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CRÓNICAS Y DEBATES
DE LAS SESIONES DE LA
SOBERANA CONVENCIÓN REVOLUCIONARIA

Compilador: Florencio Barrera Fuentes

SESIÓN DEL 18 DE ENERO DE 1915 CELEBRADA EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Crónica del periódico La Convención, publicada en su edición del día 19 de enero de 1915


Ayer, a las cuatro y minutos de la tarde, presidida por el general Otilio Montaño, se abrió la sesión de la Soberana Convención. En seguida se dio lectura al acta de la celebrada el día 16. Sin discusión se aprobó en votación económica, y después la Secretaría dio cuenta con una proposición subscripta por el ciudadano Palacios Moreno, en la que solicita se prevenga al ex Presidente Eulalio Gutiérrez, y a los que lo acompañaron, que se les conceden tres días, durante los cuales tendrán garantías, para devolver los fondos que substrajeron de las Cajas del Erario; en la inteligencia de que, si no lo verifican, se les considerará como responsables del delito de peculado a que se refiere el artículo 1026 del Código Penal.

La Asamblea, considerando que el asunto era de obvia y urgente resolución, aprobó dicha proposición y acordó que se llamara al actual Tesorero para que rindiera informes detallados sobre el particular.

Presente el referido Tesorero, informó que en la madrugada del día 16, a las dos de la mañana, algunos jefes militares se presentaron en la casa habitación del Tesorero Domingo Valdés Llano, y lo condujeron al domicilio del ex Presidente Gutiérrez, quien le ordenó entregara a los jefes militares que lo conducían, los fondos existentes en la Tesorería. El mencionado Valdés Llano lo hizo así y, según recibo firmado por el coronel F. Delgado, que leyó el ciudadano Poulat, aparece que en manos del expresado militar y para ser conducidos al lugar que el Presidente Gutiérrez indicara, se le entregaron $10.453,473, habiéndose logrado salvar una suma de cerca de cuatro millones de pesos.

Oído el informe, la Secretaría preguntó a la Asamblea si aprobaba la moción presentada. La Asamblea contestó por la afirmativa.

Continuó en lo particular la discusión del artículo segundo del Proyecto de Ley sobre organización del Poder Ejecutivo, durante el período preconstitucional. Dicho artículo dice:

En caso de falta temporal o absoluta del Presidente Provisional, lo substituirá en sus funciones el Ministro de Relaciones Exteriores o el que siga en el orden del Protocolo, mientras la Convención designa nuevo Presidente.

Propuso el ciudadano Pérez Taylor que, en lugar de decir que en las faltas del Presidente lo substituirá el Secretario de Relaciones, se estipule que habrá un Jefe de Gabinete, para procurar, de ese modo, acercarse más al sistema parlamentario que se trata de establecer, en nuestra patria.

En defensa del artículo habló el ciudadano Soto y Gama, sosteniendo que el procedimiento indicado por el Delegado Pérez Taylor traería entre nosotros grandes inconvenientes y pocas o ningunas ventajas.

Insiste el ciudadano Pérez Taylor en su indicación y cita al efecto todos los antecedentes y detalles que distinguen al Parlamentarismo que será una nueva institución entre nosotros.

La Asamblea consideró suficientemente discutido el punto y en tal virtud se procedió a recoger la votación, nominalmente, habiendo resultado aprobado el artículo segundo por 66 votos contra cuatro, que resultaron por la negativa.

A continuación fue puesto al debate en lo general, el artículo tercero, que dice:

La Convención, constituida en Gran Jurado y mediante el voto de las dos terceras partes de los delegados presentes, podrán destituir al Presidente de la República, por alguna de las causas siguientes:

I. Si el referido funcionario viola o deja de cumplir los acuerdos de la Soberana Convención, y entre ellos, los principios del Plan de Ayala, que fueron aceptados por la misma en Aguascalientes.

II. Si el presidente atenta contra la soberanía y la integridad de la Convención.

III. Si se separa de la residencia oficial de la Convención, sin permiso de ésta o de la Comisión Permanente, en su caso.

IV. Si resuelve cualquier negocio de alta política, sin previo acuerdo del Consejo de Ministros.

Al terminar la lectura de este artículo, se dio cuenta con una proposición subscripta por los ciudadanos Treviño y Pérez Taylor, para que se modificara en el sentido de que en él se exprese claramente que los ministros sean solidarios ante la Convención de la política general del gobierno e individualmente de sus actos personales.

Los autores de la proposición hacen uso de la palabra para apoyarla, y en defensa del artículo hablan los ciudadanos Soto y Gama, Orozco, Montaño, Mejía y Reynoso, sosteniendo que la cláusula a debate, debe aceptarse como está, pues de esa manera los mandatarios que, como el que acaba de fugarse, faltan por completo a sus deberes, tendrán una cortapisa, ya que ante todos y ante todo, está el bien de la nación.

Considerado suficientemente discutido, en lo general se aprobó el artículo 3°, por mayoría de votos. Luego se puso a discusión en lo particular el primero de los incisos que contiene. El ciudadano Pérez Taylor, propuso que en lugar de decir principios del Plan de Ayala se dijera entre ellos, el programa de gobierno político y social.

El Delegado Montaño se opone enérgicamente a nombre suyo y de todos los surianos, a la modificación propuesta; lo apoya el ciudadano Santoyo y el Delegado Pérez Táylor, declara que en vista de las razones expuestas, retira su indicación, y está dispuesto a aprobar el inciso tal corno está.

Continuó la discusión y el Delegado Encinas dice que en su deseo de que la Convención sea consecuente con el régimen parlamentario, no podrá él dar su voto aprobatorio a los incisos 1° y 4° del artículo 3°, porque en ellos se hace responsable al presidente de los actos de sus ministros, y no considera justo que se le castigue por la delincuencia de otros.

El ciudadano Soto y Gama reconoce que el argumento del delegado impugnador no carece de vigor; pero le hace notar que olvida hechos que exigen la implantación del proyecto tal como está redactado. Se refirió a los casos en que el presidente puede obrar fuera de su esfera de acción oficial, haciendo política de división o de soborno, y demostró que la enseñanza, que hechos recientes nos han dado, exige más que nunca la existencia de una prevención como la que se está discutiendo.

Sin más discusión, por mayoría de votos, se aprobó el inciso primero y por unanimidad, sin suscitarse debate, los incisos segundo y tercero.

Los signatarios del dictamen piden permiso para retirar el inciso cuarto por considerarlo de redundante, y así se hace con acuerdo unánime de la Asamblea.

Antes de pasar adelante, el ciudadano Soto y Gama interpela a la presidencia, sobre los rumores que circulan, acerca de que las fuerzas que custodian la capital, piensan evacuarla.

El presidente, general Montaño, contesta que el Ejército Libertador cuenta en la capital con un efectivo de siete mil hombres, y que no sólo cumplirá con su deber, defendiendo a la sociedad, sino que en caso necesario, tornará la ofensiva contra los que intenten perturbar el orden.

El doctor Cuarón interpela a su vez sobre la voz que corre de que los empleados de las Líneas Nacionales han recibido órdenes para abandonar la población; y, la presidencia contesta que nada sabe sobre el particular; pero que ya se recaban informes y en caso de ser confirmada la versión se tornarán las medidas convenientes.

El general Santos Coy informa que gran número de las tropas prófugas han reconocido a la Convención y se han puesto a las órdenes de la misma.

La Secretaría da lectura a algunos documentos en cartera, y después a la proposición subscripta por varios delegados para que se mantenga al general Villa en su carácter de jefe de las operaciones del Ejército convencionista, que lucha contra los enemigos de la Convención.

Después de un ligero debate sobre la forma en que debía redactarse el acuerdo referido, el mismo se aprobó con aplauso, disponiéndose que se comunicara desde luego y por telégrafo al general Villa.

El acuerdo que se aprobó, quedó redactado de la manera siguiente:

En vista de que el ex Presidente Gutiérrez procuró restar a la Convención el poderoso elemento de fuerza militar que manda el general Villa, separándolo de la jefatura de las operaciones contra los enemigos de ella, y tomando en cuenta que el propio general ha sellado con la firmeza de sus actos la lealtad que juró a la Convención de Aguascalientes, y que, por tanto, estamos obligados a corresponderle su actitud, reiterándole nuestra confianza, debe aprobarse el siguiente acuerdo:

Satisfecha la Soberana Convención de la lealtad y patriotismo con que hasta hoy le ha prestado sus servicios a la causa revolucionaria el ciudadano general Francisco Villa, resuelve mantenerlo en el mando, como general en jefe de las fuerzas convencionistas, y de las operaciones militares de las mismas.

Comuníquese al expresado jefe militar, para su conocimiento y fines consiguientes.

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