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El fin de la segunda República centralista.

De mediados de 1845 a principios de 1848, el gobierno de la República hubo de enfrentar un conflicto bélico contra los Estados Unidos de Norteamérica debido a la evidente y condenable actitud tomada por el Congreso norteamericano cuando aceptó la incorporación de Texas como parte integrante de la Unión norteamericana. La endeble estructura hacendaria mexicana fue sumamente golpeada cuando el gobierno hubo de avituallar y costear los gastos de movilización de tropas, ya que para ello tuvo que echar mano de cuanto recurso estuviese a su alcance, generándose una situación caótica que culminaría con el pronunciamiento del General Mariano Paredes Arrillaga, y la deposición, el 30 de diciembre de 1845, de José Joaquín Herrera como Presidente de la República.

El 29 de junio de 1846, una vez restablecido el Congreso Nacional Extraordinario, éste expide un decreto autorizando al gobierno para que se proporcionara la cantidad de recursos que requiriese, con la única limitante de respetar los derechos de propiedad de los particulares. Para fijar tales impuestos y, sobre todo, organizar su cobro, el gobierno estructuró una Junta Superior de Hacienda.

El 3 de agosto se ordenó la suspención del decreto del 11 de julio de 1843, por medio del cual se habían uniformado las alcabalas.

El 4 de agosto, el General Mariano Salas se pronuncia bajo la bandera del llamado Plan de la Ciudadela, mismo que constituía la reivindicación plena del sistema federativo. En dicho plan se especificaba que desde que dejó de existir la Constitución que libre y espontáneamente se dio la República, las que posteriormente se habían formado no habían sido conforme con las exigencias y deseos de la gran mayoría de la Nación, de los que provenían los males que afligían al país. En ese plan se sustituía al Congreso existente por uno nuevo, el cual debería ser conformado por diputados electos popularmente de acuerdo a las normas electorales usadas en 1824.

El 22 de agosto, el General Mariano Salas expidió un decreto en que establecía que mientras el nuevo Congreso conformaba la nueva Constitución de la República, volvería a regir la Constitución de 1824 en todos los puntos que no contrariasen lo especificado en el Plan de la Ciudadela. Los Departamentos serían sustituidos por Estados y las asambleas departamentales por legislaturas estatales.

Días más tarde, el 3 de septiembre, el gobierno expide un decreto mediante el que pone fin al estanco de la pólvora, el azufre y el salitre, y el 17 del mismo mes se da a conocer la clasificación de rentas que por ley pertenecerían a la Federación, ordenándose, el 10 de octubre, la abolición de las alcabalas en toda la República.

El 11 de enero de 1847 el Congreso autoriza al gobierno para hacerse de una cantidad máxima de quince millones de pesos mediante la hipoteca o la venta de los bienes llamados de manos muertas, lo que trae como consecuencia que el 26 de febrero el General Matías de la Peña Barragán se pronuncie promulgando las Bases para la restauración de los verdaderos principios federativos.


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