Índice de Del espíritu de las leyes de MontesquieuLibro anteriorSiguiente LibroBiblioteca Virtual Antorcha

LIBRO XVI

Las leyes de la esclavitud doméstica tienen relación con la naturaleza del clima

I.- De la servidumbre doméstica. II.- En los países meridionales hay entre los dos sexos una desigualdad natural. III.- La pluralidad de las mujeres depende en parte de lo que cuestan. IV.- De la poligamia: sus diversas circunstancias. V.- Razón de una ley de Malabar. VI.- De la poligamia considerada en sí misma. VII.- De la igualdad de trato en el caso de la pluralidad de mujeres. VIII.- De la separación de las mujeres. IX.- Conexión del gobierno doméstico con el público. X.- Principio de la moral en Oriente. XI.- De la esclavitud doméstica prescindiendo de la poligamia. XII.- Del pudor natural. XIII.- De los celos. XIV.- Del gobierno de la casa en Oriente. XV.- Del divorcio y del repudio. XVI.- Del repudio y del divorcio entre los Romanos.


CAPÍTULO PRIMERO

De la servidumbre doméstica

Los esclavos son para la familia, no son de la familia. Distinguiré su servidumbre, de aquella en que están las mujeres en algunos países y que es la que yo llamo servidumbre doméstica.


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CAPÍTULO II

En los países meridionales hay entre los dos sexos una desigualdad natural

Las mujeres, en los climas cálidos, son núbiles a los nueve o diez años; el matrimonio y la infancia pueden Ir juntos (1). A los veinte años son viejas; quiero decir, que en ellas no acompaña la razón a la hermosura; cuando ésta se impondría, la rechaza aquélla; cuando su imperio sería más razonable, ya su encanto ha desaparecido. Las mujeres viven en perpetua dependencia, porque la razón no puede darles en la vejez, aún siendo prematura, lo que la belleza no les dió en la juventud. Se comprende, pues, que el hombre, si la religión no se lo impide, se aparte de su mujer y busque otra y que se establezca así la poligamia.

En los países templados, la mujer conserva más tiempo sus atractivos; tarda más en ser núbil y tiene hijos en edad más avanzada; la vejez de su marido viene al mismo tiempo que la suya, y como ella tiene más razón y más conocimiento cuando se casa, es natural que haya desde entonces una especie de igualdad en los dos sexos, en virtud de la cual existe la monogamia.

En los países fríos, el uso de las bebidas fuertes, que es casi necesario, produce la intemperancia de los hombres. Las mujeres, que en esto suelen ser más comedidas porque necesitan defenderse, tienen sobre ellos la ventaja de la razón.

La naturaleza, que ha distinguido a los hombres por la fuerza y por la razón, no ha puesto en su poder otro fin que el de una y otra; ha dado a la mujer sus encantos y ha querido que duren; pero en los países cálidos se marchitan pronto.

Por esta causa, la ley que no le permite al hombre más que una sola mujer está más en relación con el clima de Europa que con el de Asia. Y este es el motivo, entre otros, de que el mahometismo haya encontrado tanta facilidad para arraigar en Asia y tanta dificultad para asentarse en Europa, de que el cristianismo se mantenga en Europa y haya sido desterrado de Asia, y de que los mahometanos hagan progresos en China y los cristianos no. Las razones humanas están subordinadas a la causa suprema que hace todo lo que quiere y se sirve de todo lo que quiere.

Valentiniano permitió la poligamia en su Imperio, por razones particulares. Teodosio, Arcadio y Honorio derogaron esta ley, impropia de nuestros climas.


Notas

(1) He consultado a personas recién llegadas de la India, donde han vivido algún tiempo, y me dicen que allí la nubl1dad de las doncellas no es hasta los once o doce años. - En rabla son núbiles desde los ocho, o lo han sido algunas.


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CAPÍTULO III

La pluralidad de las mujeres depende en parte de lo que cuestan

La poligamia, en los paises donde se halla establecida, está en relación con la riqueza del marido, de la cual depende el número de sus mujeres. Sin embargo, no puede afirmarse que sean las riquezas la causa de que existe la poligamia; la pobreza puede producir el mismo efecto, como diré cuando hable de los salvajes.

No es la poligamia un lujo, aunque sí es ocasión de un gran lujo en las naciones poderosas. En los países calientes hay menos necesidades y cuesta poco la manutención de las mujeres y de los hijos (1). Por eso en ellos se puede tener mayor número de mujeres, aun poseyendo escasísimo caudal.


Notas

(1) En Ceilán vive un hombre con diez sueldos al mes (diez centavos de peso), porque allí no se come más que pescado y arroz. (Colección de viajes que han servido para establecer la Compañía de las Indias, tomo II, parte I).


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CAPÍTULO IV

De la poligamia; sus diversas circunstancias

Según cálculos hechos en diferentes puntos de Europa, nacen más varones que hembras en esta parte del mundo (1). Pero los informes de Asia y África nos dicen que allí nacen más hembras que varones (2). Esto explica la existencia de la ley que no permite en Europa más que una sola mujer y de la que consiente muchas en Asia y África; el hecho está relacionado con el clima (3).

En las tierras frías de Asia nacen, como en Europa, más varones que hembras. Esta es la razón, dicen los Lamas (4), de que su ley permite a las mujeres tener varios maridos (5).

Pero yo no creo que en región alguna sea tan grande la desproporción entre hombres y mujeres que justifique la poliandria ni la poligamia. Lo que hay es que la pluralidad de mujeres y aun la de maridos se aleja menos de la naturaleza en unos países que en otros.

Pero confieso que si en Bantam hay realmente diez mujeres por cada hombre, como se lee en algunas relaciones (6), sería un caso especial de la poligamia; sería una explicación, pero no la justifico en ningún caso.


Notas

(1) Dice Arbutnot que en Inglaterra es mayor el número de varones que el de hembras; pero de esto no puede razonablemente deducirse, como ha querido hacerse, que sucede lo mismo en toda Europa.

(2) Smith, Viaje a Guinea, 2a. parte. - Por lo que respecta al Asia, véase la estadística de Kempfer.

(3) Sin embargo, existe la poliandria en países donde hay superabundancia de mujeres.

(4) Duhalde, Memorias de China, tomo IV, pág. 46.

(5) Albuzeirí-el Hassen, uno de los árabes mahometanos que en el siglo IX estuvieron en la India y en la China, toma este uso por prostitución. Y es que nada hay más opuesto a las ideas mahometanas.

(6) Colección de viajes que han servido para establecer la Compañía de las Indias, tomo l.


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CAPÍTULO V

Razón de una ley de Malabar

En la Corte de Malabar, península del Indostán, los hombres de la casta de los Nairos no pueden tener más que una sola mujer; pero cada mujer puede tener varios maridos (1). No es difícil descubrir el origen de esta usanza. Los Nairos, casta noble, son los soldados en aquellas naciones. En Europa no se permite casarse a los soldados; pero en Malabar, donde el clima es más exigente, se han contentado con hacerles el matrimonio lo menos incómodo posible, dándoles una mujer a varios hombres; esto disminuye el apego a la familia, amengua las preocupaciones del hogar y conserva el espíritu guerrero.


Notas

(1) Viajes de Francisco Picard, cap. XXVII. Esto se considera un abuso de la profesión militar, y, como dice Picard, una mujer de la casta de los bramines no se casaria jamás Con varios hombres.


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CAPÍTULO VI

De la poligamia considerada en si misma

Mirando la poligamia desde un punto de vista general, independientemente de las circunstancias que podrían hacerla tolerable, no es útil para el género humano en general ni para ninguna de los dos sexos en particular; ni para el que abusa ni para el de que se abusa (1). Tampoco es útil para los hijos, y uno de sus mayores inconvenientes es que el padre y la madre no pueden tenerles igual cariño: es imposible que un padre quiera a veinte hijos como una madre puede querer a dos. Mucho peor es lo que ocurre cuando la mujer tiene muchos maridos, pues el amor paternal en este caso no puede fundarse más que en la creencia del hombre que suponga suyos tales hijos.

Se dice que el sultán de Marruecos tiene en su serrallo mujeres blancas, negras y amarillas. ¡Desgraciado!

La posesión de muchas mujeres no quita el deseo de la mujer ajena (2); con la lujuria sucede como con la avaricia: aumenta la sed con la adquisición de los tesoros.

En tiempo de Justiniano, algunos filósofos a los que estorbaba el cristianismo, se retiraron a Persia, al lado de Cosroes. Lo que más les chocó, dice Agatías (3), fue que se permitiera la poligamia a gentes que no se abstenían ni aun del adulterio.

La pluralidad de mujeres (¡quién lo diría!) lleva a ese amor que repugna a la naturaleza; y es que una disolución trae siempre otra. Cuando en Constantinopla una revolución depuso al sultán Achmet, dicen las relaciones, que el pueblo saqueó la casa del chiaya y no encontró en ella ni una sola mujer. Y se cuenta que en Argel se ha llegado al extremo de no haber ninguna en la mayor parte de los serrallos (4).


Notas

(1) Se ha observado en Persia, como en todo el Oriente, que la multiplicidad de mujeres no aumenta,la población; al contrario, las familias son menos numerosas en Persia que en Francia. Esto proviene, según dicen, de que hombres y mujeres se unen demasiado pronto y, en vez de escatimar sus fuerzas, las excitan con remedios que se las consumen a fuerza de excitarlas. Asi las mujeres en Oriente se gastan pronto; cesan de parir a los veintisiete o treinta años. ( Chardin, Viaje a Persia).

(2) Por eso las mujeres en Oriente se tapan y se esconden.

(3) Vida de Justiniano, pág. 403.

(4) Laugier de Tassis, Historia de Argel.


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CAPÍTULO VII

De la igualdad de trato en el caso de la pluralidad de mujeres

De la pluralidad de mujeres se deriva la obligación de darles el mismo trato. Mahoma, que en su ley permite cuatro, manda que todo sea igual entre ellas: alimento, vestidos y deber conyugal. La misma ley existe en las islas Maldivas, donde cada hombre se puede casar con tres mujeres (1).

La ley de Moisés dispone que si alguno ha casado a su hijo con una esclava, y después se casa el hijo con una mujer libre, queda obligado a seguir cumpliendo los deberes conyugales con la primera y a no quitarle nada de los alimentos ni de los vestidos. Podría darle más a la nueva esposa, pero haciendo lo mismo con la primera (2).


Notas

(1) Francisco Picard, Viajes, cap. XII.

(2) Exodo, cap. XXI versículos X y XI.


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CAPÍTULO VIII

De la separación de las mujeres

Es consecuencia de la poligamia que en las naciones voluptuosas y ricas haya quien tenga mujeres en gran numero. De esto se sigue, naturalmente, que las mujeres estén separadas de los hombres y en clausura. El orden doméstico lo exige así; un deudor insolvente procura estar a salvo de las instancias de sus acreedores. Hay climas en que las necesidades físicas se imponen con tal imperio, que contra ellas es impotente la moral. Dejad a un hombre con una mujer: las tentaciones serán caídas, el ataque seguro, la resistencia nula. En esos países no hacen falta preceptos, sino cerrojos.

Un libro clásico de China dice que es un prodigio de virtud el encontrarse a solas con una mujer en un aposento retirado y no hacerle violencia (1).


Notas

(1) Encontrar un tesoro del que nos podemos apropiar, o una mujer sola en un aposento retirado; oir la voz de un enemigo que va a morir si no se le socorre: ¡admirable piedra de toque! (Traducción de una obra china sobre moral, por el P. Duhalde, tomo III, pág. 151).


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CAPÍTULO IX

Conexión del gobierno doméstico con el político

En una República, la condición de los ciudadanos es igual, sencilla, modesta, limitada: la libertad política influye en todo. Allí no puede ejercerse bien la autoridad absoluta sobre las mujeres, por lo cual es preferible el gobierno de uno solo cuando el clima requiere aquella autoridad. He aquí una de las razones por las que siempre ha sido difícil establecer un gobierno popular en los países de Oriente.

La servidumbre de las mujeres, al contrario, se ajusta bien a la índole del gobierno despótico, dado en todo al abuso. En todas las épocas se ha visto en Asia que marchaban a la par la servidumbre doméstica y el gobierno despótico.

En un gobierno que exige ante todo la tranquilidad y en el que se llama paz a la más rígida subordinación, lo primero que se necesita es encerrar a las mujeres; sus intrigas, si no, serían funestas para el marido. Un gobierno que no tiene tiempo de examinar la conducta de sus súbditos, la tiene por sospechosa en el hecho solo de que se deje sentir.

Supongamos por un momento que lleváramos a un gobierno de Oriente las veleidades, las indiscreciones, los caprichos, los gustos y disgustos de nuestras mujeres, sus pasiones grandes y chicas, todo esto con la libertad y la actividad que tienen entre nosotros; ¿qué padre de familia tendría un solo instante de sosiego? Se verían enemigos por todos lados, por dondequiera gentes sospechosas; el Estado se quebrantaría, se vería correr la sangre a ríos.


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CAPÍTULO X

Principio de la moral en Oriente

Dondequiera que haya pluralidad de mujeres los lazos de la familia se aflojan; cuanto más se aleje la familia de la unidad, más deben las leyes centralizarla; cuanto mayor sea la diversidad de intereses, más importa reducirlos a un interés común.

Esto se logra por la clausura. Las mujeres deben estar, no solamente separadas de los hombres por clausura de la casa, sino las unas de las otras dentro de la misma casa, de suerte que forme cada una como una familia aparte dentro de la familia. De esto depende que la mujer practique la moral, el pudor, la castidad, el recato, el silencio, la paz, la sumisión, el respeto, el amor, en fin, que encamine los sentimientos a lo mejor del mundo, que es el afecto exclusivo de la familia.

Tienen las mujeres que cumplir tantos deberes naturales, que siempre será poco lo que se haga para apartarlas de todo lo que les sugiera ideas impertinentes, de toda clase de diversiones, de todo lo que se llama negocios.

En los Estados de Oriente, se ve que las costumbres son tanto más puras cuanto más rigurosa es la incomunicación de las mujeres. En los grandes Estados no puede menos de haber grandes señores; cuanto mayores sean los medios de que dispongan, más fácil ha de serles el tener a sus mujeres en estrecha y continuada clausura. Así en los imperios de Turquía, Persia, el Mogol, China, el Japón, las costumbres de las mujeres son admirables.

No puede decirse lo mismo de la India, que comprende muchos Estados pequeños y despóticos por causas múltiples que no tengo tiempo de relatar aquí.

Allí no hay más que miserables que roban y miserables que son robados. Los tenidos por magnates cuentan con pocos recursos; los llamados ricos, apenas disponen de lo indispensable para poder vivir. La clausura de las hembras no puede ser rigurosa ni es posible tornar bastantes precauciones para reprimirlas, de lo cual resulta una inconcebible corrupción.

Es allí donde se ve hasta qué punto pueden llegar los vicios y la relajación por los efectos del clima, si no se los contiene. Puede tanto allí la naturaleza, y es tan débil el pudor, que parece increíble. En Patana son tan lúbricas las mujeres, que necesitan los hombres revestirse de ciertos aparatos para librarse de sus tentativas (1). Lo propio ocurre en los pequeños reinos de Guinea (2). Parece que en estos países pierden los sexos hasta sus leyes propias (3).


Notas

(1) Colección de viajes que han servido para establecer la Compañía de las Indias, tomo II, pág. 196.

(2) Smith, Viaje a Guinea, parte II, pág. 192 de la traducción francesa.

(3) En las Maldivas, los padres casan a sus hijas antes de los once años, porque es un pecado, según ellos, dejarlas sentir la necesidad del hombre. (Viajes de F. Picard). - En Bantam, cuando llega una niña a los trece o los catorce años, se apresuran a casada para que no se entregue a la disolución. (Colección de viajes, pág. 348). - El precitado Smith, en su Viaje a Guinea, cuenta que las mujeres, cuando un hombre no accede a sus proposiciones, le amenazan con denunciarlo al marido.


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CAPÍTULO XI

De la esclavitud doméstica prescindiendo de la poligamia

No es la multiplicidad de mujeres lo único que exige su clausura en ciertos lugares del Oriente; el clima, igualmente, la reclama. Los que hayan leído los horrores, los crímenes, las perfidias, los envenenamientos, las maldades que causa la libertad de las mujeres en Goa y en otras colonias portuguesas de la India, donde la religión no permite más de una mujer y los comparen con la inocencia y pureza de costumbres de las mujeres en Turquía, Persia, el Mogol, China y el Japón, tendrán que reconocer la necesidad de separarlas de los hombres, así cuando cada uno de éstos no tiene más que una como cuando tiene varias.

El clima es el que decide estas cosas. ¿De qué serviría encerrar a las mujeres de nuestros países fríos, donde sus costumbres son naturalmente buenas, poco vehementes sus pasiones, sus malicias menos refinadas?

Es una felicidad vivir en estos climas en los que puede permitirse la comunicación entre ambos sexos; en los que el sexo dotado de más encantos es el más bello adorno de la sociedad; en los que la mujer, reservándose para el placer de uno solo, contribuye al recreo de todos los demás.


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CAPÍTULO XII

Del pudor natural

Todas las naciones están acordes en castigar con el desprecio la incontinencia femenina; es que la voz de la naturaleza la han oído todas las naciones. La naturaleza ha establecido la defensa y el ataque, y si en ambas partes ha puesto los deseos, le ha dado a la una la vergüenza y a la otra la temeridad. Como ha dado a los individuos, para conservarse mucho tiempo, para perpetuarse, instantes fugitivos.

No es verdad, pues, que la incontinencia siga las leyes de la naturaleza; al contrario, las viola: el recato y la modestia es lo que se ajusta a las leyes naturales.

Por otra parte, como es propio de los seres inteligentes sentir sus imperfecciones, lo que nos ha dado la naturaleza es el pudor, o lo que es lo mismo, la vergüenza de nuestras imperfecciones.

Por tanto, cuando el poder físico de ciertos climas infringe la ley natural de los dos sexos y la de los seres inteligentes, al legislador le incumbe hacer las leyes civiles que venzan las influencias del clima y restablezcan las primitivas leyes naturales.


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CAPÍTULO XIII

De los celos

Hay que distinguir los celos de la pasión de los celos debidos a los usos, las costumbres o las leyes. Los primeros son como una devoradora fiebre; los segundos son fríos, calculadores, pudiendo englobar la indiferencia y el desprecio.

Los unos son el resultado y el abuso del amor, y llevan hasta el delirio; los otros dependen más bien de los prejuicios, usos, costumbres, leyes de cada país, de la moral aceptada y algunas veces de la religión.

Estos celos son casi siempre efecto de la influencia física del clima y al mismo tiempo el remedio de esa influencia física.


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CAPÍTULO XIV

Del gobierno de la casa en Oriente

Se cambia tan a menudo de mujeres en los países orientales, que no pueden ser ellas las que se encarguen del gobierno doméstico. Se les confía, pues, a los eunucos, se les entregan las llaves y son ellos los que disponen de todo (1).

En Persia, dice Chardin, se dan los vestidos a las mujeres como se haría con los niños. Este cuidado, que en otras partes sería el primero para ellas, no les compete allí (2).


Notas

(1) Esto no es exacto. Los eunucos no hacen más que guardar las mujeres, servirlas, hacer fuera de la casa lo que ellas mismas no pueden, encerradas como están. Pero si no salen, desempeñan todo el gobierno interior sin que en su gestión se mezclen para nada los eunucos. Guys, Cartas sobre la Grecia, N° XXX.

(2) Dicen los Persas que las mujeres no sirven más que para procreación. Por eso las tienen en la ociosidad y la molicie; no hacen nada, como no sea fumar tabaco del país; se les da la comida preparada, y aun la ropa, como se haría con los niños. Las más aplicadas cosen, y lo hacen bien. (Chardin, Viaje a Persia, cap. XII).


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CAPÍTULO XV

Del divorcio y del repudio

La diferencia entre el divorcio y el repudio está en que el primero se lleva a efecto por mutuo consentimiento a causa de alguna incompatibilidad, en tanto que el repudio se efectúa por voluntad y provecho de una de las partes, sin tenerse en cuenta la voluntad ni la conveniencia de la otra.

Algunas veces les es tan necesario a las mujeres repudiar al marido y siempre les cuesta tanto trabajo hacerlo, que es bien dura la ley que concede este derecho a los hombres y no se lo concede a las mujeres. El marido es el jefe, el amo de su casa, tiene mil medios de mantener a sus mujeres en el cumplimiento del deber, o de enderezarlas si se tuercen, de modo que el repudio no es más en sus manos que un abuso de su autoridad. Pero una mujer que repudiara no haría más que emplear un mal remedio: siempre sería para ella una desgracia el tener que buscar un segundo marido cuando ya ha perdido sus mejores encantos con el primero. Una de las ventajas para la mujer, de los atractivos juveniles, es que su marido los recuerda cuando ya han pasado.

Por regla general, debiera concederse a las mujeres el derecho de repudio en todos los países donde la ley se lo otorga a los maridos. Y aún más: en las naciones donde las mujeres vivan en esclavitud doméstica, parece que la ley debe permitirles el repudio y a los maridos únicamente el divorcio.

Cuando las mujeres están en un serrallo, no es posible que el marido repudie a una mujer por incompatibilidad; de él será la culpa si las costumbres son incompatibles.

El repudio por esterilidad de la mujer no se comprende si la mujer no es única (1); semejante razón carece de importancia para el marido que tiene varias mujeres.

La ley de las Maldivas admite que se tome nuevamente a la mujer repudiada (2); la de Méjico (3) prohibía que volvieran a reunirse los cónyuges separados, bajo pena de la vida. Esta ley de los antiguos Mejicanos era más sensata que la de los Maldivos: pensaba' en la eternidad del matrimonio aun en el momento de su disolución; la de los Maldivos, al contrario, parece burlarse del matrimonio y del repudio.

La ley de Méjico no autorizaba más que el divorcio: razón de más para no permitir que se reunieran los consortes separados, puesto que no se habían separado voluntariamente. El repudio puede provenir de un arrebato de una pasión pasajera; el divorcio es cosa premeditada.

En general, el divorcio puede ser de utilidad en lo politico; pero en lo civil, aunque establecido en favor de los cónyuges, rara vez resultará beneficioso a los hijos.


Notas

(1) Ni aun siendo única lo consienten las religiones cristianas.

(2) Esta se prefiere a otra por ahorrar gastos. (Viajes de F. Perard).

(3) Historia de la conquista de México, por Solís, pág. 499.


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CAPÍTULO XVI

Del repudio y del divorcio entre los Romanos

Rómulo permitió que el marido repudiara a su mujer, si ésta cometía un adulterio, preparaba un veneno o tenía llaves falsas (1). Pero no le daba a la mujér el derecho de repudio; ley durísima, a juicio de Plutarco.

La ley de Atenas (2) daba a la mujer como al marido el derecho de repudiar a su cónyuge. Como las mujeres de Roma, no obstante la ley de Rómulo, gozaron de igual derecho, se comprende que los Romanos tomaron la ley de Atenas y la incluyeron en la de las Doce Tablas.

Cicerón (3) dice que las causas de repudio procedían de las Doce Tablas. No cabe duda, pues, de que esta ley aumentó las causas de repudio establecidas por Rómulo.

También la facultad de divorciarse fue una disposición, o a lo menos una consecuencia de la ley de las Doce Tablas; porque desde el instante que la mujer y el marido tenían separadamente el derecho de repudio, con mayor razón tendrían el de separarse por mutuo y común acuerdo. La ley no exigía que se expusieran razones para el divorcio; por la misma naturaleza de la cosa, para el repudio se necesitan causas y para el divorcio no.

Dionisio de Halicarnaso, Valerio Máximo y Aulo Gelio refieren un hecho que no me parece verosímil. Dicen que, si bien existía en Roma el derecho de repudio, inspiraban tanto respeto los auspicios que nadie usó de este derecho en el transcurso de quinientos años (4); hasta que lo hizo Carviglio Ruga, quien repudió a su mujer por ser estéril. Basta un ligero conocimiento del espíritu humano para comprender que hubiera sido prodigioso el hecho de que nadie usara de un derecho reconocido por todos por la ley. Coriolano, al partir para el destierro, aconsejó a su mujer que se casara con otro más afortunado (5). Ya hemos visto que la ley de las Doce Tablas y las costumbres de los Romanos ampliaron la ley de Rómulo. ¿Para qué se hubiera ampliado si de hecho el repudio no existía? Además, si los ciudadanos respetaban tanto a los auspicios, que por eso nunca repudiaban, ¿cómo no los respetaron los legisladores?

Comparando dos pasajes de Plutarco, desaparece lo maravilloso del hecho en cuestión. La ley real permitía que el marido repudiara en los tres casos que hemos dicho. Y mandaba que quien repudiara en otros casos quedara obligado a dar la mitad de sus bienes a la esposa repudiada, consagrando la otra mitad a Ceres (6). Podía, pues, repudiarse aun fuera de los casos citados, sometiéndose a la pena establecida. Nadie lo hizo antes de Carvilio Ruga (7), quien, como dice Plutarco (8), repudió a su mujer por causa de esterilidad doscientos treinta años después de Rómulo, es decir, antes de que existiera la ley de las Doce Tablas, que amplió la facultad de repudiar y las causas de repudio.

Los autores que he' citado dicen que Carvilio Ruga amaba a su mujer, pero que, por su esterilidad, le obligarón los censores (9) a repudiarla para que él pudiera dar hijos a la República. Y añaden los mismos autores que esto le hizo odioso al pueblo. Basta conocer el genio del pueblo romano para descubrir la verdadera causa de su odio a Carvilio; no fue el repudio de su mujer, acto que al pueblo no le interesaba, sino el haber cedido al requerimiento de los censores, en el cual veía el pueblo un nuevo yugo que pretendían imponerle aquellos magistrados. Haré ver más adelante (10) las repugnancias que esas reglamentaciones le causaron siempre al pueblo.

Pero, ¿de qué puede provenir esa contradicción entre los autores? De esto: Plutarco ha examinado un hecho y los otros han contado una maravilla.


Notas

(1) Vida de Rómulo, por Plutarco.

(2) Una ley de Solón.

(3) Mimam res suas habere jussit, ex duodecim tabulis causam addidit. (2a. Filípica).

(4) Quinientos años, según Dionisio de Halicarnaso y Valerio Máximo; quinientos veintitrés años, según Aulo Gelio.

(5) Véase el Discurso de Veturia, en Dionisio de HalicarnasO, lib. VIII.

(6) Plutarco, Vida de Rómulo.

(7) Carvilio Ruga fue censurado, según Valerio Máximo, porque pudo más en él su afán de tener hjos que la fe conyugal.

(8) En la comparación de Rómulo con Teseo.

(9) Antes de la ley de las Doce Tablas no había censores; su creación es posterior en algunos años a la de los decenviros. )CréVier).

(10) En el libro XXIII, cap. XXI.


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