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LA HISTORIA DE LA FAMILIA CARABAJAL

Un tétrico y abominable caso de la Santa Inquisición en México

SEGUNDA PARTE


El domingo 8 de Diciembre de 1596, en la Plaza mayor de México, y delante de las Casas de cabildo, celebraba la Inquisicion un auto público de fé, y a este auto público salian como penitenciados Doña Francisca Núñez de Carabajal y sus hijos Don Luis, Doña Leonor, Doña Isabel y Doña Catalina.

Vamos a ver por qué estaban allí y cuál es la suerte que les esperaba.

Por el mes de Enero de 1595, el fiscal de la Inquisicion, que lo era en aquella época el Dr. Martos Bohorques, acusó formalmente ante los Inquisidores Dr. Lobo Guerrero y Don Alonso de Peralta, a Doña Francisca de Carabojal y a sus hijos, por observantes de la ley de Moisés, con la agravante circunstancia de que todas estas personas habian sido ya procesadas y reconciliadas por el mismo delito en el año de 1590.

Los Inquisidores, como era natural, ordenaron la prisión de los reos, que fueron conducidos inmediatamente a las cárceles secretas del Santo Oficio.

Dióse principio a las causas, cuyos procedimientos, siendo en todo semejantes a los que dejamos explicados en el capítulo anterior, no es necesario explicarlos ni repetirlos.

Como de costumbre, unos individuos de la familia declararon contra los otros: volvieron a aparecer multitud de personas complicadas, y se acumularon testificaciones sobre testificaciones.

Hay, sin embargo, en el proceso de Don Luis Carabajal, curiosas diligencias, de las que no queremos privar a nuestros lectores, para que se formen mejor idea del carácter de los Ministros, y modos de enjuiciar en el Santo Oficio, en cuyo tribunal no se despreciaba medio alguno para conocer los pensamientos del acusado y para eliminar su conciencia, por mas que estos medios parezcan reprobados e ilícitos, ahora que está prohibido a los jueces hasta hacer preguntas capciosas a los acusados.

Los Secretarios del Santo Oficio y los Alcaides andaban constantemente escuchando en las puertas de los calabozos de los presos, para saber sus conversaciones y delatarlas a los Inquisidores; y los presos eran encerrados juntos para que unos vinieran a delatar las pláticas y conversaciones de los otros. Así consta en muchas diligencias; por ejemplo, en la siguiente:

DECLARACIÓN DEL SECRETARIO PEDRO DE MAÑOSCA

En la ciudad de México, a 16 dias del mes de Octubre de mil y quinientos y noventa y cinco años, estando en su audiencia de la mañana los Sres. Inquisidores Dr. Lobo Guerrero y Lic. Don Alonso de Peralta, pareció en ella de su voluntad, Pedro de Mañosca, Secretario de este Santo Oficio, del cual siendo presente fue recibido juramento en forma debida de derecho, so cargo del cual prometió de decir verdad, y dijo de ser de edad de 34 años, poco mas o menos, y dijo: que por deseargo de su conciencia viene a decir y manifestar lo que oyó á los tres, cuatro, cinco y seis de este presente mes y año, hallándose en todos estos cuatro dias desde las siete horas hasta las ocho por la noche, a la puerta de la cárcel, donde estaban juntos Luis de Carabajal, preso en este Santo Oficio y reconciliado que ha sido por él, y Luis Diaz, clérigo, habiendo ido allí en compañia y juntamente con Pedro de Fonseca, Notario de los Secretos de este Santo Oficio, y de Gaspar de los Reyes, Alcaide de las cárceles secretas dél, por órden y mandado de los dichos Sres. Inquisidores. Y lo que pasa es que habiendo hallado al dicho Luis de Carabajal, que es muy conocido en la voz, cantando en voz alta un romance en que parece alaba a Dios y a sus grandezas, que por haber durado poco no pudo prevenir este ni entender cosa dél para decirlo por sus palabras. Oyó que el dicho Luis Diaz, clérigo, dijo al dicho Luis de Carabajal: - deje agora de cantar y digame, ¿San Pedro en el infierno está? -y respondió el dicho Luis de Carabajal- Si, y no quisiera yo tener tanto fuego como él en la trasera- diciéndolo suciamente, y que tambien estaban en el infierno Juan Garrido y su madre Maria Fernandez, diciéndolo por Ntro. Sr. Jesucristo y Ntra. Sra. la Virgen.

Por este estilo fueron las declaraciones de Fonseca y de Gaspar de los Reyes, y de los presos que sucesivamente fueron encerrando con Luis de Carabajal; conviniendo todas sus declaraciones, sin embargo, en que Carabajal estaba resuelto a vivir y morir en la ley de Moisés.

El 17 de Marzo de 1595, Gaspar de los Reyes Plata se presentó en la audiencia de los Inquisidores y dijo:

Que por descargo de su conciencia viene a decir y manifestar que el sábado en la noche, 13 del presente mes y año, llevando de cenar a Luis de Carabajal, preso en este Santo Oficio, le dió un melón comenzado que este le habia dado para comer, y le dijo que llevase aquel melon a Doña Leonor de Carabajal, su hermana, la cual, por lo que el dicho Luis de Carabajal muchas veces ha dicho a este, entiende que está presa con las demás y su madre; y luego dijo: que entiende el dicho Luis de Carabajal, que están presas las dichas Doña Leonor y su madre, porque ha dicho a este, nombrándolas, que tenga cuenta con ellas y las regale. Y este despues miró dentro en el melón y halló entre las pepitas y al cabo de él, un hueso de ahuacate envuelto en un pedazo de tafetan como morado, de que hizo demostracion, y luego como lo vió envuelto en dicho tafetan, lo llevó al dicho Sr. Inquisidor Dr. Lobo Guerrero para que lo viese, el cual le mandó que lo guardase para presentarlo en el tribunal, y las letras que están escritas en dicho hueso, que se pueden leer, dicen de esta manera: Paciencia como Job; y las letras que se siguen no se pueden leer, porque con el tiempo que ha pasado se han revenido en el dicho hueso de ahuacate, y otras letras que están en el mesmo hueso, que se pueden leer, dicen de esta manera: - Alma de mi corazón, visíteos A. N. S., que al parecer quieren decir las dichas letras Adonay, Nuestro Señor, y en el dicho hueso hay otras letras que dicen: - yo la tengo Gloria a Dios con grillos estoy por mi Dios.

Y asi mesmo, y el dicho Luis de Carabajal, el domingo siguiente, 14 dias del mesmo mes y año, le dió a este un plántano para que diese a la dicha Doña Leonor su hermana, en el cual plántano con mucha sutileza, en medio de él, sacada la carne que bastaba para poner un hueso de ahuacate, estaba metido el dicho hueso envuelto en un tafetan y de la mesma color morada, y en el dicho hueso habia escrito las letras siguientes: Albricias que los ángeles y santos de Adonay en el parayso nos esperan, mártires mías, benditas de Adonay. Yo pensé ir sólo, bendita mía; envíame señas si estas sola o no, acuérdese Adonay de la madre santa, y a ti y a ella tengo en el corazón.

Muchos recados escritos en huesos de aguacate siguió presentando el Alcaide, y en todos ellos se descubre el tierno cariño que Luis de Carabajal profesaba a su madre y hermanas, y la fe ardiente que tenia en su religión.

Hay uno de estos recados que no podemos menos de copiar; iba también escrito en un hueso de aguacate y dirigido a Doña Leonor, y decía así:

Ángel mío, albricias, que mejor viaje es el del Parayso que el de Castilla; bienaventurado el pan que comiste, y el agua que bebiste, y la tierra que pisaste y el vientre en que anduvimos, que de aquí a poco hemos de ir a profesar la religión sacra de los ángeles y santos, y a ver la tierra suya de Adonay. ¡Oh qué ricos jardines, músicas y fiestas nos esperan; lindos torneos se han de hacer en el cielo cuando Adonay nos corone por su firme fe; nadie desmaye, que su vida con ayuda que Adonay, mi señor, nos dé, la cuesta de esta cárcel es la gloria; quién pudiera contaros todo lo que el Señor me ha mostrado; mas con su ayuda, presto nos veremos; tres semanas estuve en un calabozo; ya me sacó Adnay, mi señor, y me puso donde veo el cielo, día y noche; una Biblia, con milagro, tuve ocho días aquí; benditas de Adonay, por acordarme de vos, de mí me olvido.

Aun sigue mas adelante esta carta, y parece increible que tanto pudiese escribirse en un hueso de aguacate. Sin embargo, así consta de los autos originales.

Los Inquisidores mandaron al Alcaide, no solamente que admitiese esos recados de Don Luis para sus hermanas, sino que con objeto de saber lo que se escribia, encargaron al dicho Alcaide que como al descuido llevase las correspondencias a quienes iban dirigidas, y dejase en los calabozos pluma, tinta y papel; así consta en el expediente original.

En una de esas declaraciones, dice:

Y para que el dicho Luis de Carabajal pudiese escribir, visto que escribia en los huesos de ahuacate, le dejo un tintero muy al descuido, por mandado de los dichos Sres. Inquisidores.

Mas adelaDte hay una diligencia en que dice, hablando de los papeles que como resultado de esta intriga traidora escribió Luis de Carabajal, y entregó el Alcaide Gaspar de los Reyes Plata:

Y vistos los dichos papeles por los Sres. Inquisidores, Dr. Lobo Guerrero y Lic. D. Alonso de Peralta, mandaron se le entreguen al dicho Alcaide para que entre algunas frutas y muy al descuido y con mucha disimulacion, los dé a la dicha Doña Leonor, juntamente con una de las peras (en estas peras venia escrito un recado), la mayor que hoy dicho dia así mesmo exhibió el dicho Alcaide, como lo tiene declarado en su dicho, y que esté muy advertido de mirar con mucho cuidado si le diere la dicha Leonor para su hermano Don Luis de Carabajal algun recado de frutas o en otra cualquier manera, y antes de entregarlo lo traiga al tribunal, y que con la mayor disimulacion en algun plántano o plántanos, envuelto en algun lienzo, le dé tambien á la dicha Doña Leonor un pliego de papel blanco y pluma para ocasionarla á que responda al dicho su hermano, para que se descubra la verdad y se administre justicia.

Don Luis Y sus hermanas cayeron inocentemente en la red que les tendian aquellos hombres sin corazon, y sostuvieron una larga correspondencia por medio de cartas que, antes de llegar a su destino, se copiaban íntegras en el proceso.

Muchas de ellas, sin embargo, se agregaron originales á la causa, y se experimenta una extraña sensacion al recorrer aquellas líneas trazadas por la vacilante mano de los que, viviendo en tan dura prision rodeados de enemigos y de traiciones, y próximos ya a espirar en una hoguera, mostraban una fe tan ardiente en sus doctrinas y una tan grande entereza de alma.

Segun las reglas de procedimiento, dadas para el Santo Oficio por el célebre Torquemada, el mas terrible de los Inquisidores de España, jamás el acusado debia conocer los testigos ni saber su nombre, observándose tanto cuidado en esto, que si alguna circunstancia habia en la declaracion, por donde el reo pudiera adivinar o venir en concocimiento de quién era el testigo, debía suprimirse esta parte de la declaracion al notificársela al reo; y como última precaucion se observaba por regla general que las declaraciones de los testigos, al comunicarse al reo, se pusieran en tercera persona, aun cuando el testigo hubiera hablado en primera; así, si este decia que el reo le había dicho tal cosa, al leerle a aquel la declaracion, se decia que un testigo declaraba que el reo habia dicho á cierta persona aquello mismo, para que ni aun por esto pudiese venir en conocimiento de quién era el testigo.

Uno de los testigos en la causa de la familia Carabajal, y denunciado por ellos, fue llevado a la Inquisicion y procesado.

Confesó sus propias culpas; pero cuando fue requerido como testigo, se nego enérgicamente a declarar. Víctima de su lealtad, no quiso descubrir nada que pudiera perjudicar a los mismos que le habian traido a aquella situacion, y esto provenia sin duda del miSterio con que se guardaba el nombre de los testigos. Quizá si Manuel Dias, que así se llamaba este infeliz, hubiera sabido que los Carabajales habian tenido la debilidad de denunviarle, no habria sufrido tan terribles tormentos en la Inquisición.

En efecto, increible parece la energía de este hombre en el sufrimiento; y su constancia venció la crueldad de los Inquisidores. Por esta circunstancia notable se hace preciso copiar la diligencia de tormento, que puede dar una idea completa de la heróica resolucion de aquel hombre y de la saña de sus jueces.

CÁMARA DEL TORMENTO

Y con tanto fue mandado llevar a la cámara del tormento, donde fueron los dichosSres. Inquisidores y ordinario como a las ocho horas y tres cuartos de la mañana.

MONICIÓN

Y cuando en ella fue vuelto a amonestar que diga la verdad por reverencia de Dios, y no se quiera ver en tanto trabajo, en que tiene tanto que pasar y padecer, como entenderá en el discurso del tormento, dijo que él ha dicho la verdad.

ENTRÓ EL MINISTRO

Y con esto fue mandado entrar y entró el Ministro, y que lo desnude.

DESNUDO

Y cuando desnudo, en carnes, con unos zaragüelles de lienzo, fue tornado a amonestar que diga la verdad y no de lugar a que se pase adelante. Dijo: que si él no dijera la verdad, que no viniera aquí, y como él defiende su verdad, le ayude su Dios y le dé esfuerzo para pasar este trabajo.

Fueronle mandados ligar los brazos flojamente, y ligados, amonestado que diga la verdad, dijo que él ha dicho la verdad.

VUELTA DE CORDEL A LOS BRAZOS

Amonestado que diga la verdad, se le mandó dar una vuelta de cordel a los brazos; diósele y apretósele; dijo con voz muy baja, misericordia, que él ha dicho la verdad y callaba.

VUELTA SEGUNDA

Amonestado que diga la verdad, se le dió segunda vuelta de cordel; dió gandes voces, ay, ay, ay de mí, que ya la he dicho, y quejábase mucho. Dios habed misericordia de mi.

VUELTA TERCERA

A,onestado que diga la verdad, se le dió tercera vuelta de cordel a los brazos; dijo: ay Dios de mi alma, ay de mí, que me matan, que me matan, muchas veces y con grandes voces, que no puedo decir lo que no hice, quítenme la vida.

VUELTA CUARTA

Amonestado que diga la verdad, se le dió cuarta vuelta de cordel a los brazos, dió grandes voces, que me muero, que me muero, que yo no puedo decir lo que no hice, mátenme, mátenme.

VUELTA QUINTA

Amonestado que diga la verdad, se le dió quinta vuelta de cordel a los brazos; dijo: Dios, que sabe la verdad que yo defiendo, me ayude; quítenme la vida, ay de mí. Ay de mí, quítenme la vida, ya he dicho la verdad, ya he dicho la verdad, con grandes voces.

VUELTA SEXTA

Amonestado que diga la verdad, se le dió sexta vuelta de cordel a los brazos; dió grandes voces, que ya la he dicho, que ya la he dicho, miren que tengo cinco hijos, ay de mí, ay de mí, que no he de decir lo que no hice.

VUELTA SÉPTIMA

Amonestado que diga la verdad, se le dió séptima vuelta de cordel; ay, ay, señores mios, que no puedo decir lo que no hice, mis señores, que tengo cinco hijos, acábame de una vez, hermano.

VUELTA OCTAVA

Amonestado que diga la verdad, se le dió octava vuelta de cordel a los brazos; y decía muchas veces, acábame de una vez, no sea parte del dolor para que yo diga lo que no hice, acábame de una vez la vida.

VUELTA NONA

Amonestado que diga la verdad, se le dió nona vuelta de cordel en los brazos; hayan misericordia de mí, que yo holgara cien mil veces que fuera verdad, para no me ver en esto, que no permitan que yo diga lo que no hice.

VUELTA DÉCIMA

Amonestado que diga la verdad, se le dió la décima vuelta de cordel, dió voces y dijo: que pluguiera a Dios que hubiera hecho lo que le levantan

Preguntado qué es lo que había de ser verdad y qué es lo que le levantan, dijo que eso que esta en ese proceso, y no se le pudo sacar más, y que no sabía lo que estaba en él, acábame, acábame, lo cual dijo a grandes voces, y pluguiera a Dios que fuera verdad, porque mi cuerpo no padeciera.

Preguntado qué había de ser verdad, dijo: qué se yo, eso que está en ese proceso, que yo guardo la ley de Moysen y padecer el alma, que padezca el cuerpo, dijo: que dijo que fuera verdad para pedir misericordia.

POTRO

Y habiéndosele dado las dichas diez vueltas de cordel, fue mandado tender y ligar en el potro, y que se le pongan los garrotes a los muslos y espinillas y molledos.

MONESTACIÓN

Y habiéndose tendido, ligado y puestos, fue muy amonestado diga verdad, con apercibimiento que se proseguiría el tormento, dijo: Sr. Ilustrisimo, pluguiera a la sacratísima Vírgen que fuera verdad cien mil veces para que yo no padeciera.

GARROTE PRIMERO

Amonestado que diga la verdad, se le dió y apretó el garrote del molledo derecho, y dijo llorando: quítenme la VIda, que ya la he dicho; quiébranme el brazo: acábese la vida de una vez.

GARROTE SEGUNDO

Amonestado que diga la verdad, se le apretó el garrote del molledo del brazo izquierdo. Ay, hermano, que me matais; la verdad digo, así ella me valga, acábenme de una vez.

GARROTE TERCERO

Amonestado que diga la verdad, se le dió y apretó el garrote e del muslo derecho, y decia con voz baja muchas veces: acábame ya, hermano, que ya la he dicho.

GARROTE CUARTO

Amonestado que diga la verdad, se le apretó el garrote del muslo izquierdo, y decia con voz baja: ay, ay, ay, acábame la vida; quedáos con Dios, hijos.

GARROTE QUINTO

Amonestado que diga la verdad, se le apretó el garrote de la espinilla derecha, y dijo con voz baja, que la ha dicho: ya se acabó la vida, muchas veces.

GARROTE SEXTO

Amonestado que diga la verdad, se le apretó el garrote de la espinilla izquierda, y con voz muy baja dijo.: que la ha dicho; ya se acabó la vida, hijos mios, quedáos con Dios: ya he dicho la verdad, señor, ya mi vida se me arranca, no permitan que yo muera aqui.

GARROTE SÉPTIMO

Amonestado que diga la verdad, se le dió y apretó el molledo del brazo derecho, y dijo algo mas alto: señores, acábenme la vida de una vez; acábenme la vida de una vez, el que lo padece lo sabe.

APRIÉTANSE MÁS LOS GARROTES

Amonestado que diga la verdad, se mandaron apretar todos los dichos garrotes, dándosele vuelta: ay, Dios de mi alma, ya la he dicho; lo cual dijo con voz alta, y quejábase mucho, como llorando: que ya la he dicho; ay, ay, que ya he dicho la verdad, así ella me valga.

JARROS DE AGUA
PRIMERO

Pasósele la toca sobre la boca, metida hasta la garganta con un palo, y echado un jarrillo de agua, que hacía un cuartillo, dijo: sáquenme de aquí, no permitan que muera aquí, no permitan que diga lo que no hice.

SEGUNDO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.

TERCERO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.

CUARTO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma, y quitada la toca dijo que ya ha dicho la verdad.

QUINTO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.

SEXTO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.

SÉPTIMO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma, y quitada la toca dijo que ya ha dicho verdad.

OCTAVO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.

NOVENO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.

DÉCIMO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.

UNDÉCIMO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma, y quitada la toca dijo que ya ha dicho la verdad.

DUODÉCIMO

Echósele otro jarro de agua, la mesma forma, y quitada la toca dijo que ya ha dicho la verdad.

Quitada la argolla de la garganta, y preguntando si quiere decir algo, dijo que la verdad ha dicho, así ella le valga, y quejábase con voz baja, y que más valiera que fuera verdad.

Amonestado que diga la verdad, fue tendido en el potro: dijo que no se permita que diga lo que no es verdad: señores, no muera yo aquí.

Amonestado que diga la verdad, se le tornó a poner la argolla de hierro en el cuello, y dijo con voz alta: Ay, Sr. Ilustrísimo, que ya la he dicho, así Dios se acuerde de mi alma.

Lo cual todo visto por los dichos Sres. Inquisidores y ordinario, mandaron cesar el tormento, no lo habiendo por suficiente atormentado y con protestación de lo continuar cada y cuando que convenga. Y así se le notificó y dijo que lo oía.

Y con esto fue desligado de los brazos y llevado a su cárcel, donde curado y mirado a lo que padeció, aunque lastimado, no había lissión ni quebradura.

Acabóse esta diligencia del tormento como a las diez horas y media de la mañana.

Paso ante mí.

Pedro de Mañosca

A pesar de todo, a este testigo le fue dado garrote, y fue quemado en el Auto de fe del día 8 de diciembre de 1596, en cuyo Auto corrieron la misma suerte la mayor parte de las personas de la familia Carabajal, como se verá más adelante.

Isabel Rodriguez, mujer de este desgraciado y madre de sus cinco hijos, sufrió tambien el tormento, soportando nueve vueltas de cordel en los brazos, nueve gorrotes en el potro y tres jarros de agua, despues de lo cual confesó y salió tambien al Auto de fe mencionado, condenada a cárcel perpetua.

El marido tenia 36 años de edad, y la mujer 32.

Don Luis de Carabajal siguió en la prisión, y siguiéronse los procesos de su madre y hermanas, solo que ya entonces Luis de Carabajal fue conocido con el nombre de José Lumbroso, porque declaró:

Que Lumbroso tomó por un sueño que solió, estando preso en esta cárcel agora cinco años, y fue que soñó que via una redoma llena de un licor muy precioso, metida en una fundilla como de sombrero, y que le decia Dios a Salomon: toma una curacha de este licor y métela en la boca de este muchacho; y Salomon le metió una cucharada de aquel licor en la boca de este, y entonces este despertó, y quedó tan consolado, que no sentia la prision de alli adelante tanto como antes, y entendió este que aquel sueño fue una lumbre que Dios le quiso dar para que guardase la Ley de Moysen y entendiese la Sagrada Escritura.

Luis de Carabajal no tuvo fuerzas ni para sostener la fuerza del tormento, porque era tal el terror que le causaban los Inquisidores, que en una de sus declaraciones dijo:

que no se haye en ella el Sr. Inquisidor Lic. Don Alonso de Peralta, porque le tiemblan las carnes en verle.

Un dia, al salir de la Audiencia Luis de Carabajal, y conduciéndolo a su cárcel Gaspar de los Reyes y Pedro de Fooseca, aquel infeliz, cansado ya de sufrir y no teniendo mas porvenir que la hoguera, hizo acabar de una vez con su vida, y arrancándose violentamente de las manos de sus conductores, se arrojó al patio desde el corredor de la Audiencia.

Pero aun en esto le fue adversa la suerte, y fue conducido a su calabozo sin haber sufrido daño alguno de consideración.

Por fin, Luis de Carabajal fue condenado, no sin que antes se hubiera procurado, conforme a lo dispuesto por las leyes que regian en la Inquisicion, convencerle de sus errores, haciéndole abjurar de la ley de Moisés y convencerle de la de Jesucristo, para lo cual se echaba mano en dichos casos de los maestros mas notables en la Teología. Consta en el proceso esta razon:

En la ciudad de México, sábado 2+ dias del mes de Agosto de mil y quinientos y noventa y seis años, dia del Glorioso y bienaventurado Apóstol, estando en su Audiencia de la tarde los Sres. Inquisidores Dr. Lobo Guerrero y Lic. D. Alonso de Peralta, presentes los Maestros Fray Pedro de Agurto y Fray Diego de Contreras, de la Orden de San Agustin, qualificadores de este Santo Oficio, mandaron traer de su cárcel al dicho Luis de Carabajal, y siendo presente, le fue dicho como habian venido los dichos Maestros Fray Pedro de Agurto y Fray Diego de Contreras, para satisfacerle de las dudas que tiene, y que por amor de Dios esté atento a lo que le dijeren, para satisfacerJe de ellas, y habiendo estado con él tres horas y media, satisfaciéndole sus dudas y diciéndole despues qué era lo que queria creer y tener, dijo: que queria tener y creer, vivir y morir en la ley que Dios Nuestro Señor dió al Santo Moysen.

Y visto lo susodicho, los dichos Sres. Inquisidores lo mandaron llevar a su cárcel, con lo que cesó la Audiencia y se salieron de ella, y a los dichos qualificadores se les mandó que guarden secreto debajo del juramento que tienen hecho.

A 121 ascendió el número de las personas testificadas o acusadas por Luis de Carabajal en su proceso, y contra todas ellas se siguió causa. La sentencia definitiva contra Luis de Carabajal, fue la siguiente:

Chisti Nomine Invocato

Paliamos atentos los autos y méritos del dicho proceso, el dicho Promotor fiscal, haber probado bien y cumplidamente su acusacion, segun y como probarle convino. damos y pronunciamos su intencion por bien probada; en consecuencia de lo cual. que debemos de declarar, y declaramos que el dicho Luis de Carabajal haber sido y ser hereje, judaisante. apóstata de nuestra Santa Fe Católica. fautor y encubridor de herejes, judaisantes, ficto y simulado confitente, impenitente relapso, dogmatista pertinaz, y por ello haber caido y incurrido en sentencia de excomunion mayor, y estar de ella ligado y en confiscacion y perdimiento de todos sus bienes, los cuales mandamos aplicar y aplicamos a la Cámara y fisco real de Su Majestad, y a su receptor en su nombre, desde el dia y tiempo que comenzó a cometer los dichos delitos de herejía, cuya declaracion en nos reservamos, y que debemos de relajar y relajamos la persona de dicho Luis de Carabajal a la justicia y brazo seglar, especialmente al Lic. Vasco López de Bivero. corregidor de esta ciudad, al cual rogamos y encargamos como de derecho mejor podemos, se hagan piadosamente con él, y declaramos los hijos y hijas del dicho Luis de Carabajal, y sus nietos por línea masculina, ser inhábiles e incapaces, y los inhabilitamos para que no puedan tener ni obtener dignidades, beneficios ni oficios, así eclesiásticos como seglares, ni otros oficios públicos o de honra, ni poder traer sobre sí ni su persona, oro, plata, perlas, piedras preciosas ni corales, seda, camelote. ni paño fino, ni andar a caballo, ni traer armas, ni ejercer, ni usar de las otras cosas que por derecho comun, leyes y pramática de estos Reynos e instrucciones y estilo del Santo Oficio, a los semejantes inhábiles son prohibidas. Por esta nuestra sentencia definitiva, juzgando así lo pronunciamos y mandamos en estos escritos, y por ellos.

El Dr. Lobo Guerrero
El Lic. Don Alonso de Peralta
Mr. Don Juan de Cervantes.

Esta sentencia se pronunció estando celebrando auto público de la fe. en la a Plaza mayor de esta ciudad, en las Casa de cabildo de ella, sobre unos cadalsos y tribunal alto de madera que en ellas habia, domingo, dia de Ntra. Sra. de la Concepcion, 8 dias del mes de Diciembre de mil y quinientos y noventa y seis años.

Entregado Luis de Carabajal al brazo secular, acto continuo, se pronunció la sentencia siguiente:

En la ciudad de México, domingo, 8 dias de Diciembre de mil y quinientos y noventa y seis años: estando en la Plaza mayor de ella, en las Casas del Cabildo. haciéndose y celebrándose auto público de la fe, por los Sres. Inquisidores apostólicos de esta Nueva España, fue leida una causa y sentencia contra Luis de Carabajal, reconciliado que ha sido en este Santo Oficio, que está presente, por la cual se manda relajar a la justicia y brazo seglar por relapso, impenitente pertinaz, y vista por el Lic. Vasco López de Bivero, corregidor de esta dicha ciudad, por Su Majestad, la dicha causa y sentencia y remision fecha, y la culpa que resulta contra dicho Luis de Carabajal, y que se le entregó personalmente, pronunció contra él estando sentado en su tribunal, adonde para este efecto fue llevado, la sentencia del tenor siguiente:

Fallo, atenta la culpa que resulta contra el dicho Luis de Carabajal, que lo debo de condenar y condeno a que sea llevado por las calles públicas de esta ciudad, caballero en una bestia de albarda y con voz de pregonero, que manifieste su delipto, sea llevado al Tiangues de San Hipólito, y en la parte y lugar que para esto está señalado. sea quemado vivo y en vivas llamas de fuego. hasta que se convierta en cenizas y dél no haya ni quede memoria. Y por esta mi sentencia definitiva, juzgando, ansí lo pronuncio y mando.

El Lic. Bivero.

Cumplióse la dicha sentencia, y la misma suerte cupo a la madre y hermanas de Lnis de Carabajal.

Y en el auto de fe celebrado el 8 de Diciembre de 1596, murieron en la hoguera, segun la relación original de dicho auto, Doña Francisca de Carabajal y sus hijos Doña Isabel de Carabajal, Doña Catalina de Carabajal, Doñaa Leonor de Carabajal y Luis de Carabajal. Ademas de estos, fueron también relajados en persona, y murieron en el mismo dia, Manuel Diaz, Beatriz Enriquez, Diego Euriquez y Manuel de Lucena. Solo Doña Mañana de Carabajal quedó por eutonces libre, en atencion a que estaba demente; pero como se verá mas adelante, fue tambien quemada en el año de 1601.

Doña Mariana de Carabajal, sin duda por el terror que le causaron los procesos seguidos contra su familia, perdió la razon.

Loa Inquisidores esperaron con paciencia a que la recobrara; recobróla en efecto, y fue juzgada y sentenciada a relajar, y entregada al brazo seglar en el auto de fe del 25 de Marzo de 1601. La sentencia del Corregidor dice así:

Fallo atenta la culpa que resulta contra la dicha Doña Mariana de Carabajal, que la debo de condenar y condeno a que sea llevada por las calles públicas de esta ciudad, caballera, en una bestia de albarda, y con voz de pregonero que manifieste su delito, sea llevada al Tiangues de San Hipólito, y en la parte y lugar que para esto está señalado, se le dé garrote hasta que muera naturalmente, y luego sea quemada en vivas llamas de fuego, hasta que se convierta en ceniza y de ella no haya ni quede memoria. Y por esta mi sentencia,

El Lic. Morfonte.

En este mismo auto salió entre los penitentes, Anica, la mas pequeña de todas las hermanas, y que era entonces, verdaderamente, una niña; única persona que, a lo que parece, logró escapar con vida de las garras del sangriento tribunal.

El auto de fe de 1601, en el que murió Doña Mariana, fue sin duda en el que mas lujo desplegaron los Inquisidores. Seria dificil hacer una descripcion de él sin que pareciera exagerada; para evitar este inconveniente, y para que los lectores del Libro Rojo tengan una noticia exacta de aquel auto, en el número próximo publicará una relación de todo lo acontecido en aquel dia, escrita por órden del Santo Oficio, y que logré encontrar en los revueltos archivos de ese tribunal.

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