Índice de La capacidad política de la clase obrera de Pierre-Joseph ProudhonManifiesto de los sesenta obreros del SenaBiblioteca Virtual Antorcha

Carta de Amiens

Orden del día adoptado en el XV Congreso Nacional Corporativo, realizado en Amiéns del 8 al 16 de octubre de 1906 (1).

El Congreso confederal de Amiéns confirma el artículo 2°, constitutivo de la C. G. T.

La C. G. T. agrupa, al margen de toda escuela política, a todos los trabajadores conscientes de la lucha que hay que sostener para la desaparición del asalariado y el patronato.

El Congreso considera que esta declaración es un reconocimiento de la lucha de clases que opone, sobre el terreno económico, la resistencia de los trabajadores a todas las formas de explotación y de opresión, tanto materiales como morales, utilizadas por la clase capitalista contra la clase obrera.

El Congreso concreta, por los puntos siguientes, esta afirmación teórica: en la obra reivindicadora cotidiana, el sindicalismo persigue la coordinación de los esfuerzos obreros, el aumento del bienestar de los trabajadores por la realización de las mejoras inmediatas, tales como la disminución de las horas de trabajo, el aumento de los salarios, etcétera.

Pero este trabajo no es más que un aspecto de la obra del sindicalismo: prepara la emancipación integral que sólo puede realizarse por la expropiación capitalista; preconiza como medio de acción la huelga general y considera que el sindicato, hoy día grupo de resistencia, será en el porvenir el núcleo de la producción y de la distribución; base de reorganización social.

El Congreso declara que esta doble tarea cotidiana y de preparación del futuro se desprende de la situación de asalariados que pesa sobre la clase obrera y que hace para todos los trabajadores, cualesquiera que sean sus opiniones o sus tendencias políticas o filosóficas, un deber el pertenecer al grupo fundamental que representa el sindicato.

Como consecuencia, en lo que a los individuos se refiere, el Congreso afirma la entera libertad para el sindicado de participar, fuera del grupo corporativo, en las formas de lucha que correspondan a su concepción filosófica o política, limitándose a pedirle, en reciprocidad, no introducir en el sindicato las opiniones que profesa fuera del mismo.

En lo que a las organizaciones se refiere, el Congreso decide que con el objeto de que el sindicalismo alcance el máximo de efecto, la acción económica debe ejercerse directamente contra el patronato, no teniendo las organizaciones confederadas, como asociaciones económicas, por qué preocuparse de partidos o sectas que, afuera y al margen, puedan perseguir en absoluta libertad la transformación social (2).




Notas

(1) Et. Martín-Saint Leon: Las dos C. G. T., París (Biblioteca del Museo Social), Librería Plon, pág. 122.

(2) La redacción de esta declaración histórica se debe a Víctor Griffuelhes; su tajante precisión y briosa posición de lucha señalan un momento culminante de la táctica obrera. Sin duda ese sistema no es nada nuevo; debía mucho a Proudhon y a los teóricos libertarios y socialistas, confirma Et. Martin-Saint Leon. Obra cit., pág. 11.


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