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Capítulo VI

Examen de la Constitución de Lacedemonia

Respecto a las Constituciones de Lacedemonia y de Creta pueden hacerse dos preguntas aplicables a todos los demás Estados: la primera, cuáles son los méritos y los defectos de estos Estados comparados con el tipo de la Constitución perfecta; y la segunda, si no presenta nada que sea contradictorio con el principio y la naturaleza de su propia Constitución.

En un Estado bien constituido, los ciudadanos no deben ocuparse de las primeras necesidades de la vida, punto en que todos están de acuerdo, siendo sólo el modo de ejecución lo que ofrece dificultades. Más de una vez la esclavitud de los penestes ha sido peligrosa para los tesalios, como la de los ilotas a los espartanos. Son enemigos eternos, que espían sin cesar la ocasión de sacar provecho de cualquier calamidad. La Creta nada ha tenido que temer en este punto, y probablemente la causa de esto es que los diversos Estados que la componen, aunque se han hecho la guerra, jamás han prestado a la rebelión un apoyo que pudiese volverse contra ellos mismos, puesto que poseen todos siervos periecos. Lacedemonia, por el contrario, sólo tenía en torno suyo enemigos: la Mesenia, la Argólide, la Arcadia. La primera insurrección de los esclavos entre los tesalios estalló precisamente con ocasión de la guerra que sostuvieron contra los aqueos, los perrebes y los magnesianos, pueblos limítrofes. Si hay un punto que exige laborioso cuidado, es, ciertamente, la conducta que debe observarse con los esclavos. Si son tratados con dulzura, se hacen insolentes y se atreven a considerarse como iguales a sus dueños; tratados con severidad, conspiran contra ellos y los aborrecen. Cuando no se consigue despertar otros sentimientos que estos en el corazón de los ilotas, es prueba de que no se ha resuelto bien el problema.

El relajamiento de las leyes de Lacedemonia respecto a las mujeres es, a la vez, contrario al espíritu de la Constitución y al buen orden del Estado. El hombre y la mujer, elementos ambos de la familia, forman igualmente, si puede decirse así, las dos partes del Estado; de un lado los hombres, de otro las mujeres; de suerte que, dondequiera que la Constitución ha dispuesto mal lo relativo a las mujeres, es preciso decir que la mitad del Estado carece de leyes. Esto puede observarse en Esparta; el legislador, al exigir de todos los miembros de su República templanza y firmeza, lo ha conseguido gloriosamente respecto a los hombres, pero se ha malogrado por completo su intento respecto a las mujeres, que pasan la vida entregadas a todos los desarreglos y excesos del lujo. La consecuencia necesaria de esto es que bajo semejante régimen, el dinero debe ser muy estimado. Fue una buena idea la del mitólogo que imaginó por primera vez la unión de Marte con Venus, porque todos los guerreros son naturalmente inclinados al amor del uno o del otro sexo.

Los lacedemonios no han podido evitar esta condición general, y en tanto que su poder ha durado, sus mujeres han decidido muchos negocios. ¿Y qué más da que las mujeres gobiernen en persona, o que los que gobiernan lo hagan arrastrados por ellas? El resultado siempre es el mismo. Teniendo una audacia que es completamente inútil en las circunstancias ordinarias de la vida y sólo buena en la guerra, las lacedemonias no han sido menos perjudiciales a sus maridos cuando han llegado los momentos de peligro. La invasión tebana lo ha demostrado bien. Inútiles como siempre, causaron ellas más desórdenes en la ciudad que los enemigos mismos.

Causas hubo para que en Lacedemonia se desatendiese desde el principio la educación de las mujeres. Los hombres, ocupados por mucho tiempo en expediciones exteriores durante las guerras contra la Argólide y más tarde contra la Arcadia y la Mesenia, y educados en la vida de los campos, escuela de tantas virtudes, fueron después de la paz materia a propósito para la reforma del legislador. En cuanto a las mujeres, Licurgo, después de haber intentado, según se dice, someterlas a las leyes, se vio obligado a ceder ante su resistencia y abandonar los proyectos que tenía. Y así, cualquiera que haya sido su influencia más tarde, a ellas es a las que es preciso atribuir únicamente este vacío de la Constitución. Nuestras indagaciones tienen, por lo demás, por fin, no el elogio o la censura de todo cuanto se presente, sino el examen de las cualidades y defectos de los gobiernos. Repetiré, sin embargo, que el desarreglo de las mujeres además de ser una mancha para el Estado, arrastra a los ciudadanos al amor desordenado de las riquezas.

Otro defecto que se puede añadir a los que se acaban de señalar en la Constitución de Lacedemonia, es la desproporción de las propiedades: unos poseen bienes inmensos, otros no tienen casi nada; así que el territorio está en manos de pocos. La falta, en este caso, está en la ley misma. La legislación ha considerado con razón como cosas deshonrosas la compra y la venta de un patrimonio; pero ha permitido disponer arbitrariamente de los bienes, sea por donación entre vivos, sea por testamento. Y, sin embargo, en ambos casos la consecuencia es la misma. Además, las mujeres poseen las dos quintas partes de las tierras, porque muchas de ellas son herederas únicas o se han constituido en su favor crecidas dotes. Hubiera sido preferible abolir enteramente el uso de las dotes, o haberles fijado una tasa muy baja y lo más módica posible. En Esparta, por el contrario, uno puede casar a su única heredera con quien quiera, y si el padre muere sin haber dispuesto nada, el tutor puede a su elección casar la pupila; de donde resulta que un país que es capaz de presentar mil quinientos jinetes y treinta mil infantes, apenas cuenta mil combatientes.

Los hechos mismos han demostrado bien claramente el vicio de la ley en este punto; el Estado no ha podido soportar ni un solo revés, y la falta de hombres ha causado su ruina. Se asegura que bajo los primeros reyes, para evitar este grave inconveniente que las dilatadas guerras debían producir, se dio el derecho de ciudad a extranjeros; y los espartanos, se dice, eran entonces diez mil, poco más o menos. Que este hecho sea verdadero o inexacto, poco importa; lo mejor sería procurar una población guerrera al Estado, haciendo las fortunas iguales. Pero la misma ley relativa al número de hijos es contraria a esta mejora. El legislador, con el fin de aumentar el número de los espartanos, ha hecho cuanto puede hacerse para que los ciudadanos procreen todo lo posible. Según la ley, el padre de tres hijos está exento de hacer guardias; y el ciudadano que tiene cuatro está exento de todo impuesto. No era difícil prever que aumentando el número de los ciudadanos y subsistiendo la misma división territorial, no se hacía otra cosa que aumentar el número de desgraciados.

La institución de los éforos también es defectuosa. Aunque éstos constituyen la primera y más poderosa de las magistraturas, todos salen de las clases inferiores de los espartanos; y así ha resultado que tan eminentes funciones han caído en manos de gente pobre que se ha vendido a causa de su miseria. Pueden citarse muchos ejemplos antiguos; pero lo que ha pasado en nuestros días, con ocasión de los Andrias, lo prueba bastante. Algunos hombres ganados con dinero han arruinado al Estado en cuanto han podido. El poder ilimitado y hasta tiránico de los éforos ha precisado a los mismos reyes a hacerse demagogos. La Constitución recibió así un doble golpe, y la aristocracia debió dejar su puesto a la democracia. Debe reconocerse, sin embargo, que esta magistratura puede dar estabilidad al gobierno. El pueblo permanece tranquilo cuando tiene participación en la magistratura suprema; y este resultado, ya sea el legislador el que lo produzca, ya sea obra del azar, no es menos ventajoso para la ciudad. El Estado no puede encontrarse bien sino cuando de común acuerdo los ciudadanos quieren su existencia y su estabilidad. Pues esto es lo que sucede en Esparta; el reinado se da por satisfecho con las atribuciones que le han concedido; la clase superior lo está por los puestos que ocupa en el senado, la entrada en el cual se obtiene como un premio a la virtud; y, en fin, lo está el resto de los espartanos por la institución de los éforos, que descansa en la elección general.

Pero si era conveniente someter al sufragio general la elección de los éforos, debió adoptarse un método menos pueril que el actual. Por otra parte, como los éforos, no obstante proceder de las clases más humildes, deciden soberanamente las cuestiones más importantes, hubiera sido muy bueno no fiarse a su juicio arbitrario, y sí someterlos a reglas estrictas y leyes positivas. En fin, las mismas costumbres de los éforos no están en armonía con el espíritu de la Constitución, porque son muy relajadas, mientras que los demás ciudadanos están sometidos a un régimen que podría tacharse más bien de excesivamente severo, y al cual los éforos no tienen el valor de someterse, y así eluden la ley entregándose en secreto a toda clase de placeres.

La institución del senado está también muy lejos de ser perfecta. Compuesto de hombres de edad madura y cuya educación parece una prenda de su mérito y virtud, debería creerse que esta asamblea era una garantía para el Estado. Pero dejar a ciertos hombres durante toda su vida la decisión de las causas importantes es base de una institución cuya utilidad puede ponerse en duda, porque la inteligencia tiene su ancianidad como el cuerpo, y el peligro es tanto mayor cuanto que la educación de los senadores no ha impedido que el mismo legislador desconfiara de su virtud. Se ha visto que hombres revestidos con esta magistratura se han dejado corromper y han sacrificado al favor los intereses del Estado; así que más seguro habría sido no hacer irresponsables, como lo son en Esparta. Sería un error pensar que la suprema inspección de los éforos garantice la responsabilidad de todos los magistrados, porque es conceder demasiado al poder de aquéllos, y no es, por otra parte, en este sentido en el que nosotros deseamos la responsabilidad. Es preciso añadir que la elección de los senadores es, en su forma, tan pueril como la de los éforos, y no puede aprobarse que el ciudadano, que es digno del desempeño de una función pública, se presente a solicitarla en persona. Las magistraturas deben confiarse al mérito, ya las acepte, ya las renuncie el que lo tenga. Pero en este punto el legislador se ha guiado por el principio que resalta en toda su Constitución. Excitando la ambición de los ciudadanos es como se procede a hacer la elección de los senadores, porque nunca se solicita una magistratura sino por ambición; y sin embargo, los más de los crímenes voluntarios que cometen los hombres no tienen otro origen que la ambición y la codicia.

En cuanto al reinado, en otra parte examinaré si es una institución funesta o ventajosa para los Estados. Pero en verdad que la organización que aquél ha recibido y conserva aún en Lacedemonia no guarda proporción con la elección vitalicia de cada uno de los dos reyes. El mismo legislador ha puesto en duda su virtud, y sus leyes prueban que desconfiaba de su probidad. Y así los lacedemonios los han obligado con frecuencia a ir a las expediciones militares acompañados por enemigos personales; y la discordia de los dos reyes la consideraban ellos como una salvaguardia del Estado.

Las comidas comunes, que llaman ellos fidicias, han sido igualmente mal organizadas por culpa de su fundador; pues los gastos deberían correr a cargo del Estado, como en Creta. En Lacedemonia, por el contrario, cada uno debe llevar la parte prescrita por la ley, por más que la extrema pobreza de algunos ciudadanos no le permita hacer ese gasto. La intención del legislador ha sido completamente defraudada; quería hacer de las comidas comunes una institución completamente popular, y gracias a la ley no es nada de esto. Los más pobres no pueden tomar parte en estas comidas; y, sin embargo, desde tiempo inmemorial, el derecho político sólo se adquiere mediante esta condición, y la pierde todo el que no se halla en situación de soportar esta carga.

Con razón se ha criticado la ley relativa a los almirantes, porque es un origen de disensiones, puesto que equivale a crear, al lado de los reyes, que son generales vitalicios del ejército de tierra, otro reinado casi tan poderoso como el suyo.

Se puede hacer al sistema en conjunto del legislador el mismo cargo que Platón le ha hecho en sus Leyes: el de tender exclusivamente a desenvolver una sola virtud: el valor guerrero. No niego la utilidad del valor para llegar a la dominación, pero Lacedemonia, que se ha sostenido mientras ha hecho la guerra, ha perdido el poder por no saber gozar de la paz y por no haberse dedicado a ejercicios más elevados que los de los combates. Una falta no menos grave es que, reconociendo que las conquistas deben ser el premio de la virtud y no de la cobardía, idea ciertamente muy justa, los espartanos han llegado a considerar a aquéllas como cosa superior a la virtud misma, lo cual es mucho menos laudable. Todo lo relativo a las rentas públicas es muy defectuoso en el gobierno de Esparta. El Estado, no obstante estar expuesto a sostener guerras muy dispendiosas, no tiene tesoro; y, además, las contribuciones públicas son poco menos que nulas, porque, como casi todo el suelo pertenece a los espartanos, se apuran muy poco a hacer efectivos los impuestos. El legislador se ha equivocado completamente en lo relativo al interés general, al hacer al Estado muy pobre y a los particulares desmesuradamente codiciosos.

He aquí las principales observaciones críticas que pueden hacerse a la Constitución de Lacedemonia, y a las que ponemos aquí fin.

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