sentido común.

Por tanto, los médicos-juristas, se inclinan unas veces hacia una responsabilidad parcial y otras hacia una responsabilidad atenuada. El doctor Coutagne y Tarde, no ven las diferencias entre ambas responsabilidades. Hay una, sin embargo.

¿Qué se entiende por responsabilidad parcial? Helo aquí: el individuo tiene departamentos cerebrales normales unos, anormales otros -la norma se determina por el término medio- y el responsable por actos emanados de los normales, resulta irresponsable por los otros. Por ejemplo: el individuo B tiene una idea fija, delirante; en todo el resto de su mentalidad está sano, B, pues, será parcialmente responsable. Los hechos cometidos bajo el imperio de su delirio no le son imputables, los otros sí, porque B, tiene una noción justa de todo lo que no depende de ser imaginación alucinada. Debe por todo esto, ser irresponsable. He aquí la irresponsabilidad parcial. Es la atribuída por Ball, Blanche y Motet a Eufrasia Mercier, en el famoso crimen de Villemomble.

En Eufrasia, dice en sustancia el informe de los peritos, hállase, de una parte, el tipo acabado de la inteligencia al servicio del crimen, de otra parte los indicios más tangibles de la alienación mental. Por un lado, el misticismo; por otro el espíritu de consecuencia, buen sentido y aptitudes comerciales. Compréndese bien, el significado de esta expresión: responsabilidad parcial.

Diferénciase de esta, la responsabilidad atenuada. Existen seres, vivientes en un medio, con distinta visión de las cosas, que la tenida por individuos de ese mismo medio. Hay una inexacta apreciación de las relaciones que ligan a las cosas. Lo que la medida humana califica de bueno, no lo es para estos individuos debilitados intelectuales y morales o morales solamente. Con todo, su flaqueza espiritual no es de tal grado que rompa bruscamente con el medio, ni permita a todos comprobar la aberración de esos atacados. Es sencillamente, una flaqueza moral o intelectual; mejor aún, una inexacta noción de las cosas y de sus ligamentos, producida por una educación deficiente o falsa, o una incapacidad, congénita o adquirida, permanente o pasajera, para comprender y acoplar las íntimas relaciones de las cosas.

Para estos individuos, enfermos intelectuales o morales, existe la atenuante de la responsabilidad. Esta, ni en su conjunto ni en sus partes, es integral, pero enflaquece, disminuye, en su totalidad. El niño, posee una responsabilidad atenuada, como la poseyó Gabriela Bompart, la cómplice de Eyrand. Los relatores Bronardel, Motet y Ballét se expresaron, hablando de ella, en esta forma: Naturaleza anormal, pero no una débil intelectualmente. Su moralidad es incompleta, como la moralidad de los pilluelos parisienses ejecutadores, a los 18 o 20 años, de los más graves crímenes, careciendo de la conciencia del bien y del mal, pero conocedores de las consecuencias de sus actos, bajo el punto de vista legal. Hay en ella una suspensión del sentido moral, no acampada de la del intelectual.

Vése, pues, la diferencia existente entre la responsabilidad parcial y la atenuada, diferencia acabada de mostrar. Alguna vez es insignificante y, en la práctica, empléanse indiferentemente ambas expresiones. El uso las hace sinónimas. Así, Corre, no admite la responsabilidad parcial de los alienados, pero si la de los criminales en los que una enfermedad distinta de la locura, ha transformado el carácter, disminuído la energía y la solidez de las actividades cerebrales. El temperamento, la educación, son suficiente para determinar los atenuantes. La indulgencia debe encontrarse en proporción inversa al grado de educación que el medio ha dispensado al delincuente. Nótase, facilmente, que iguala la responsabilidad parcial y la atenuada. Están tan poco diferenciadas que se concibe su confusión.

Cuando declara un perito es parcialmente responsable un reo afirma, o que este individuo es parcialmente anormal, teniendo el cerebro dañado en parte, o que este individuo por condiciones de temperamento, educación o salud, sufre una disminución de energía en su actividad cerebral. De hecho, esta segunda alternativa no se presenta en los tribunales, sino excepcionalmente. En las dos alternativas trátase de un funcionamiento anormal del órgano pensante La actividad mental es diferente que en el término medio humano; dec!aración esta que el médico-legista cuidaba hacer al afirmar la responsabilidad parcial de un acusado. Hay afección cerebral, más o menos grave, localizada siempre, funcional ú orgánica. La responsabilidad parcial está cercana a la locura. ¿No dice Ball: Los alienados -y son numerosos- que han conservado una parte considerable de su fortuna intelectual se gobiernan en cierto modo por los mismos sentimientos, por los mismos instintos, los mismos motivos que los restantes hombres y por ello, en ciertos casos, se está en derecho para aplicarIes los principios del código común? La teoría de la responsabilidad parcial, reposa sobre la creencia de que, en las monomanías, la idea delirante, la idea que causa la sugestión, crece en los cerebros como una planta parásita. La inteligencia, en otros órdenes, queda sana.

lmplicitamente, los que sostienen la teoría de la responsabilidad parcial, admiten, en una forma más o menos clara, que el órgano cerebral del individuo está dividido en dos esferas, sana la una y enferma la otra. Admiten que unos actos nacen de la parte sana y otros de la enferma. ¿En qué se basan para hacer semejante división? No lo dicen, pero puede presumirse estudiando sus informes. Cuando los actos son conscientes, largamente deliberados, sucediéndose lógicamente con un fin prefijado por el agente y este fin no desentona en el medio, siendo de esos que la medida humana reserva para una multitud de acciones, los médicos legistas dictaminan que son producidos por la parte sana del cerebro. Cuando Eufrasia Mercier fueron atribuidos sus actos criminales a una psicología normal puesto que tenía espíritu de consecuencia, buen sentido y aptitudes comerciales, y, al contrario sin actos religiosos, de misticismo, a su parte de cerebro enfermo. Ningún hecho clínico, ninguna observación, ninguna experiencia, autoriza ese reparto de actos: los insanos los engendra una porción dañada del encéfalo; los criminales una porción sana.

Parando un poco la atención, ve uno como esa hipótesis sin base alguna, es ilógica. En el caso de Eufrasia Mercier, da ese resultado espantoso: ¡los actos criminales, convertidos en actos de buen sentido! Proviene esta falsa hipótesis de creer hasta los mismos alienistas, que no está absolutamente loco el individuo si tiene concepciones justas al lado de síntomas no equívocos. Olvidan, existen muchos vesánicos que obran con premeditación combinando sus actos con cuidado, moviéndose muchas veces por móviles ordinarios de interés, de envidia, odio o venganza, siendo, con todo arrastrados, a pesar suyo, a la ejecución de actos violentos, aunque inmotivados, en virtud de su estado patológico, debiendo, por lo tanto, ser considerativos como verdaderos irresponsables. -(J. Fabret).

Los médicos legistas están tan empapados de responsabilidad, no creyéndolo ellos, que según el consejo de los comentarios a la ordenanza de 1670, el delincuente loco con intérvalos de razón, procede criminalmente en el tiempo que duró su perturbación mental. El abogado general Servais, en sus comentarios al código penal belga, juzga que los intervalos lúcidos de los dementes no empecen a su responsabilidad.

Resulta completamente infantil, la pretendida división de la mentalidad del individuo en porciones, sin que existan influencias mútuas; sucedería que obrando o influyendo la parte enferma sobre la sana, anormalizaría el modo de funcionar de esta.

Tomar como criterio, en la génesis de las acciones del fin perseguido con el medio y la evolución lógica que conduce a estos actos, es pueril, sabiéndose, somo se sabe y dice Maudsley, que existe un cierto desorden espiritual sin delirio, sin ilusiones, sin alucinaciones. Los síntomas consisten, sobre todo, en la perversión de las facultades afectivas y morales.

Es imposible demostrar no reobra sobre todo el funcionamiento cerebral una idea delirante, anclado en el cerebro, no obra como un factor de todos sus productos. Racionalmente, lo contrario es lo verdadero. Cuando, sobre ciertos puntos, se producen manifestaciones cerebrales anormales, indica la razón que la parte dañada influye sobre el conjunto de las manifestaciones psíquicas, aún apareciendo esas manifestaciones comunes y normales. No hay duda que, cuando está en actividad, en movimiento, el órgano cerebral todas sus partes reobran unas sobre otras. ¿Quién será capaz de probar que tal o cual acto criminal, aún lógicamente deliberado y ejecutado no ha sido producido por una idea delirante, nacida y desenvuelta en otros centros? ¿Quién probará, en un individuo cuyo espíritu aparece entremezclado de locura y buen sentido que no ha influido el estado psicológico de locura en el buen sentido aminorándolo? ¿Quién probaría que en este individuo no ha sido provocada la acción criminal por la locura? El médico legista ¿cómo podría asegurar cuál era la acción producida por la actividad psíquica dañosa? ¿Qué criterio emplearía para la separación de estos actos, para la determinación de su origen sano o enfermo? ¿La parte enferma cede a la sana el poder de inhibirse que el cerebro posee en su salud total? He aquí los problemas, y otros no expuestos, que la teoría de la responsabilidad parcial, plantea. Todos quedan sin respuesta, principalmente, cosa notable, por parte de sus más decididos defensores, satisfechos con afirmar la idea sin darle desarrollo. A lo más, Tarde, sustenta la parcialidad de la responsabilidad, fundamentándola en el principio Natura non fecit saltus. Entre la responsabilidad total y la irresponsabilidad absoluta, se dan, consecuencia de este principio, toda una serie de estados intermedios, decreciendo progresivamente la responsabilidad. Hay, pues, responsabilidades parciales. El silogismo es impecable ... a condición de que la naturaleza sea autora de la responsabilidad. Esto no es posible, porque la responsabilidad no tiene existencia propia. Es un concepto humano, una cualidad dada por los hombres a todos sus congéneres viviendo en colectividad. Un sér, un hombre, absolutamente solitario en un desierto, no es responsable, a menos de creer que lo es en relación a ese producto imaginativo llamado Dios. La responsabilidad, entendida en el sentido clásico o en el dado por Tarde, que examinaremos en el capítulo próximo, es relación de individuo a individuo; relación puramente social, sin realidad viviente, propia, existiendo, tan solo, en el cerebro de los que la imaginaron. No empleamos a propósito de todo y fuera de todo propósito, el principio Natura non fecit saltus.

En el caso de la responsabilidad no tiene aplicación. En la pseudo demostración de Tarde, surge una nueva prueba de la frecuente confusión entre la responsabilidad y los estados de conciencia. Cierto que entre el pleno estado de conciencia y el estado de inconsciencia absoluto, hay toda una serie progresivamente descendente. La responsabilidad no es un estado de conciencia. El estado de conciencia existe, siendo expresión de un modo de darse el invividuo, fuera de toda relación con otros individuos, siendo una cualidad substancial de todos los seres de una misma especie. No la produce la imaginación como a la responsabilidad; expresa la comprobación constante de un fenómeno vivo. Con razón, pues, puede aplicarse a los estados de conciencia la máxima Natura non fecit saltus, irracionalmente aplicada a la responsabilidad. Concíbese que, después de ésta, el hombre no puede imaginar estados de responsabilidad e irresponsabilidad absolutas, sin encadenamientos intermedios.

Con Saury, Fabret, Corre, Cabadé, Magnan, etcétera, no pensamos que puedan admitirse partículas de locura. El individuo o es loco o no lo es, y si lo es, lo declaramos irresponsable. ¿Se puede admitir la responsabilidad, sin la certidumbre de que el delito fue ejecutado con la plena integridad de las funciones cerebrales? No, evidentemente que no. Luego para que esa integridad exista, se precisa, como dice Corre, que el substratum anatómimico no haya sufrido ninguna alteración con prioridad al acto. Y para la certeza de esto, es necesario ... la disección. Recordemos también que muchos efectos son producidos por lesiones ínfimas.

Si hay un caso en que la responsabilidad parcial, con la idea de la separación cerebral, en secciones malas y buenas, puede ser aplicada con apariencias de razón, es en los individuos dotados de varias personalidades, como la célebre Felida del doctor Azam. En el segundo estado, un individuo comete un delito, con perfecta conciencia y lenta elaboración, y, sin embargo, ese mismo individuo pasa a un nuevo estado, el primero, en que la anemia del estado precedente es completa y en el que la conciencia, elaboración, deliberación y apreciación de las cosas, existen sin aparentes alteraciones. Para cierta escuela de médicos, este individuo es responsable de cada estado, pero con responsabilidad parcial, porque esta sucesión de estados mentales, formados en ignorancia mutua, indica una perturbación de las funciones psicológicas. Si se acepta la tesis, sostenida por Ball a favor de Eufrasio Mercier, la responsabilidad parcial existe, bastando un poco de reflexión para demostrarla. Llégase, entonces, a este original corolario: un individuo, en el estado primero, sufre castigos por actos realizados en el estado segundo, durante el cual vivió en plena inconsciencia. Nuestros médicos legistas no han conseguido aún hacer separación en el organismo humano, en forma que la justicia pueda castigar al individuo en el segundo estado, haciendo omisión del primero. Y también dudamos puedan juristas eminentes, distinguidos teólogos y sabios peritos, truncar en dos con la espada de la ley al delincuente: inocente en el primer estado; cúlpable en el segundo.

Estos mismos médicos legistas admiten, para los hipnóticos, la responsabilidad parcial. Todo acto sugerido, pretenden ellos, supone en el agente una cierta tendencia habitual en el espíritu, en relación con el acto criminoso.

La escuela de Maney opónese absolutamente a esta opinión, debiendo confesar que está en lo cierto. La afirmación de esos, más que científicos, juristas, no se basa en ninguna prueba esperimental o de observación, y tocante a los sonámbulos naturales, sostienen la misma tesis, sin comprender no puede ser responsable una persona por las consecuencias que se deriven de un estado inconsciente. Bajo el pretexto, repetiremos con Corre, de que se sueñan las cosas objeto de nuestras preocupaciones cuotidianas o aquellas que nos impresionaron; de que la dirección de espíritu, habitual en los sonámbulos, da a sus accesos una característica suficientemente precisa, puédense declarar imputables los actos cometidos durante el estado sonámbulo o hipnótico no provocados. La ciencia productora de tales conclusiones será, en los futuros siglos, tan admirable, como lo es a nosotros la de los caldeos o los magos, preveyendo el porvenir por los sueños.

La doctrina de la responsabilidad parcial obtiene este asombroso resultado: el juez sustituye al científico. El tribunal fija, por la pena impuesta, el grado de responsabilidad. Confesemos es esto grotesco; digna coronación de esa solución híbrida denominada responsabilidad parcial. Como acertadamente dijo el doctor Cabadé, no resulta ni científica ni verdadera. A poco que se reflexione la tendremos por absolutamente inconcebible por ser irracional. Nos espanta ver a médicos, y no de los vulgares, medir, sin tener metro, la longitud de la responsabilidad de los delincuentes. Lógicamente esos peritos deberían obrar como Griesinger de Berlín, rehusando contestar toda pregunta ligada con el grado de libertad o responsabilidad moral de los acusados, atacados de una forma cualquiera de locura. Griesinger respondía tan solo a esta interrogación: ¿El acusado está o no atacado de enajenación mental?

En vez de parar en la responsabilidad parcial sería mucho más lógico siguiese el médico legista los consejos de algunos, declarando la anormalidad del cerebro del acusado, es decir, una dolencia cerebral. Entonces la deducción necesaria sería que la actividad mental y sus manifestaciones son anormales, enfermas y consecuentemente el acusado no puede ser responsable. Esta consecuencia fatalísima estaría en contradicción con el principio de la represión y del ejemplo, tan caro para todos los juristas. Pero contra toda verdad científica, contra toda razón, prefiere el médico legista sustentar la teoría de la responsabilidad parcial, cayendo en ilogismo, pero complaciendo a los magistrados, gozosos de ver que los acusados, sus presas, no se les escapan del todo.


VIII

El análisis minucioso de los argumentos aducidos en pro de la responsabilidad parcial, muestra que ha cesado ésta realmente de reposar sobre el libre albedrío. Su fundamento es la solidaridad y la conciencia que el agente tiene de sus actos. Por los esfuerzos de los alienistas, deterministas aunque ellos así no lo crean, la responsabilidad ha cambiado de base, prácticamente, aunque no en serio. Este desacuerdo entre la realidad, los principios clásicos del libre arbitrio, perturba la expresión de la responsabilidad. Sufre tal vaguedad, tal imprevisión que hace ignore el concepto humano que la sostiene. Muchos alienistas y criminólogos usan todavía del término libre arbitrio al hablar de la responsabilidad; no obstante, el sentido ha cambiado. Libre arbitrio ha venido a ser sinónimo de estado de conciencia, de conjunto del yo. Así escribe el Dr. Corre: el hombre tiene exactamente bastante libre arbitrio, suficiente espontaneidad propia, para seguir la ruta que le permite mejor conservarse y conservar a los suyos. Esto es puro determinismo, aunque impregnada la terminología de la teoría de la libertad moral.

El determinismo, lo hemos visto, está científicamente probado. Sólo los espíritus arcaicos, saturados de viejas metafísicas, defienden esa idea inconcebible que llaman libertad volitiva, puro ilusionismo, pero causa de infinitos errores. La libertad del hombre actual no es, en realidad -dice Clemencia Royer- más que una diferencia en la resultante de sus pasiones, una ilusión nacida, principalmente, de lo que al conjunto de instintos, pasiones y sentimientos recibidos como herencia de sus ancestrales, y poseídos en común con los demás animales, ha añadido durante miriadas de generaciones: masa de otros sentimientos morales, de instintos estéticos, de pasiones intelectuales, que, habiendo venido a equilibrar sus instintos brutales, le fuerzan a oscilar, indeciso, pesando el pro y el contra en las horas de acción, acabando por rendirse a la impulsión más fuerte. El hombre está determinado. Las voliciones son resultados de los ambientes en que se mueven. Históricamente, teóricamente, la responsabilidad se basa en la libertad volitiva. Lo hemos visto; cuando ésta última no existe, la responsabilidad se evapora. Científicamente, el hombre es el producto inevitable de los medios en que vive; de agua en los que sus aucestrales vivieron. Lógicamente no puede responder de sus acciones, porque él no puede dejar de ejecutarlas, dadas las condiciones. Permanece esto en nuestros códigos y costumbres por un amontonamiento de ficciones. Por misoneísmo, por miedo a la modificación de nuestro sistema judicial, mantienen los científicos muy vagamente el principio del libre arbitrio, defendiendo con más o menOs precisión, la idea de la responsabilidad e imaginando ese absurdo que llaman responsabilidad parcial.

El hundimiento de la responsabilidad, secuela lógica de la no libertad moral, entraña, necesariamente, la muerte de la idea de los castigos y penas, siguiéndose una indesviable transformación en la moral. Una verdadera revolución en las concepciones humhnas se impone como resultado del reconocimiento de esta verdad científica: el determinismo. Por odio a lo nuevo, por tradición, por incapacidad mental, algunos perseveran en galvanizar ese cada ver del libre arbitrio, sin más finalidad que la conservación del principio intangible de la pena y de la represión brutal. Lo hemos visto, durante estas lecciones. Entre tanto, otros, menos imbuídos de clasicismo, más apartados del medio profesional y social, intentan llegar al mismo resultado -conservación de las penas y responsabilidades- siguiendo otra senda aunque en menos oposición con la ciencia.

Abandonando el libre arbitrio, como una inutilidad, demostrado por la ciencia en mera fantasía; buscan para la responsabilidad un nuevo sostén. Fue el eterno intento de coaligar a la tradición con la ciencia; esta vez el ensayo resultó original.

En la evolución del tiempo, la idea de la responsabilidad se ha ido formando lentamente, desprendiéndose de conceptos que, sucesivamente, se amontonaban por capas, formando verdaderos sedimentos que los siglos afianzaban. Así, por una milenaria superposición lenta y continua, crece la idea de la responsabilidad que, hasta mediados de este siglo, no se erigió pujante y con fuerza viniendo a constituir la espina dorsal de nuestra moral y siendo el sostén firme de nuestro organismo penal. Pero si los siglos por un lento proceso de agregación, formaron los conceptos generadores de la idea de responsabilidad por proceso contrario, eliminado sucesivamente las causas de estos conceptos; más tarde, los conceptos mismos. En la sucesión secular, los sedimentos caían en capas sucesivas. Pero la idea de responsabilidad, última creada, permanecía viva aunque desmayada, como los conceptos que la engendraron y las causas productoras de estos conceptos. Por todo esto parecía vacilante, sin basamento, sin raíces. Iba a desaparecer, como lo habían hecho las causas de las cuales era un producto. Más, alguien intentó sostenerla, alzarla en pie, pujante y grande, dándole la base de que estaba falta. Y es que la idea de responsabilidad, aparece tan necesaria a algunos espíritus no mezquinos, como Tarde, que, según éste, ilumina a los humanos. Guía, esclarece a todo hombre que llega al mundo social; no es una superstición retrogradando ante el progreso civilizador, sino una noción precisa, fortalecida, creciendo con el avance de la civilización.

Índice de Determinismo y responsabilidad de Agustín HamonQuinta lecciónSéptima lecciónBiblioteca Virtual Antorcha