Índice de Conflicto laboral de los mineros de Real del Monte - 1766 Selección de documentosCAPÍTULO QUINTOCAPÍTULO SÉPTIMOBiblioteca Virtual Antorcha

CONFLICTO LABORAL DE LOS MINEROS DE REAL DEL MONTE
1766

CAPÍTULO SEXTO

Comisión al señor Gamboa para pacificar el alboroto del Real del Monte.

(Correspondencia de Gamboa con el Virrey).

CARTA

México, 16 de agosto de 1766.

Vista la carta que antecede y el informe verbal hecho sobre el asunto de ella, por Don Gregorio Tornos, oficial mayor de las cajas de Pachuca, a presencia de Su Excelencia y de los señores ministros de esta Real Audiencia, así los de lo Civil como los que componen la Real Sala del Crimen, previo igualmente pedimento del señor fiscal, se acordó que Su Excelencia nombre desde luego al señor ministro que fuese más de su agrado, para que salga inmediatamente a apaciguar el tumulto de Pachuca y demás averiguaciones que sobre sus resultas deban ejecutarse, llevando a su orden la compañía con granaderos, sus oficiales y 25 dragones montados, del de España.



CARTA

México, agosto 16 de 1766.

En consecuencia de la disposición que antecede, y conforme en un todo a los puntos de ella, nombro al señor Alcalde de Corte, Don Francisco Xavier de Gamboa, para que pase a ejercer este encargo y comisión, con las omnímodas facultades que para el desempeño de ella se requieren y pueden ser precisas, útiles y convenientes en un caso tan recomendable, no solo para el común sociego y tranquilidad de aquella República y sus reales de minas, sino es para las averiguaciones, aprehensión de forajidos, delincuentes, y cualquiera castigo en un caso estrecho y urgente, como pudiera corresponder a mis altas superiores facultades, que subdelego efectivamente en este señor ministro, bien persuadido de que su prudencia usará de ellas con aquel temperamento y método que considere más propio de los sucesos anteriores, y de los que se presenten a su vista, dándome cuenta de cuanto practicase para aplicar siempre que se necesite más altas providencias.

En vista de la carta de vuestra merced y del informe verbal que ha hecho el oficial mayor de esas cajas, don Gregorio Tornos, de 15 del corriente, he nombrado con todas las facultades que se requieren, al Señor Alcalde de Corte, Don Francisco Xavier de Gamboa, para que pase al sociego y averiguaciones de esa conmoción, en cuyo concepto deberán vuestras mercedes, los oficiales reales y el alcalde mayor o su teniente (con quien también se entienda esta orden) estar en todo a la del mismo Señor Ministro y procurar de asistir a la tropa que lleva a su mando, con todo aquello que pueda necesitar, para la precisa subsistencia en sus operaciones y encargos.

Dios guarde a vuestra señoría, 16 de agosto de 1766.



CARTA

Señores oficiales reales y alcalde mayor o su teniente en Pachuca.
Señor Gamboa, 17 de agosto.

Excelentísimo Señor.

Ahora que son las siete de la noche, acabo de llegar a este Real, y habiendo recibido, cuatro leguas antes, noticia de oficiales reales, de hallarse en los montes 4,000 hombres y armadas las cuadrillas, según les han dicho los padres misioneros, escribí en el campo al capitán de granaderos, Don Clemente de Lara, al Pueblo de San Matheo, para que me enviara esta noche los 30 caballos, y que si no podía llegar la infantería a la madrugada, viniesen a la gurupa 30 hombre de ella, pero sentí haber dado esta providencia, porque hallé en este Real más de 300 auxiliares, de las jurisdicciones comarcanas, que despediré en todo o en parte, luego que llegue la tropa arreglada y me informe el dia de mañana del estado verdadero de el Real del Monte, pues debe venir a mi presencia Don Bernardino Díaz, nuevo administrador que ha nombrado Don Pedro Terreros, que esta mañana aseguró a los oficiales reales, haberse avenido con los operarios sobre partidos, estar corrientes los desagües y redondos los puebles, lo varía substancialmente de las otras noticias que refieren, de haber habido ayer 16 por la tarde, otro nuevo motín y muerte de un barretero, y tener tomados los caminos, y que si sube gente de Pachuca arruinará al Real de el Monte, y a nada difiero hasta informarme radicalmente.

Estos oficiales reales dudan si la gente colecticia que pidieron a los lugares comarcanos, para seguridad de el Real y tesorero de este lugar, se debe socorrer por la real hacienda o por Terreros, y habiendo por su parte prevenido se hiciese de la tienda de Don Marcelo González, que era administrador de Terreros, han solicitado mi resolución por no haber ya dinero en ella.

Yo siempre sujeto a lo que vuestra excelencia resuelva, les he mandado socorran a los auxiliares con el mismo pre de tropa arreglada, mientras estén en acción, tan importante a la quietud pública de estos minerales, sin atreverme a condenar a Terreros mientras no se le verificase culpa en el motín, y prescindiendo de esta circuntancia, creeré proceda generosamente, como me informan oficiales reales haberlo hecho en Octupa en otra ocasión igual, pero como fue acto voluntario, y Terreros se halla distante al tiempo que los auxiliares y sus caballerías deben mantenerse, no hay otro caudal con que alimentarlos, sino es de la real hacienda, y para ahorrar este gasto no hay por ahora arbitrio hasta que vuestra excelencia lo declare.

En el primer movimiento dieron los amotinados muerte al alcalde mayor a pedradas, ocultandose logró escaparse y me dicen se halla en su hacienda de San Miguel, aunque es vaga esta noticia de su residencia, tanto como cierta la de que vive.

Sin perder de vista la averiguación de los cabecillas, para su ejemplar castigo, procuraré la quietud, publicando mañana bando para que todos los operarios se reduzcan al desagüe y labor de la mina, de orden superior de Vuestra Excelencia, y que den muestras de sumisión y de arrepentimiento en arreglarse a lo que justamente <:onsertaron con el nuevo administrador, sin dar señas de el menor exceso, cuando se les guardará justicia, en todo lo que según ella exigiesen sus pretensiones.

Que es cuanto en el momento de mi arribo puedo informar a vuestra excelencia, cuyas superiores órdenes solicito siempre para mi asierto.

Nuestro Señor guarde la vida de Vuestra Excelencia muchos años.

Pachuca y agosto 17 de 1766.
Excelentísimo Señor Don Francisco Xavier Gamboa. Rúbrica.



CARTA

Excelentísimo Señor Marqués de Cruillas.

Por la carta de vuestra señoría, de 17 del corriente, quedo en inteligencia de las primeras varias noticias que había encontrado en Pachuca y la disposición en que decían hallarse los operarios de las minas, para cuya certidumbre esperaba Vuestra Señoría viniese Don Bernardino Diaz, nuevo administrador de las minas de Don Pedro de Terreros.

Y aprobando a Vuestra Señoría la resolución, para que en calidad de por ahora sean socorridas con el prest de tropa arreglada, y por la Real Hacienda las gentes auxiliares de los lugares comarcanos, espero suscriba noticias que acrediten con más certidumbre la situación de los operarios de minas, sus personas y disposición en que se hallan, como el que las acertadas providencias de Vuestra Señoría procuren la quietud que se desea, y me prometo de su celo al mejor servicio.

Dios guarde a vuestra señoría.
18 de agosto de 1766.
Señor don Francisco Xavier de Gamboa. Rúbrica.



CARTA

Señor Gamboa, 18 de agosto.

Excelentísimo Señor.

He tenido hoy carta de Don Pedro Romero de Terreros, desde su hacienda de San Miguel, y en consorcio de su nuevo administrador Don Bernardino Díaz, sujeto estimado de los operarios, pasó el escribano de este Real y público el bando (de que acompaño copia) en el Real de el Monte, y habiendo vuelto esta tarde asegura y certifica bajaron a oirle más de dos mil operarios que estaban en los cerros, y después de leerlo otros muchos de los que se habian quedado, reduciéndose todos al Real y a poblar las minas, desagües y obras, por lo que deben esperarse las consecuencias de la pronta quietud, con los recelos de poco estable, según los antecedentes y el temor que deben concebir los cabecillas por sus delitos, para cuya averiguación y aprehensión se necesita de gran prudencia, sagacidad y artificio, para que no se vuelvan a concitar por su causa los otros que inconsideradamente les han seguido, de que resultaría mayor quebranto en las minas y desagües.

Por falta de caballerías y por la fatiga de la tropa no pudieron llegar anoche los dragones, que entraron hoy al medio día con la infantería, y están todos bien alojados y asistidos, los auxiliares han patrullado y cumplido con su obligación exactamente, pareciéndome no despedirlos hasta tener mayores pruebas de la quietud por mis propios ojos, pasando con la tropa al Real de el Monte para reconocer su estado, lo que podré ejecutar el sábado, mientras descansan dos días la infantería y dragones, y se previene allá el alojamiento.

De las vertientes de los cerros para este lugar, se han dejado ver el día de hoy, por la mañana, distintos forragidos, en observación de lo que pasa, y son operarios de este Real de Pachuca y de el de el Monte, según su pinta, y acaso también de los presos que había en las cárceles de ambos reales, que fueron como cincuenta, pero no dudaré se reduzcan a sus habitaciones en el término del bando, como lo han hecho los otros en el Monte.

Hay que formar la causa sobre la muerte de el Alcalde Mayor, Don Miguel Ramón de Coca, cuya viuda y larga familia, en país tan distante, causan gran lástima.

La del motín y averiguación de cabecillas y sujetos que los han inducido.

Y principalmente el punto de el partido de metales entre dueños y operarios, que es el origen del daño, y para concordarlos con firmeza, haré todo lo posible en el Monte, averiguando la costumbre, hasta convenirlos en lo que inviolablemente debía observar en lo sucesivo; y aunque todo esto demanda algún tiempo, procuraré abreviarlo en el más estrecho, una vez lograda la reducción y quietud de los operarios, y el curso de la labor de las minas y desagües, por ser la suspención de éstas últimas, el mayor mal que pudiera haberse ocasionado.

Sabe vuestra excelencia que este Alcalde Mayor es de ningún provecho, y porque necesitándose en el día persona de inteligencia en minas y que conserve la paz, que dejaré asentada, y refrene el orgullo de gente tan perversa, como es la de minería.

La superioridad de Vuestra Excelencia de el Excelentísimo Señor Marqués de Croix, su sucesor, se servirán tomar la providencia de enviar sujeto a propósito, en la urgencia de las presentes circunstancias.

En este Real hay un teniente, que es también alguacil mayor, y en el de el Monte otro, bien enfermo, y que por falta de gente se retiró al tiempo de el motín, sin que haya quien administre justicia, sobre que daré providencia el día que pase a aquel Real.

Nuestro Señor guarde a vuestra excelencia muchos años.

Pachuca y agosto 18 de 1766.
Excelentísimo Señor. Don Francisco Xavier de Gamboa. Rúbrica.
Excelentísimo Señor, Marqués de Cruillas.



CARTA

Don Francisco Xavier de Gamboa, de el Consejo de su Majestad, su Alcalde de Corte de la Real Audiencia de esta Noble Ciudad.

Por cuanto el Excelentísimo Señor Marqués de Cruillas, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Noble Ciudad, con acuerdo de la Real Audiencia de ella, fue servido, por su superior dééreto de 16 de el corriente, de subdelegarme su omnímoda facultad y otras autoridades, para el común sociego y tranquilidad de estas jurisdicciones de Pachuca y Real de el Monte, todas sus comarcanas y minerales, con noticias que Su Excelencia tuvo de la conspiración o motín, en que inconsideradamente incurrieron los operarios de la minería de el Real de el Monte, dando muerte al Alcalde Mayor de esta jurisdicción, quebrantando las cárceles de ambos reales, arrochelándose en los cerros, y perpetrando otros distintos excesos contra la quietud pública y el importante curso de la labor y desagüe de minerales tan preciosos y tan dignos de consideración, a cuyos fines, a más de las armas auxiliares de las jurisdicciones comarcanas que se hallan e irán viniendo, puso a mi orden la infantería de granaderos y dragones de tropa reglada, con reserva de tomar más altas providencias, cuando el caso lo demande, siendo el principal objeto el de la paz y tranquilidad pública y la corriente labor de las minas, sus obras y desagües, que no podrán lograrse perseverando los operarios o amedrentados forragidos, cuando deben saber públicamente, se les guardará justicia, sin respeto ni aceptación, en todas sus pretensiones que sean arregladas y conformes al dictamen de la razón y equidad, sin que nadie pueda ser osado ni atrevido a tomar por su mano la satisfacción tumultuariamente, ni en otra forma de las que han practicado, sin incurrir en el detestable crimen de rebelde y enemigo de la patria, y que el modo de dar satisfacción y hacer menos reprensibles los excesos, es y debe ser, el de separarse de los cerros, reduciéndose a las minas, guardando armonía con sus dueños, administradores y mandones, sin excederse de los conciertos que han hecho y consentido; ordeno y mando de parte de Su Majestad, en su real nombre, a todos los citados operarios de estas jurisdicciones y las comarcanas, y señalada y particularmente a los de el Real de el Monte, se reduzcan a sus habitaciones, oficios, minas, labores, desagües y obras en que se está entendiendo, dejando toda especie de armas ofensivas y defensivas y libres las entradas y salidas, los caminos y veredas, y la comunicación de ambos reales, dando prueba en ello de su sumisión, quietud y arrepentimiento, para poder merecer la real benignidad, de que serán indignos perseverando inquietos o turbando de cualquier modo la pública paz, y que si dentro de veinticuatro horas no se redujeren a sus casas, minas y haciendas, con subordinación y quietud, los haré tratar como rebeldes y enemigos de la República y traidores a Su Majestad, en cuyo real nombre les aseguro no hará movimiento la tropa reglada ni los vecinos auxiliares, si los dichos operarios no lo hicieren por sí, sino que dieren muestras de su fidelidad y observancia de la rendida obediencia a las reales órdenes, y que si subiera a el Real de el Monte con gente armada, solo será para no exponer mi autoridad, y para ser ocular testigo de su reducción y quietud, que me prometo y aseguro, para poderle informar al Excelentísimo Señor Virrey de estos reinos, sin causarles la menor molestia, si no me dieran motivo, y que les oiré y atenderé conforme a las leyes, ordenanzas y equidad, en todo lo que me representaren verbalmente o por escrito, con aquel buen término con que deben acudir los súbditos a sus superiores, y prevengo asímismo que los dueños, administradores, veladores y mandones de las minas, procuren de todos modos el corriente de ellas, su labor, obras y desagües, como tan importante es al servicio de Su Majestad y a la causa pública, traten con igualdad a los operarios, sin preferencia o gratificaciones, a unos respecto a los otros, procurando en todo, la paz, buena correspondencia y armonía.

Y para que llegue a noticia de todos, se publique este bando en los reales de minas de Pachuca, Real de el Monte y en los pueblos de Octupa y Pachuquilla, en los parajes acostumbrados, y se fije a las puertas de las casas reales y de la justicia, y ruego y encargo a los curas y vicarios, principalmente a el de el Real de el Monte, lo hagan entender a todos, así dueños y administradores como operarios y sirvientes, excitándolos a la paz y unión recíproca, como tan propio de su ministerio.

Fecho en Pachuca, a 18 de agosto de 1766. Una rúbrica.


En las inmediaciones de este pueblo he recibido la carta de vuestra señoría, de 18, y según su providencias me persuado alcanzará su prudencia (tan precisa en estos casos) los medios que necesita el presente, cuidando de avisar cualquiera resulta, especialmente si las tuviere el bando mandado publicar en esa jurisdicción y sus inmediatas.

En semejante estado es muy crítica la elección de Alcalde Mayor, y necesitamos meditarla, vuestra señoría no pierda de vista las especies distantes, que tal vez conduzcan al intento, persuadido de que con su acostumbrada suavidad y método, se han de lograr los recomendables fines de este encargo.

Dios guarde a Vuestra Señoría muchos años.

San Xptoval, 19 de agosto de 1766.
Señor Gamboa.



CARTA

Oficiales reales de Pachuca, 18 de agosto.

Excelentísimo Señor.

Al arribo del señor Don Francisco Xavier de Gamboa, del Consejo de Su Majestad y su Alcalde de Corte, a esta ciudad, se halló con trescientos treinta y un hombres efectivos, que remitieron con sus caballos y armas, las justicias de la comarca para la seguridad del real tesoro de esta caja, en virtud de los requisitorios que despachamos el viernes por la noche, para contener todo insulto que intentaren los amotinados de las minas, de que dimos cuenta a la superioridad de vuestra excelencia.

Y habiendo dicho señor mostrándonos las amplias facultades con que la soberanía de Vuestra Excelencia le delega, para la pacificación de este Real y el del Monte, y en todo lo demás que tenga por conveniente, como consta de el Real Acuerdo celebrado por la urgencia de tan inesperado suceso, nos mandó en orden de ayer, acudiésemos a cada soldado auxiliar, con dos reales, interín Vuestra Excelencia determinaba el sueldo que deben gozar, respecto a la grave urgencia de socorrer esta tropa, y que era preciso se mantuviese de la real hacienda por todos títulos, hasta que la superioridad de Vuestra Excelencia declare sobre lo que en este particular había expuesto a Vuestra Excelencia.

Y habiendo hecho presente a Su Señoría lo imposible de facilitar del caudal de real hacienda, ningunas cantidades, como contrario a las leyes, nos replicó que el que por nuestra parte se subministrase a la tropa, cuya manutención es indispensable, y más en tan delicado y urgente sistema se acudiese a los reales, como lo había mandado, a cada soldado auxiliar, pues estas cantidades las habían de soportar precisamente, o el rey, como causa pública y en defensa de sus reales cajas, o Don Pedro de Terreros, de modo que por todos títulos estaba segura la real hacienda, en cuya consecuencia estamos suministrando los dos reales a cada hombre, interín Vuestra Excelencia nos preceptúa de que debamos ejecutar en este particular.

Mañana remitiremos a vuestra excelencia la lista de revista por compañías.

Nuestro señor guarde a Vuestra Excelencia muchos años que deseamos.

Pachuca, 18 de agosto de 1766.
Excelentísimo señor.
Joseph Tineo. Rúbrica.
Joseph Rodríguez Palacios. Rúbrica.



CARTA

Excelentísimo Señor Marqués de Cruillas.

Prevengo a vuestras mercedes, en vista de su carta de 18 del corriente, continuen abonando los dos reales diarios por hombre, a los auxiliares de las compañías de Atotonilco, Zempoala, Tetepango y Tulanzingo, supliendolo por ahora de esas reales cajas con la calidad de reintegro por quien debiese hacerlo, sustanciada que sea la causa porque se han tomado semejantes providencias.

Y para cumplimiento de ésta, a cuyo fin devuelvo las listas con su decreto, se acordarán de mí con el señor comisionado, Don Francisco Gamboa.

Dios guarde, etcétera.

San Cristóbal, 20 de agosto de 1766.
Oficiales reales de Pachuca.



CARTA

Excelentísimo Señor.

De Octupa, que dista seis leguas, avisaron hoy haber señales de motín, unidos a quinientos indios con operarios de estos minerales, al punto hice marchar a más de cien hombres que vinieron de allí para que contuviesen cualquier movimiento, dando mis órdenes a la justicia y que publicase el bando, con cuyas providencias es natural se contengan del mismo modo que en el Real del Monte.

Nuestro Señor guarde a Vuestra Excelencia muchos años.

Pachuca, 19 de agosto de 1766.
Excelentísimo Señor don Francisco Gamboa, rúbrica.
Excelentísimo Señor Marqués de Cruillas.



CARTA

Por la carta de vuestra señoría de ayer, quedo en la inteligencia de los principios de movimiento que se habian observado en Octupa, debiendo prometerme de las disposiciones de Vuestra Señoría y su buen temperamento, estará a la vista de cuanto ocurriese para avisarme de las resultas, en el concepto de ser la paz el único móvil que a todos justamente nos interesa.

Dios guarde a vuestra señoría muchos años.

San Xptoval, 20 de agosto de 1766.
Sr. Gamboa.



CARTA

19 de agosto.

Excelentísimo Señor.

Con noticia que dieron oficiales reales de estas cajas de haberse sublevado y amotinado los operarios de la mina de la Veta Vizcaína en el Real de el Monte, dado muerte al Alcalde Mayor, Don Miguel Ramón de Coca, quebrantado las cárceles de Pachuca y Monte, perpetrando otros distintos excesos, cuyo origen parece provenir de las querellas contra el dueño de la Veta, Don Pedro Romero de Terreros, del Orden de Calatrava, sobre partidos (que es una división de metal entre amos y operarios), precediendo acuerdo de la Real Audiencia para que se nombrase ministro que pasara a reducir a quietud estos minerales, se sirvió el Excelentísimo Señor Virrey, Marqués de Cruillas, destinarme a este efecto, al que pasé con la mayor aceleración, y atendiendo a los públicos fines de la paz, labor y desagüe de tan importante rico mineral, en beneficio de Su Majestad, que Dios guarde, y de la causa pública, he logrado se reduzcan a la labor de las minas y desagüe, como cuatro mil que estaban arrachelados en lo escabroso de los cerros y altitud impenetrable y monstruosa, habiéndoles asegurado, por bando que hice publicar, serían tratados como rebeldes de no practicarlo dentro de veinticuatro horas, con la tropa reglada que vino a mi orden desde México y gentes auxiliares que accedieron de los inmediatos lugares, sin perder de vista el averiguar el origen de el motín, los cabecillas o instigadores. para su ejemplar castigo, bien que su pretensión necesitará de algún espacio y cautela, como pecado de multitud, difícil siempre de averiguarse, y más en gente tan depravada, aunque necesaria, pues sin ella no habría minas.

El quince de este mes, por la tarde, fue el motín; el dieciseis el acuerdo y nombramiento; el diecisiete mi salida de México y arribo a este lugar, que dista dieciocho leguas, donde hallé como trescientos auxiliares de los pueblos circunvecinos; el dieciocho entraron sesenta hombres de las compañías de granaderos de el regimiento de América, veinticinco fusileros y treinta dragones.

Se publicó el bando en el Monte, quedando reducidos los operarios, pobladas las minas y desagüe.

Y hoy, diecinueve hice regresar a Octupa más de cien hombres que habían venido, por avisar de allí que, unidos los indios a algunos operarios de el Monte, manifestában señales de tumulto; espero cese con la publicación de el bando y presencia de los vecinos.

Y aunque he dado cuenta de todo el superior gobierno, me ha parecido propio de mi atención y respeto, adelantar a Vuestra Excelencia esta suscinta noticia, en materia que le causará cuidado al mismo ingreso de el mando, desde donde espero las órdenes superiores de Vuestra Excelencia para arreglar mi dirección y conducta.

Nuestro Señor guarde a vuestra excelencia muchos años.

Pachuca y agosto 19 de 1766.
Excelentísimo Señor. Don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

Excelentísimo señor Marqués de Croix.

Excelentísimo Señor.

Habiendo reconocido en carta de Vuestra Excelencia de 19, el cuidado de saber las resultas de el bando, debe quedar libre de él por ser todas favorables, pues desde el medio día de el 18, en que se publicó en el Real de el Monte, bajaron de los cerros los foragidos, poblaron las minas y desagüe, y siguen continuándolo, con toda tranquilidad, por las repetidas noticias que facilita la cercanía y certificaciones de el escribano público que ayer y hoy pasó de mi orden a éste y otros fines de mi encargo.

Los mismos favorables efectos 'me prometo de Octupa, donde hoy se publicaba en el tianguis o feria, pues aunque ayer participé a Vuestra Excelencia haber señales de movimiento, me avisó anoche la justicia no reconocerse ya algunas, y quedar con la gente de el país que hice regresar desde aquí con la mayor diligencia para contener cualquiera acción.

Descuide Vuestra Excelencia en que mi principal norte sea el de la prudencia, moderación y suavidad, pues de otra suerte no habrá ni paz ni minas, y asentada aquélla, y éstas corrientes, todo lo demás sufre espera.

Ayer murió el minero Barbosa, herido el día del tumulto, y los que estaban al lado de el Alcalde Mayor, no saben cómo ni quién le dió la muerte; propio efecto de los pecados de multitud.

De todas partes espero las órdenes de Vuestra Excelencia y merecer sus advertencias, en materia que tanto interesa al soberano y al público.

Vuestro Señor guarde a Vuestra Excelencia muchos años, como deseo.

Pachuca y agosto 20 de 1766.
Excelentísimo Señor, Don Francisco Xavier Gamboa, rúbrica.



CARTA

Excelentísimo Señor Marqués de Cruillas.

Por carta de Vuestra Señoría, de ayer, quedo instruido de los efectos que va consiguiendo vuestra señoría, cuya prudencia ha de ser el iris de todas estas turbaciones, y en esta positiva esperanza descuido gustoso en el celo de Vuestra Señoría, deseando que Nuestro Señor guarde su vida muchos años.

San Xptoval, 21 de agosto de 1766 años.
Gamboa.



CARTA

Excelentísimo Señor.

Con la tropa reglada y algunas milicias, dejando aquí las que he acordado con oficiales reales, paso mañana a el Real de el Monte (en que continúan la quietud, puebles y desagües), a examinar como Vuestra Señoría mandó en decreto de 5, las quejas de los operarios, para quitar de raíz el motivo de la discordia; me hallaré sin Don Pedro Terreros, que me escribió ayer retirarse de Tulancingo, que dista siete leguas, no haber venido a Pachuca por no estar más cerca de sus enemigos, y que según fueren las resultas de la borrasca, deliberará continuar o abandonar las minas, porque si no se hace un ejemplar castigo, ni él ni otro querrán exponerse a los peligros que preparan los insolentados.

Le contesté, que siendo el principal interesado, difícilmente se suplirían sus veces por substituto en la práctica de las diligencias, en que yo continuaría con atención a la quietud, desagües, puebles, y todo lo demás que corre al cargo de la prudencia y justicia para poner en práctica las superiores órdenes con que me hallo.

Naturalmente le ha conturbado el suceso, pero ya hoy no tiene enemigos, sino en cuanto son sus domésticos, por estar reducidos a la quietud y al trabajo, lo que habré de repetirle si no accediere al Real de el Monte, y me parecía conveniente que Vuestra Excelencia, al propio tiempo el Excelentísimo Señor Marqués de Croix, su sucesor, condolidos de el trabajo de tan fiel y tan proficuo vasallo, le consolasen y alimentasen, exitándolo a que se presencie en el Real de el Monte, en que yo le haré respetar por sus sirvientes, pues aunque éstos aclaren por justas y bien fundadas sus quejas, que lo dudo según noticias, cita que Terreros sería el más rígido juez contra sí mismo para enmendar cualquier agravio, como lo tiene asegurado por cartas a los oficiales reales.

El escarmiento no debe perderse de vista, pero no conviene luego.

Debería ser el más efectivo si no tuviese otra consecuencia, pero serían gravísimas contra el Rey, la causa pública, y principalmente contra Terreros, las de comenzarse por el castigo de cabecillas, que aterrando a los demás dejarían desiertas las minas entre los abismos de las aguas, cuya extracción costaría inmenso caudal.

Siendo esta materia tan grave y delicada, de que pende la conservación de estos minerales y muchas leguas de su contorno, ya se vé será una de las primeras noticias que Vuestra Excelencia comunique al Excelentísimo Señor Marqués de Croix, y las órdenes de moderación y prudencia y suavidad que Vuestra Excelencia me ha dirigido, tan conformes a las críticas circunstancias de el asunto.

Nuestro Señor guarde a Vuestra Excelencia muchos años.

Pachuca y agosto 22 de 1766.
Excelentísimo Señor. Don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



Excelentísimo Señor Marqués de Cruillas.

Acabo de recibir la carta de Vuestra Señoría de 22 del corriente, y enterado de cuanto me dice, apruebo las diligencias ejecutadas y oficios hechos con don Pedro Terreros y sus sirvientes de las minas, cuyos particulares explorará vuestra señoría en mi nombre con el primero, llevando siempre el justo designio de tranquilizar en lo posible esos movimientos y dejar arreglada la principal causa de ellos, como siempre me lo he persuadido de la prudencia de Vuestra Señoría, a cuya vida ruego a Dios, etcétera.

Octupa, 23 de agosto de 1766.
Sr. Don Francisco Javier de Gamboa.



CARTA

Excelentísimo Señor.

Tengo adelantada a Vuestra Excelencia la noticia de mi destino, al fin de practicar estos minerales, por la cual y las que el Excelentísimo Señor Marqués de Cruillas habrá hoy participado a Vuestra Excelencia contemplandole cuidadoso, debo asegurar, que habiendo entrado en este Real hoy a las ocho de la mañana, con la tropa reglada y milicias, fuimos recibidos con universales demostraciones de sumisión, con entera quietud y sin el menor susto o desconfianza de los operarios, entretenidos unos en en la corriente labor y desagüe de las minas, y otros en la pública expectación de las calles; al medio día hice publicar bando prohibitivo de armas cortas, embriagueces nocturnas, corrilos y juntas de gentes de el país, teniendo la tropa los más estrechos órdenes para no mezclarse con ellas, a fin de mantener el temor y respeto, tan importantes al feliz éxito de el encargo, en cuanto se haya de practicar sobre el terreno en los varios puntos que deben examinarse y resolverse, bajo de la feliz conducta y superiores órdenes de Vuestra Excelencia, de que en este asunto, como en todos, estará siempre pendiente mi ciega y resignada obediencia.

Nuestro Señor guarde a vuestra excelencia muchos años.

Real de el Monte y agosto 23 de 1766.
Excelentísimo señor, don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

Excelentísimo Señor Marqués de Croix.

Excelentísimo Señor.

Con este correo que va de retorno, participo a Vuestra Excelencia, que en el día ha remitido sus poderes e instrucciones don Pedro Romero de Terreros a su nuevo administrador don Bernardino Díaz, con lo que el día de mañana daré principio al examen de la verdad o incertidumbre de las quejas de los operarios, que siguiendo sin intermisión en la labor y pueble de minas y desagües, están creídos de que se les viene a hacer justicia, y como en nada se les ha molestado en los dos días, piensan que se olvidará su delito y el escarmiento de los que hayan sido cabezas, cuyo más perfecto conocimiento se logrará en las minas, al tiempo de la práctica de las diligencias, que deben ejecutarse en sus mismas oficinas para calificar la justicia o injusticia con que se dividen los partidos.

Nuestro Señor guarde a vuestra excelencia muchos años.

Real de el Monte, 25 de agosto de 1766.
Excelentísimo señor, don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

E. S. Marqués de Croix.

Excelentísimo Señor.

Con la misma tranquilidad de los días antecedentes que tengo participado a Vuestra Excelencia, dí ayer principio a el punto de el principal interés, sobre la igual, justa y equitativa división de los metales de partido entre el dueño y operarios de estas minas, proponiendo a estos distintos medios, para que sin ofensa de el prevalente legítimo derecho de el amo, lograsen utilidad a más de el formal.

Una misma veta produce diversas calidades de metales, y separando ellos abajo la mejor, para su partido, dejan a el amo ló peor para cumplirle la tarea.

Y para enmendar esta desigualdad se ha acostumbrado, en las galeras de arriba, mezclar el metal de tarea y partido, para dividirlo con justa proporción.

Este medio regular y muy racional costumbre, es conveniente seguir, pero enmendado el modo en que me parece les ha resultado agravio, según la confrontación que hice entre mineros y operarios.

El feriarles el metal bueno por malo, sería un perpetuo agravio de el sirviente, si el amo lo practicase de continuo, pero no asistiendo éste ni su administrador todos los días, justamente entretenidos en sus negocios con un día a la semana que el mandón dejase de feriar, perjudicaría a el amo gravemente, por lo que no conviene este medio de las ferias de metales.

Y aunque el otro, de llevar partes proporcionadas amo y sirvientes, esto es que a el modo que aquél recibe tantas partes de común y rico metal, tomen éstos respectivamente las mismas, se debe estimar por fijo como demostrativo y aritmético, no entendiendo estas gentes de proporciones ni de números, y que cada división ofrecería nueva cuenta por ser diversas las tareas y los partidos; sería difícil y prolija su práctica, al paso que expuesta a fraudes de personas miserables, muy al contrario de la mezcla y revoltura, que de más de acostumbrada, es muy fácil, llana y natural.

Habiendo durado esta sesión media mañana en la galera de una de las minas, con intervensión de todos los interesados, escuché a los operarios cuanto quisieron decir, y los despedí hasta el día que asignara, para que en el medio tiempo, discurriesen sobre la conveniencia de la referida mezcla, para que de acuerdo pudiese deliberarse, bien entendidos de que se hallarían siempre presentes a verla practicar como interesados, y no por solo los mandones, como parece se ha ejecutado.

Y por una continuada lluvia no he podido en el día repetir la subida y concurrencia en la mina.

Nuestro Señor guarde a vuestra excelencia muchos años como deseo.

Real de el Monte y agosto 27 de 1766.
Excelentísimo Señor, don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

Excelentísimo Señor Marqués de Croix.

Enterado de cuanto Vuestra Merced me manifiesta en carta de 27 del corriente y de las que en distintas fechas me ha escrito, sobre la comisión en que se halla entendiendo de la resulta de los sucesos acaecidos en ese real, no me queda qué advertir a Vuestra Merced, pues su conocida prudencia, inteligencia y justificación sabrá proporcionar una igual equidad, que asegure la tranquilidad en adelante, pero me parece que siempre será acertado dejar establecido un fácil método de utilidad que se comprenda ventajoso a los dueños y a los operarios, de suerte que éstos se satisfagan con la materialidad a que solo alcanza su limitado discurso, y para logro de éste fin Vuestra Merced, que tiene presente el que se ha seguido anteriormente, concurrirá a dejar cortados los defectos que en él ha observado, mediante a que en esta recíproca buena fe consiste el beneficio de unos y otros, el de la real hacienda, y la seguridad de que se cumple con las benignas intenciones de su Majestad, que tanto recomienda la paz y la justicia.

Nuestro Señor guarde, etcétera.

México, 29 de agosto de 1766.
Señor don Francisco Xavier de Gamboa.



CARTA

Excelentísimo Señor.

Con mi mayor respeto rindo a Vuestra Excelencia gracias, por su superior confianza y honras con que me favorece en carta de 29 de agosto, que me estrechan con mayor vínculo a solicitar el acierto en mi comisión. Y siendo el principal medio para establecer la paz y la justicia el combinar los intereses de los dueños con el justo jornal y utilidad de los laborantes, me he acercado continuamente a las minas a pesar de la inclemencia del terreno y de las continuas lluvias, así para imponerme en el antiguo método que observaban en los partidos, como en el modo y economía, y habiendo, con la material experiencia, reconocido lo que necesitaba de remedio, formé una ordenanza en borrador, que examinada, repurgada y aprobada en varias juntas que he tenido con dueños, administradores y mandones de diversas minas, la dí a entender leyéndola personalmente en las mismas galeras o barracas a los operarios, quienes la recibieron con demostraciones de gratitud, clamando por su práctica y observancia.

Un solo punto, sobre el diario jornal de peones y faeneros, no he podido evacuar, esperando una representación por parte de don Pedro Romero de Terreros, que pretende satisfacerles a tres reales, fundado en que unas veces lo ha hecho así y otras a cuatro, aunque la costumbre general de estos reales de minas ha llevado siempre esto último, por conteste deposición de mineros y demás, de que se ha compuesto la junta, y en dando resolución sobre él, la añadiré a la ordenanza respectiva a peones para fijarlas todas en las minas y que se empiecen a practicar.

No puedo explicar a Vuestra Excelencia los artes y medios con que he procurado congregar a los operarios, no solo a efecto de que continuen los puebles redondos y los desagües, como obedientes lo ejecutan, guardando entero sosiego, sino también para el fin de que presentándose todos en las galeras (donde como en todas partes los he tratado con la mayor afabilidad) poder conocerlos, y entre ellos a los principales autores de la conspiración, de quienes los más, o estan ocultos o ausentes, y los otros han concurrido con confianza, así en mi casa como en las minas.

Como es natural que todos se hallen ocupados de el temor de el castigo, me parece conveniente se ejecute en los autores sin espantar a los otros, como sucedería si no estuviesen seguros de el perdón, pues fácilmente se escogerían a los fragosos e impracticables montes y barrancas de el terreno, por lo que he pensado concluir todo lo que toca a intereses de dueños y sirvientes y buscar coyuntura para en una misma noche aprehender aun dentro de las minas, cuando salgan de ellas uno a uno, y al propio tiempo a los otros en sus casas, disponiendo se haga sin estrépito y sin que lo penetren los demás, y al siguiente día publicar perdón general para éstos con todos los apercivimientos necesarios para lo sucesivo, exceptuando a los cabecillas ausentes u ocultos, porque de otra suerte, con la prisión de los unos, dejarán los demás desiertas las minas, cuyo objeto es de tanta importancia como podrá conocer vuestra excelencia en valerle al rey anualmente la Veta Vizcayna más de cien mil pesos de derecho solo en la caja de Pachuca, a más de los que recibe la Casa de Moneda, y gastar su dueño en el fomento de minas y haciendas cuatrocientos mil que se esparcen todos los años en estos pueblos y veinte leguas a la redonda, para el expendio de sus frutos, en que es interesado Su Majestad tanto como el público beneficio.

Los ministros que servimos al rey, con el deseo del acierto, debemos prevenir las consecuencias y no exponer lo más importante a contingencias, y pesando más la subsistencia de estos minerales en paz y inquietud, que el pronto castigo de algunos cabecillas, que la prudencia y la razón dictaren poderse diferir a mejor tiempo, estoy en ánimo y resolución firme, atendiendo a uno y a otro objeto, el ejecutarlo así, en caso de ser tales las dificultades de la prisión y castigo, que no pueda hacerse sin espanto y horror de las demás y sin el despueble de el lugar, minas y desagües, y en este evento publicará el perdón general, exceptuando el número de los cabecillas, sin decir sus nombres, y haciéndolo en el de Vuestra Excelencia, a quien es reservada esta suprema mayoría, en que tendrá la mayor confianza y más autorizada seguridad.

Sabe Vuestra Excelencia, por sus talentos, política, instrucción y experiencia, que los grandes generales y magistrados miran como primer objeto el restablecimiento de la paz y extinguir la sedición, en el segundo lugar poner preservativos a lo futuro, y lo tercero, castigar a los autores, perdonando benignamente a la multitud, si ya no es que los delitos y circunstancias sean tales que para el ejemplo de las Repúblicas o ejércitos, sea preciso diezmar o quitar a discreción de el que manda, y tanto más la acreditará, si después de aquietado el pueblo y puestos los preservativos, suspendiere para mejor tiempo el escarmiento de los autores, si advirtiere que del castigo se volvería a encender el fuego de la conspiración, siento también máxima asentada, que el intempestivo celo solo sirve para ejercitar nuevos movimientos y tumultos.

Por lo cual, sin dejar de conocer que la justicia clama por el castigo de los autores de dos homicidios, el uno tan cualificado como el del Alcalde Mayor, de la fracción de cárceles y pública conspiración contra el dueño de las minas, y que ni éste ni otros se expondrán a ser mineros si no se hace el escarmiento, debo poner también presentes a Vuestra Excelencia, todas las circunstancias que puedan dificultarlo en el actual estado.

El lugar es impracticable en sus montes, las gentes son metálicas y atrevidas. Se redujeron luego a la quietud y a las minas, publicado el primer bando, prometiéndoles la benignidad, y me están tan agradecidos como tímidos a las armas y tropa que se hace respetar, aunque en nada les ofende, por cuyas consideraciones y las de el objeto de las minas y conservación de su patria, son dignos de la piedad de Su Majestad y de Vuestra Excelencia, a reserva de los autores, que deberán de presente castigarse, si las circunstancias no persuadieren madurado para mejor coyuntura. Sobre todo lo cual espero las órdenes superiores de Vuestra Excelencia, en cuya pronta ejecución afianzaré siempre mis aciertos.

Nuestro señor guarde a Vuestra Excelencia muchos años.

Real de el Monte, septiembre 4 de 1766.
Excelentísimo Señor, don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

Excelentísimo señor Marqués de Croix.

Me sirvió de gran satisfacción el particular cuidado con que Vuestra Señoría concurre al reconocimiento y remedio para en lo sucesivo de un desorden que le gradúo originado de la falta de justicia, con que sin atender distinción de sujetos debe administrarse, espero que la ordenanza dispuesta por Vuestra Señoría y examinada en los términos que me manifiesta, asegurará la paz que tanto interesa al progreso de esta minería.

Paréceme bien el método que Vuestra Señoría ha practicado para disimular la inteligencia de los verdaderos cómplices del motín y desgracias, pero como quiera que ninguno de los concurrentes a ellas, tendrá toda aquella seguridad interior que precisamente altera el propio delito, y que por lo mismo habrán inducido a los demás a que vivan con desconfianza, pudiera recelarse al menor amago de prisión (aún con todas las precauciones que Vuestra Señoría indica) un nuevo alboroto que con doble dificultad se apaciguase, siempre dicta la prudencia usar de medios que, sin dejar impune el delito, remedien el mayor daño, y para este fin contemplo por mejor partido, que evacuadas por Vuestra Señoría todas las diligencias, con plena seguridad y noticia de los cabezas del motín, regrese a esta capital, haciendo entender a todos, sin otra formalidad de indulto, que viene a empeñar su autoridad, para que apiadándome yo de ellos, les dispense en nombre de Su Majestad el perdón de tan criminal proceder, de este modo aseguramos la tranquilidad que tanto interesa, y que los reos principales vuelvan, creidos de que les comprende una gracia que no esperarían, a sus casas y trabajo, de donde sucesivamente, bajo de otros pretextos se les irá trayendo para que sufran la pena que les corresponda, según se deduzca de la causa formada por Vuestra Señoría y de lo que previenen las leyes; esto es cuanto puedo decir a vuestra señoría en el asunto, pero le encargo que si contempla algún otro arvitrio mas conforme a los hechos y actuales circunstancias, me lo avise prontamente, en inteligencia de mi deseo del mejor acierto.

Dios guarde, etcétera.

México, 6 de septiembre de 1766.
Señor don Francisco Xavier de Gamboa.



CARTA

Excelentísimo Señor.

El apoderado de don Pedro Romero de Terreros, como nuevo, aunque protestó representar sobre los tres reales de el jornal de peones y faeneros, instruido de su principal y con sus órdenes, está llano a cuanto yo resolviera en este y demás asuntos que incidieren, con lo que cesó esta dificultad, y aún de su parte me ha dado a entender no permitirá se grave su Majestad en el prest de los milicianos circunvecinos que siguen aquí hasta que no hagan falta, lo que me ha parecido decir a Vuestra Excelencia porque en el jornal hay variedad notable en todos los minerales, y solo en Guanajuato y en éste son excesivos, de donde habrán resultado las pocas medras, al paso que los hurtos se multiplican en todos, de suerte que, aunque el operario se queje con justicia en algún punto, los amos sufren más por necesitarlos.

Terreros es el único que hace figura en esta clase, a costa de años y caudales, y el que volvió mineral lo que era cadáver, ofreciendo al rey las anuales percepciones que no tendrá si cesara.

No por esto he dejado ni me separaré, de hacer justicia al infeliz operario, como Vuestra Excelencia verá por lo actuado, por lo que teniendo de todo la materia es menester atenderlo todo, y como Vuestra Excelencia es tan prudente, quedo muy persuadido a que suspenderá la balanza de su recto juicio hasta irse informando de las imponderables penalidades de los dueños de minas, siendo las columnas del reino.

Espero agraden a Vuestra Excelencia las ordenanzas, en que he procurado toda la justicia y equidad, sin más respeto que desempeñar, como es de mi obligación, la superior confianza de Vuestra Excelencia, cuya vida guarde Dios muchos años.

Real de el Monte, septiembre 8 de 1766.
Excelentísimo Señor Don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

E. S. Marqués de Croix.

Bien declarada tiene el rey su benigna real intención, relativa a la moderación con que deben tratarse sus vasallos, sean de la clase que fuesen.

Parece que en estos dominios está desconocida la humanidad, pues por solo la utilidad de uno, se atropella, se violenta y se tiraniza a los infelices, que contentos con su triste jornal y con que se les guarden los cortos alivios que previenen las leyes, vivirían llenos de satisfacción, pues que no aspiran a mayores riquezas.

Vuestra Señoría y todo el mundo conoce el desorden y el casi tiránico despotismo con que se trata a los operarios de minas, de que se ha originado mucha parte de la minoración de los hombres en este reino, y nadie duda ni puede dudar que la conservación y justo gobierno de ellos la prefiere, la suma piedad de Su Majestad, a todas las otras ventajas que se deducirían de su exterminio y de mantener la violencia de los mineros, con el aparente pretexto de ser columnas para las ventajas que Vuestra Señoría expresa en su carta de 8, a que se añade la justa consideración de que las que redundan de los partidos comunes a dueños y operarios lo son tambien al rey y al Estado.

Dios, etcétera.

México 10 de septiembre de 1766.
Señor don Francisco Xavier de Gamboa.



CARTA

Excelentísimo Señor.

Acabo de recibir la carta de Vuestra Excelencia de 6, de cuyas prevenciones quedo muy enterado, pero encargándome Vuestra Excelencia que si contemplo otro arbitrio para la aprehensión de los autores, sjn terror de los demás ni de que se quiebre otra vez la paz en perjuicio de el público interés de las minas, le despache a Vuestra Excelencia pronto aviso, en la inteligencia de su deseo al mayor acierto.

Tomo al instante la pluma para informar a Vuestra Excelencia, que en cuanto cabe en la moral seguridad y en la humana prudencia (en medio de ser nada arrojado sino el más tímido y receloso en iguales asuntos), he encontrado medio con que sin violencia ni el menor estrépito pueda lograrse.

He atraido de tal forma a los operarios, con la afabilidad y buen término, que persuadidos por mí a que Vuestra Excelencia desea saber el número de barreteros, peones y otros ejercicios, han ocurrido en cada una de las galeras. de las minas de Terreros, no solo a ver practicar la justa división de el partido con que están gustosos, sino a dar su nombre, para que se siente en la lista, y los que no en las minas, han venido a solicitar a mi casa al escribano, y están listados los más de los cabecillas, y todos con tanta confianza, como que nadie me ha penetrado el pensamiento que únicamente he comunicado con el capitán de granaderos, a quien ha parecido bien.

Hoy ha sido la última concurrencia en la mina de Dolores y a todas ellas he llevado solo veinte granaderos que se ponen a la puerta, para estorbar desorden y dar a entender que me van autorizando, siendo muy diverso el intento, y al concluir cada diligencia los he hecho retirar, quedándome muy en confianza con los operarios.

La galera tiene la mejor muralla y una extensión en que caben más de 2,000 hombres, con una sola puerta, y les tengo prevenido que el día que publique las ordenanzas, las han de oir todos los que se han listado y los otros que faltaren, para que no aleguen ignorancia y sentar sus nombres, a efecto de remitir a Vuestra Excelencia las listas, y una vez entrados en la galera, como ya no les hace fuerza ver los veinte granaderos, les leeré con toda quietud las ordenanzas, a cuyo tiempo el resto de la compañía de granaderos subirá a cercar la mina, de forma que al irlos yo llamando uno por uno en la puerta, los irán despachando para sus casas libres y sin recelo, y como los últimos que se llamarán en la lista han de ser los cabecillas (que llegarán a cerca de cuarenta, según la sumaria, aunque no todos están listados sino los más) los mandaré sacar desde la mina, dandoles doscientos azotes hasta ponerlos camino de Pachuca, en cuya salida estarán ya los milicianos para conducirlos y pasarme a tomar sus declaraciones en el mismo día, dejando aquí toda la infantería reglada, para que patrulle y discipe los corrillos, y llevándome los veinticinco caballos a Pachuca, y evacuadas las declaraciones, despachar los reos a esta capital, para poder en su vista ampliar más la sumaria, que he omitido hasta hoy, por estudio, para más disimular mis fines, y que nadie pueda tener aviso por los testigos, habiendo solo recibido los de Pachuca y tal cual aquí que no ofrecen esta consecuencia.

Los que salen libres de la galera, aunque oigan después o vean la prisión y castigo de los otros, no podrán espantarse, suponiendose indemnes, cuando no los hice aprehender, y más seguridad tendrán, si Vuestra Excelencia me manda indultarlos, cuando los vaya despidiendo, pues aunque traje la omnímoda facultad de el superior gobierno de Vuestra Excelencia, no se excederá mi moderación sin el orden individual, especialmente estando cerca.

Y por tenerlos emplazados a fin de que oigan las ordenanzas el dia diez de el corriente por la mañana, pretextaré indisposición, por lo cual no he podido hacer las copias, suspenderé el acto hasta el sábado por ser el viernes dia de feria y concurso, y poder recibir entretanto las superiores órdenes de Vuestra Excelencia, para practicarlo u omitirlo, pues aún dado caso que aquel acto no concurriesen los autores, nada se perdía en indultar los otros, que hasta ahora no resultan culpados mas que en el movimiento que aquéllos les inspiraron, y su misma no comparecencia les dejaba exceptuados de la gracia con nueva presunción de su delito, para procurar su captura en todo tiempo, aunque, si no me engaño, ninguno es más oportuno que el presente en que haya tropa que contenga y en que está fresco el delito, cuyo castigo o impunidad servirá de bueno o mal ejemplo en lo sucesivo.

Nuestro Señor guarde a Vuestra Excelencia muchos años.

Real de el Monte y septiembre 8 de 1766.
Excelentísimo Señor, don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

Excelentísimo Señor Marqués de Croix.

No puedo dejar de alabar la prudente conducta con que Vuestra Señoría tiene dispuesto el castigo de los que dice resultan reos en el tumulto y desgracias sucedidas en este Real, pero al paso que conozco la justificación de Vuestra Señoría, tampoco omitiré expresarle que miro en la carta de 8 del corriente, que solo hace mención de la complicidad de los infelices operarios, sin tocar los motivos que tal vez la aminorarían si se tuviesen presentes las repetidas y nunca oidas violencias de los recogedores que por parte de don Pedro Romero de Terreros colectaban los operarios para llevarlos por fuerza al trabajo, sin esperanza de conseguir en él el jornal, ni partidos con que el rey y la costumbre los favorece.

Por estas razones y las que con fecha de ayer tengo expuestas a Vuestra Señoría, le repito lo mismo que le avisé en 6 de éste, y añado que regrese Vuestra Señoría, concluidas todas las diligencias, sin hacer castigo alguno ni publicar las ordenanzas, pues luego que yo las haya visto daré esta disposición, y con inteligencia del proceso, se procederá al castigo que haya lugar, porque no por la suspensión de él por algún tiempo se perjudica el derecho de la justicia ni puede influir mal ejemplo en lo sucesivo, cuando se ha de ver que se adaptan las circunstancias a este prudente medio, término con que se hace indispensable caminar por ahora, a que se añade el superior motivo de traer el motín su origen de no haberse dado cumplimiento por esos jueces al despacho que se les expidió, con atención a la representación que hicieron a mi antecesor esos operarios, de las violencias que sufrían, y que puesto en el punto de desesperación, cortados todos los caminos de su remedio, parece casi digna de compasión su triste suerte, que creo la mirarán muchos, impuestos en los antecedentes a la misma luz que yo, y graduarán los atentados cometidos por un efecto natural de tan repetidas extorsiones.

Dios guarde, etcétera.

México 10 de septiembre de 1766.
Sr. Don Francisco Xavier de Gamboa.



CARTA

Cuando don Manuel de Aldaco y la casa del Marqués del Valleameno corrían con el trabajo de las minas de la Veta de Sta. Brígida, las de San Vizente, Todos Santos y San Pedro y San Pablo, se pagaba a la gente operaria a razón de 4 reales diarios, pero don Pedro Romero Terreros en la obra del socabón pagó algún tiempo a 3 reales, en cuyo principio tuvo origen la displicencia de los operarios, y a repetidas quejas de ellos y con vista de la contraria general práctica, se vio precisado a observarla hasta que pasaron por venta a su poder las minas de Aldaco y del Marqués. Ya dueño de todo éste Real, llevado de su primera idea, la estableció por punto general, y aunque en los principios no acudió operario alguno, como se miraban sin recurso entre el extremo de perecer o de recibir, la ley que les quería imponer, tomaron éste último partido, aunque contrario a las disposiciones de Su Majestad, a la humanidad y a la práctica de las demás minas del reino.

No contento con esta violencia, introdujo la de cargar la mano en el señalamiento, pues los mineros, por orden de los administradores, disponían que a la labor que podía dar dos señalasen tres, a fin de que aumentándoles el trabajo y saca, fuese menor la porción que a los operarios les tocase en los partidos, a que se agrega haber hecho construir los sacos de mayor tamaño que lo regular, todo dirigido a tasar las fuerzas de la gente operaria y minerales, lo que legítimamente les correspondia.

Este irregular modo de proceder, contra el que no hallaban justicia en ese Real, les obligó a venir en tropa a esta capital, pocos días antes de mi arribo, y hecho cargo el Excelentísimo Señor Marqués de Cruillas de la razón de sus quejas, expidió un despacho dirigido al Alcalde Mayor, difunto, y oficiales reales, para que guardasen la práctica, pero, por contrario a los intereses de Terreros, le acultaron y cometieron el exceso de prender a cuatro de los comisionados, siguiéndoles causa criminal de sedición como si no fuese lícito ocurrir al superior. Todos estos antecedentes me parece conveniente apuntarlos a Vuestra Señoría, para que, enterado de ellos, practique las diligencias conducentes a descubrir la verdad en todas sus partes, pues de este modo se manifestarán con claridad los cómplices o causantes de las desgracias acaecidas.

Dios, etcétera.

México, 9 de septiembre de 1766.
Sr. Don Francisco Javier Gamboa.



CARTA

Excelentísimo Señor. Obedeciendo los superior órdenes de Vuestra Excelencia de 9 y 10 de el corriente, que recibí anoche, me restituiré a esa capital el 14, por tener desde antes de ayer concluida mi comisión, sin faltar otra cosa que la captura de los cabecillas y publicación de las ordenanzas, en que debo suspenderme cuando Vuestra Excelencia me lo manda, y por tener adelantado y aclarado cuanto Vuestra Excelencia se sirva noticiarme en la de el día 9, no me resta qué practicar sino el dar cuenta a Vuestra Excelencia con todo el expediente, que manifestará haber aquietado estos lugares, oido las quejas justas o infundadas de los infelices sirvientes, dado las reglas que Vuestra Excelencia me ordenó, y caucionada con ellas, a satisfacción de amo y operarios, otro nuevo motivo de conspiración, y hallará Vuestra Excelencia instruídas las disposiciones de la ordenanza, según la práctica de el Marqués de Valleameno y don Manuel de Aldaco.

He despedido las milicias y prevenido al comandante don Clemente de Lara haga lo mismo con los 25 dragones y se quede con la infantería, hasta la orden que Vuestra Excelencia deliberare en vista de el informe que personalmente le haré, por parecerme ser todo conveniente al estado de este lugar.

Dios guarde a Vuestra Excelencia muchos años, como deseo.

Real de el Monte, septiembre 12 de 1766.
Excelentísimo señor, don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

Excelentísimo Señor Marqués de Croix.

Excelentísimo Señor.

He mandado que no se venda pulque en la feria o tianguis de el Real de el Monte, de el domingo y viernes, y conviene que en ningún otro día se expenda en la plaza, sino en los parajes y puestos asignados o que se estiman en convenientes, según las ordenanzas de el expendio de esta bebida, en que el rey, por sus novísimas cédulas, manda se evite todo pecado y abuso, y no debiendo en México venderse en la plaza, sino precisamente en las treinta y seis pulquerías esparcidas en los barrios de la ciudad, debe practicarse lo mismo en todos los otros lugares, y especialmente en el Real del Monte, por resultar gravísimos excesos de rijas, heridas y muertes, según estoy informado, y que los días de fiesta se dice la misa sobre un balcón de la puerta de la iglesia, para que la oigan todos los de el mercado, y sería gravísima indecencia que los expendedores de pulque se permitiesen en estas circunstancias, cuando no estuviera prohibido por punto de ordenanza el que haya pulquería cerca de las iglesias.

Y respecto a que administrandose hoy esta renta en el Real de el Monte de cuenta de Su Majestad, es fácil arreglar este método, que hice practicar mientras allí me mantuve, convendrá mucho el que arreglen los puestos de pulquerías por el administrador, y por la justicia que Vuestra Excelencia nombrare para que paguen y contribuyan al rey los justos derechos, los que expendieren en ellas el pulque, sin permitirse se venda en dicha plaza, y que se den todas las demás reglas, para que sin ofensa de la puntual observancia que quiere el rey, tengan las ordenanzas, a fin de evitar pecados en las pulquerías y no se defraude a la Real Hacienda de los justos derechos que debe percibir.

Nuestro Señor guarde a vuestra excelencia muchos años.

México y septiembre 18 de 1766.
Excelentísimo Señor, don Francisco Xavier de Gamboa, rúbrica.



CARTA

E. S. Marqués de Croix.

Prevengo a Vuestra Merced no permita que en la plaza del Real del Monte ni fuera de los lugares asignados, se venda pulque en poca ni mucha cantidad, en el día de tianguis ni en otro alguno, por las malas consecuencias que resultan de este desorden, sino que precisamente se observe lo dispuesto por el señor don Francisco Xavier de Gamboa, celando, con la mayor viveza, su efectivo cumplimiento.

Y luego que llegue a esa jurisdicción el Alcalde Mayor nombrado, le entregará vuestra merced esta orden original, para su inteligencia, haciendo saber esta providencia al Administrador de Pulques de esa jurisdicción.

Dios guarde, etcétera.

20 de septiembre de 1766.
Al Teniente de Alcalde Mayor de Pachuca.

Índice de Conflicto laboral de los mineros de Real del Monte - 1766 Selección de documentosCAPÍTULO QUINTOCAPÍTULO SÉPTIMOBiblioteca Virtual Antorcha