Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesSegunda parte de la sesión del 16 de febrero de 1915 Segunda parte de la sesión del 17 de febrero de 1915Biblioteca Virtual Antorcha

CRÓNICAS Y DEBATES
DE LAS SESIONES DE LA
SOBERANA CONVENCIÓN REVOLUCIONARIA

Compilador: Florencio Barrera Fuentes

SESIÓN DEL 17 DE FEBRERO DE 1915 CELEBRADA EN CUERNAVACA, MORELOS
Primera parte

Presidencia del C. Delegado Otilio Montaño


SUMARIO

Acta de la sesión anterior.- Oficio de los ciudadanos vicepresidente y secretario de la Sección Instructora del Gran Jurado, participando haber quedado terminada la averiguación relativa a la causa que se instruye a los ciudadanos generales Ildefonso Pérez y Miguel M. Ramos.- Proposición de los miembros de la Sección Instructora del Gran Jurado.- Se aprueba el reglamento a que deberá sujetarse la Soberana Convención, constituida en Gran Jurado.- Se aprueban en lo particular los artículos 7° y 8° del Proyecto de Capítulo de Debates del Reglamento Interior para la Soberana Convención Revolucionaria.- Orden del día.

Presidencia del ciudadano general Montaño.
Lista y cuenta del ciudadano secretario Lecona.

Lista anterior aprobada.

El ciudadano secretario leyó el siguiente dictamen:

Comisión de Estilo.

Dígase al Encargado del Poder Ejecutivo que decrete el siguiente

ACUERDO DE LEY

Primero. Todos los militares en servicio y en disponibilidad pertenecientes al Ejército Convencionista, y residentes en la ciudad de México en los días de la desocupación de esa plaza por el Gobierno de la Convención, que no se hayan puesto a las órdenes de dicho Gobierno hasta la fecha de este Decreto, sin estar físicamente imposibilitados para hacerlo, serán dados de baja por el delito de deserción, en el referido Ejército, quedando inhabilitados por cinco años para ocupar puestos públicos, a menos que sean absueltos por un Tribunal Militar que será instituido para juzgarlos.

Segundo. Los generales, jefes y oficiales que después de la desocupación de la ciudad de México por el Gobierno Convencionista pasaran a prestar sus servicios en las filas disidentes, serán dados de baja por infidencia a la Convención y juzgados conforme a las leyes militares, en caso de captura.

Publíquese este Decreto en la orden general de la plaza, dando a conocer en ella y con la debida oportunidad los nombres de los jefes y oficiales mencionados.

Soberana Convención Revolucionaria.
Cuernavaca, febrero 1° de 1915.
Heriberto Frías.
(Rúbrica)

Pasa al Ejecutivo para los efectos que expresa.

El C. Fierro

Pido la palabra.

El C. secretario

No hay nada a discusión.

El C. Fierro

Para hacer una observación.

El C. secretario

La Comisión de Corrección de Estilo lo presentó y está aprobado por la Asamblea. Por eso pasa al Ejecutivo, porque así está mandado.

También se dio cuenta con el seguiente decreto:

I. Habiendo circulado el rumor de que algunos de los indios yaquis hechos prisioneros en los últimos combates contra los disidentes, fueron fusilados por las fuerzas del Sur, ordénese a los Jefes de éstas, que no ejecuten a los prisioneros, sino que los envien a esta capital, a fin de que sean juzgados por el Consejo de Guerra respectivo.

II. Hágase observar a dichos Jefes, que los indios de las tribus yaquis que luchan en las filas carrancistas, vienen engañados acerca de las causas y fines de la guerra, y por lo tanto, cuando se les haga prisioneros, deben ser recibidos y tratados con todo género de consideraciones, explicándoles que el Gobierno emanado de la Convención está con ellos.

III. Háganse extensivas estas órdenes a todos los jefes militares del Ejército de la Convención, previniéndoles que los prisoneros sean remitidos a los respectivos Consejos de Guerra.

Cuernavaca, Mor., febrero 17 de 1915.
Heriberto Frías.
(Rúbrica)

Pasa al Ejecutivo para sus efectos.

Dio cuenta el secretario con los siguientes asuntos:

Al margen, un sello que dice: Soberana Convención Revolucionaria.
México.
Sección Instructora del Gran Jurado.

Estando agotada, en concepto de esta Sección Instructora, la averiguación con respecto a la causa que se instruye a los ciudadanos generales Ildefonso Pérez y Miguel M. Ramos, tenemos a honra comunicar a esa Soberana Convención, que se cita para dictar resolución en la misma causa, la cual se pronunciará dentro de las cuarenta y ocho horas subsecuentes, dando cuenta en seguida con ella a la Asamblea para su discusión y votación definitiva.

Protestamos nuestra consideración.

Cuernavaca, Mor., febrero 16 de 1915.
El presidente, Genaro Palacios Moreno (rúbrica)
El vicepresidente, A. S. Paniagua (rubrica)
El secretario, J. R. Cordero (rubrica)

A los ciudadanos secretarios de la Soberana Convención Revolucionaria.
Presentes.

Sección Instructora del Gran Jurado:

Esta Sección Instfuctora del Gran Jurado considera de rigor e indispensable, que antes de que la Convención se constituya en tribunal para juzgar a los generales Ildefonso Pérez y Miguel M. Ramos, y a los demás delegados que se ofrezca, deben establecer los procedimientos más necesarios, las reglas más elementales para que se verifique ese acto con toda justicia y con todo éxito, y en vista de que los expresados delegados deben estar detenidos el menor tiempo posible, la Asamblea debe ocuparse desde luego y sin demora, del establecimiento de esas reglas, y al efecto, como de pronta y obvia resoluci6n, proponemos el siguiente sumarísimo procedimiento:

Artículo I. Presidirá el Gran Jurado la Mesa de la Convención.

Artículo II. Constituida la Convención en Gran Jurado, por declaración del presidente, se procederá a dar lectura a todas las constancias procesales y al dictamen de la sección, estando presentes los reos y sus defensores, o sólo éstos, si los primeros no pudieren hacerlo por causa de fuerza mayor.

Artículo III. Concluida la lectura, se tomará por el presidente sucesivamente su declaración a los procesados, y rendida ésta, los delegados podrán hacer a aquéllos preguntas relacionadas con los hechos del proceso; pero siempre por conducto de la presidencia, jamás directamente.

Artículo IV. Concluida la declaración de los reos, se tomará bajo protesta de decir verdad la de los testigos, primero los de cargo y luego los de descargo, practicándose las demás diligencias que resulten de la averiguación. Los delegados podrán intervenir en las diligencias, proponiendo su ampliación o práctica de otras nuevas, haciendo las preguntas u observaciones que gusten, siempre por conducto de la presidencia.

Artículo V. Terminadas las diligencias, la Mesa ordenará que se dé lectura a las constancias procesales que solicitaren los delegados o las partes, concluyendo con la segunda lectura del dictamen de la Sección Instructora y decretada dicha lectura sin reclamación de la Asamblea, no se admitirá ninguna proposición para la práctica de nuevas diligencias, y cualquiera que se haga en ese sentido se rechazará de plano por la Mesa.

Artículo VI. A continuación se pondrá a discusión el dictamen de la Sección Instructora, haciendo uso de la palabra, primero alguno de los delegados que sostengan que ha lugar a proceder si el dictamen fuere absolutorio o la defensa en caso contrario, y así sucesivamente, hasta que se declaren agotados los debates, siendo de advertir que la defensa tiene preferencia sobre los delegados que sostengan la inculpubilidad y derecho de hacer uso de la palabra al último.

Artículo VII. Después de que hayan hecho uso de la palabra seis delegados en pro y seis en contra del dictamen, o antes, si se hubiere agotado la lista de oradores, se concederá la palabra a los reos para su defensa, si quisieren hacerla.

Artículo VIII. A continuación, y hablen o no los reos, se preguntará si se considera el dictamen suficientemente discutido; en caso afirmativo, se votará nominal y sucesivamente cada una de las proposiciones, sin que haya lugar a votarse en lo general y sin suspenderse la votación por ninguna causa, y en caso negativo se ampliará la discusión para tres oradores del pro y tres del contra, preguntándose de nuevo como al principio, y así sucesivamente, por grupos de tres en tres oradores. hasta que la Asamblea resuelva que está suficientemente discutido, en cuyo caso se procederá a votarlo en los términos enunciados arriba.

Artículo IX. El dictamen de la Sección Instructora deberá emitirse por escrito y concluirá precisamente con una proposición separada para cada reo, que diga: Ha o no lugar a proceder contra N. N.

Artículo X. Si se vota que ha lugar a proceder, la Mesa de la Convención consignará el caso a la autoridad competente para que juzgue a los inculpados; en caso contrario, se les pondrá en inmediata libertad si estuviesen detenidos.

Artículo XI. Contra la resolución de ha o no lugar a proceder no cabe ningún recurso.

Cuernavaca, Mor., febrero 17 de 1915.
Zenón R. Cordero.
A. L. Paniagua.
G. Palacios Moreno.
(Rúbricas)

El C. secretario

La Mesa, por conductQ de la Secretaría, pregunta a esta Honorable Asamblea si considera este asunto de pronta y obvia resolución.

Los que estén por la afirmativa, sirvanse ponerse de pie.

Considerado el asunto de pronta y obvia resolución.

Se pone a discusión en lo general.

El C. Cervantes

Pido que se le dé lectura otra vez.

El C. secretario

¿Quiere usted todo, señor, hasta el proemio?

El C. Cervantes

Sí, señor.

(El ciudadano secretario leyó lo pedido por el delegado Cervantes)

El C. Cervantes

No, señor; lo que está a discusión nada más.

El C. secretario

Muy bien.

(Leyó la parte final que está a discusión)

Está a discusión en lo general.

El C. Cervantes

¿Quién firma?

El C. Nieto

Pido la palabra, para una interpelación.

El C. presidente

Sírvase usted inscribirse en pro o en contra.

El C. Nieto

Es para una interpelación.

El C. presidente

Tiene usted la palabra para una interpelación.

El C. Nieto

Al señor licenciado Palacios Moreno yo le rogaría, muy atentamente, me hiciera el favor de decirme si no es cierto que los diez o más artículos que nos acaba de proponer ahí, relativos al Gran Jurado son, tácitamente, una especie de fuero para los delegados de la Convención; yo le suplicaría, repito, al señor delegado Palacios Moreno, me hiciera el favor de contestarme sobre el particular.

El C. Palacios Moreno

Pues, en verdad, el fuero de que gozamos los delegados a la Convención se ha establecido, de una manera tácita, en una serie de actos en que la Asamblea ha reconocido ese fuero; las tarjetas de identificación; la formación de la Sección del Gran Jurado; en seguida, la consignación de este caso, que ha sido el primero; en fin, todos los pasos que ha dado la Asamblea, han establecido el fuero tácito. Expresamente no hay ningún acuerdo que lo establezea; no había ninguna huella ni ley relativa al Gran Jurado; nada más la creación de la Sección Instructora del Gran Jurado.

El C. Nieto

Para ampliar mi interpelación.

El C. presidente

Le voy a hacer saber al señor delegado, que el artículo primero del Reglamento, dice:

Artículo 1°. Llegado el momento de la discusión, la Secretaría dará lectura a la iniciativa que la hubiese provocado y después al dictamen de la comisión y al voto particular, si lo hubiere.

En consecuencia, diga usted si se inscribe en pro o en contra.

El C. Nieto

Pido la palabra para un hecho, sobre lo que acaba de leer el señor presidente.

El C. presidente

Aquí está perfectamente claro, señor; de suerte que tengo que acatar ...

El C. Nieto

Precisamente para eso.

El C. presidente

Tenga usted la bondad de decir si se inscribe en pro o en contra.

El C. Borrego

Para una moción de orden, señor presidente.

El artículo quinto del Reglamento establece que, para mociones de orden, para interpelaciones y para rectificaciones de hechos, se puede pedir la palabra sin estar inscripto.

El C. secretario

La Mesa ordena a la Secretaría, manifieste al señor Borrego, que el artículo quinto fue desechado ayer.

El C. Nieto

Pido la palabra para un hecho. No fue desechado.

El C. secretario

No señor, el artículo quinto se votó, y, a última hora, el sexto.

El C. Borrego

Entonces el artículo sexto. Los miembros de la Comisión, aunque no estén inscriptos, pueden hablar; esto es muy claro.

El C. Nieto

Pido la palabra para rectificar un hecho.

El C. presidente

Como comienza la discusión, no hay ningún hecho que rectificar.

El C. Nieto

Pido la palabra para una moción de orden. Ayer, erróneamente, el señor licenciado Soto y Gama puso en vigor el artículo que menciona el señor Montaño; yo le ruego que reflexione sobre el caso, porque, según nuestro criterio, no estamos de acuerdo en que se ponga en vigor separadamente cada artículo, sino el Reglamento completo cuando haya sido aprobado en su totalidad.

Es sabido que un capítulo puede constar de uno o de veinte artículos, y no se puede poner en vigor ninguno de éstos, hasta que aquél esté completamente discutido y aprobado en lo general.

El caso es obvio: pueden relacionarse unos artículos con otros, y, si no se aprueban todos, el proyecto resultaría incompleto. En todas partes, se observa que una ley no causa efecto legal sino hasta que está discutida y aprobada completamente; de manera que la vigencia de este artículo, que tanto se invoca para restarnos el uso de la palabra, fue una arbitrariedad del señor Soto y Gama.

El C. Soto y Gama

Pido la palabra para una moción de orden, supuesto que no se quiere seguir el orden del debate ...

El C. secretario

La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a la Honorable Asamblea si cree prudente poner en vigor los artículos del Reglamento que se han aprobado y los que se vayan aprobando sucesivamente.

El C. Soto y Gama

Pido la palabra (Voces: No, no)

En una discusión siempre se oye al pro y al contra; y ahora, por una festinación especial, se quiere oír nada más al contra.

Lo que ha dicho el señor Nieto, abunda en una serie de inexactitudes, tan grandes como ésta que empieza por llamar ley a un Reglamento económico interior de la Cámara.

Los señores Borrego y Nieto, los más necios, los más empeñados en que hubiera orden en el debate, son los primeros que se asustan, que se llaman tiranizados cuando se les quiere aplicar el mismo orden que ellos han proclamado, que ellos mismos propusieron; hablan y comienzan a dar el ejemplo del desorden; no se han querido sujetar al orden ya aprobado.

Apenas se pone a discusión un asunto, quieren violar el artículo segundo, se paran y empiezan a pedir la palabra por capricho, por testarudez, para un hecho, para una moción de orden, para una aclaración; parece que se han propuesto desbaratar su obra y cansar la paciencia de la Asamblea, al día siguiente de haber hecho declaración terminante de que era urgentísimo el Reglamento.

Los señores Borrego y Nieto son los que menos tienen derecho para decir que no se apruebe, puesto que lo han considerado urgente. Es verdaderamente raro que cuando se trata de guardar el orden, se acuda a subterfugios, no queriendo acostumbrarse a inscribirse en la lista de oradores, y ellos, tan empeñados en el Reglamento, son los primeros en buscar un pretexto para violar sus artículos, imponiendo así un Reglamento en que no haya más orden que el capricho, que el pretexto, para interrumpir al orador con un hecho o la ratificación de un hecho.

Como dice muy bien el señor Montaño, si no hay todavía discusión ¿cómo ha de haber rectificaciones de hechos ni mociones de orden?

Ahora, no es cierto que sea ley un reglamento; las leyes se dan para todos los ciudadanos, los reglamentos son acuerdos económicos que sólo operan dentro de la Asamblea, y es muy lógico aplicar un artículo de orden tan pronto como sea éste aprobado, porque es enteramente racional que los artículos buenos del Reglamento de Debates se apliquen desde luego, para que se eviten todos esos desórdenes que promueven los señores de la Comisión, por considerarse con un privilegio especial que los coloca sobre esta Asamblea, nada más porque fueron los autores del Reglamento y, con ese motivo, ellos quieren monopolizar la palabra desde ayer, tanto que les dijo el señor Cuervo Martínez que no podía hacer uso de la palabra, porque no le dejaban hablar los de la Comisión.

De manera que yo ruego a la Asamblea se fije en el criterio especial de los señores, que quieren ser los primeros en introducir el desorden, ellos, los autores del dictamen.

El C. Borrego

Pido la palabra para un hecho.

El C. Nieto

Pido la palabra para una alusión personal.

El C. presidente

Acabo de manifestar que estoy consultando a la Asamblea respecto de ...

El C. Nieto

Pero, en el momento de consultar, da usted la palabra al señor licenciado, y ¿por qué a mí no?

El C. presidente

Respecto a los artículos, vamos a ver si nos sujetamos a éstos o no nos sujetamos; ésa es la cuestión; si se ponen desde luego o no en vigor los artículos aprobados ya por la Asamblea.

Cumple al deber de la Mesa interrogar a la Asamblea, provocar la discusión en ese sentido, para que, de esa manera, la Asamblea resuelva si se ponen los artículos aprobados en vigor o no se ponen.

De suerte, que está a discusión si se ponen en vigor desde luego los artículos del primero al sexto.

El C. Piña

Pido la palabra en contra de lo que ha dispuesto la Mesa.

El C. Nieto

Pido la palabra en contra de lo que acaba de disponer la Mesa.

El C. presidente

¿No hay ningún otro delegado que quiera inscribirse en pro o en contra? Pasen a inscribirse.

El C. Nieto

Pido la palabra en contra de lo que ha dispuesto la Mesa, en contra del trámite.

No sé, señor, en buen español, qué significa ser necio; yo creo que significa sostener una tesis absurda y tonta, nada más por el capricho de ganarla. Me someto al criterio de los hombres sensatos de la Asamblea para que resuelvan el caso: ¿Quién es el necio, el señor Soto y Gama o yo?

De manera que no discuto más el punto.

Por lo demás, entiendo que no habiéndolo resuelto la Asamblea, la Mesa no tiene por qué preguntar si se pone o no en vigor el artículo, y no debe hacerlo, porque nadie ha concedido la facultad de imponerlo, si no es el criterio personal del señor Soto y Gama; tampoco debe ser forzosamente el criterio legal, el criterio de un abogado, que es un hombre, porque nadie es infalible.

El señor Soto y Gama, con el tono doctoral que le caracteriza y con esa suficiencia de que a veces echa mano para sostener sus tesis, nos quiere forzosamente meter dentro de su propio criterio, quiere que pensemos como él, que razonemos como él, que lo que él quiere hagamos, y todo lo que hacemos si no está de acuerdo con sus ideas, nos dice que son cosas absurdas, ranciedades, cosas de burgueses, qué se yo.

Y ya que tengo oportunidad de hablar y por si no se me vuelve a conceder el uso de la palabra, diré que protesto enérgicamente contra el procedimiento seguido ayer y contra el procedimiento que quiere seguir ahora la Presidencia, y me opongo también, por ser arbitrario, al trámite de que se pregunte si se pone o no en vigor el artículo, porque no hay necesidad ni derecho para declararlo vigente.

El C. presidente

La Mesa manifiesta que está en su derecho al dar el uso de la palabra y al dar sus resoluciones, puesto que no existe Reglamento, sino nada más los artículos aprobados y los que se están díscutíendo; en consecuencia, en cumplimiento estricto de su deber, he creído cumplir con él al preguntar a la Asamblea si desde luego entran en vigor esos artículos o se dejan a un lado para cuando esté votado todo el Reglamento; por esta razón he procedido en esta forma, porque creo que es justiciera; y debo decir al señor delegado Nieto, con todo respeto, que siempre acataré las resoluciones de la Honorable Asamblea; como no tenemos un Reglamento, hay que atenernos a sus resoluciones, que irán basadas en la razón, y, en este caso, resolverá si son de ponerse en vigor los artículos de que se trata. Tiene la palabra en contra el ciudadano Piña.

El C. Piña

Después de que hable el pro. Ha hablado el señor Nieto, en contra, y espero que hable el pro.

El C. presidente

Tiene la palabra el señor Soto y Gama.

El C. Soto y Gama

Señores delegados:

Es enteramente cierto que cuando no se tienen razones sobre el fondo del debate, se acude a las alusiones personales y nunca, absolutamente, debe seguirse este camino. No está a discusión ni mi vanidad, ni mi tono doctoral, ni mi tendencia a imponerme. Si veo que esto es un argumento muy especioso, aun cuando se enoje el señor Nieto ... (Voces: ¡no, no!)

No se enojará, él es un hombre superior a todos los humildes, su valor personal le permite no enojarse, claro, aunque se le note el disgusto perfectamente; pero digo que es un argumento verdaderamente especioso éste, porque es prevenir el ánimo de la Asamblea y ganarse a la Asamblea por medio de ataques personales a los oradores. Yo no veo mucho honor en ese procedimiento, en decirle a la Asamblea: No votéis lo que ha dicho el señor Soto y Gama, porque ese señor siempre quiere que domine su opinión; si ese argumento no es especioso, ¿cómo puede llamarse?

Vamos a prescindir de los argumentos de abogado o tinterillo, vamos a la manera honrada de argumentar.

El señor Nieto y el señor Borrego ¿creen sinceramente que es buen precepto el que se ha propuesto en el articulo segundo?, ¿creen honradamente que debe empezarse una discusión por la lista del pro y del contra y que la Presidencia esté obligada a leer esa lista del pro y del contra?

Si lo creen honradamente, ¿por qué violan ese precepto, por qué no lo obedecen, ya no como de Reglamento, sino como de simple cortesía? ¿Simplemente porque tienen un argumento más o menos de tinterillo? Es decir, si nosotros proponemos algo, estando o no en vigor, debemos sujetarnos a ello. ¿No se nota cierta terquedad, cierta testarudez, afán de faltar al orden que ellos mismos proponen? Si yo lo hubiera propuesto, honradamente me sujetaria a ello y el señor Nieto, que no es necio ni testarudo, no quiere cumplir lo mismo que él propone.

Ese es un argumento; ahora este otro; ¿qué inconveniente hay en que desde luego rija ese artículo?, ¡es un argumento de ataques personales! ¿Qué razón hay con o sin tono doctoral, quiero que me digan el señor Piña y el señor Nieto, qué razón hay para que no rija desde luego? ¡El capricho de los señores, que quieren salirse con la suya!

Desde que se leyó, piden la palabra para una moción de orden, cuando no hay orden ni continuado ni terminado, puesto que no se empieza el debate; o para un hecho, cuando no hay hechos qué referir. Si me dan una razón convincente y se la dan a la Asamblea, la Asamblea está en su derecho de decir: tiene razón el señor Nieto; si no, a pesar de mi tono doctoral y de todos los defectos que me atribuya, le diré que no es argumento que el orador sea un bandido para que el orador tenga o no razón.

El C. Nieto

Señor presidente, ¿nos da permiso para contestar?, porque se nos ha interpelado.

El C. Borrego

Pido la palabra, para contestar una interpelación que nos hace el señor Soto y Gama.

El C. presidente

Voy a dar la palabra al señor Nieto, y a continuación la tiene usted.

El C. Nieto

La cedo al señor licenciado Borrego.

El C. Marines Valero

Pido la palabra, para una moción de orden.

El C. Borrego

Habiendo pedido la palabra el señor Marines para una moción de orden, y siendo yo respetuoso de las prácticas parlamentarias, pido que hable primero el señor Marines.

El C. presidente

Tiene la palabra el ciudadano Marines Valero.

El C. Marines Valero

Está derramándose la sangre en estos momentos y es criminal que, por cuestiones de amor propio y de capricho, estemos perdiendo tiempo aquí. Los que no tenemos caprichos, los que no tenemos interés en esas cosas y no estamos empeñados en discusiones personales tan acaloradas, no tenemos deseos de continuar en este asunto, y querríamos que se nos presentaran desde luego los asuntos de interés nacional que se van a tratar, y no cuestiones de amor propio, porque eso no interesa sino a los que las entablan.

El C. presidente

Tiene la palabra, para contestar la interpelación, el ciudadano Borrego.

El C. Borrego

Señores delegados:

No me gusta intervenir en los debates que se arrastran en el fangoso terreno de las personalidades. El señor Soto y Gama nos ha llamado tinterillos; le podía azotar la cara con el mismo epíteto de tinterillo, pero no lo haré; me limito a contestar la interpelación. No he alegado yo un argumento de tinterillo; yo, adaptándome al criterio que él pretende imponer, me he permitido decir a la Presidencia que existe otro artículo que autoriza a los inscriptos en la lista para pedir aclaraciones y hacer interpelaciones, y para que se vea lo justo de ese artículo, el señor Nieto pedía a la Comisión que le aclarara un punto importante para inscribirse en pro o en contra de si había fuero o no para los delegados. Ya ve que el hecho tiene mucha razón con el asunto a discusión; con esto basta.

El C. secretario

La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta si se considera suficientemente discutida esa proposición.

Los que crean que está suficientemente discutida, sírvanse ponerse de pie.

Suficientemente discutida.

Se pregunta a la Honorable Asamblea si cree que deben ponerse en vigor desde luego los artículos aprobados y los que se van aprobando sucesivamente.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado. (Aplausos)

El C. Nieto

Conforme a una práctica establecida, tengo derecho a que se haga constar mi voto en contra.

El C. secretario

Continúa la discusión, en lo general, de los procedimientos a que debe sujetarse el Gran Jurado.

Los ciudadanos delegados que tengan deseo de tomar la palabra, ya sea en pro o en contra, pasen a inscribirse.

¿No hay ciudadanos delegados que deseen hacer uso de la palabra en lo general?

En votación económica se pregunta si se aprueba en lo general.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado en lo general.

Se pone a discusión en lo particular.

Artículo primero. Presidirá el Gran Jurado la Mesa de la Convención.

Está a discusión.

El C. Nieto

Tenga usted la bondad de volver a leer. (El C. Secretario repite la lectura)

El C. Cervantes

No entiendo esa expresión. ¿La Mesa va a presidir, o uno de sus miembros?

El C. secretario

Presidirá el Gran Jurado la Mesa de la Convención.

Continúa la discusión.

¿No hay ningún ciudadano delegado que desee hacer uso de la palabra en contra?

El C. Marines Valero

Voy a hacer uso de la palabra, por muy breves momentos, atendiendo a que tenemos un asunto de trascendental importancia que tratar, y con los más breves razonamientos que pueda.

Yo creo que debe presidir una sola persona, un solo cerebro, llámese presidente de la Mesa Directiva o llámese como se llame; pero si presiden las cinco personas que integran la Mesa, resultará que habrá un momento en que el procedimiento que siga, por ejemplo, el presidente, no será del agrado de las demás personas que la forman, y se suscitarán discusiones aun en el mismo seno de la Mesa, en donde se requiere unidad de acción. Así es que soy de opinión que en lugar de que se diga que presidirá la Mesa de la Convención, se prescriba que presidirá el Gran Jurado el presidente de la Mesa Directiva.

El C. secretario

Continúa la discusión. ¿No hay quién quiera hacer uso de la palabra?

El C. Casarín

Pido la palabra, para una moción de orden, a fin de que se funde este artículo.

El C. Palacios Moreno

Señores delegados:

A la Convención la preside la Mesa Directiva, y no veo la razón de que el Gran Jurado no sea presidido por la misma Mesa Directiva, y, teniendo en cuenta que es bastante claro el artículo, no encuentro mejores razonamientos que la propia expresión del mismo.

El C. Cervantes, en contra

Yo no tengo deseos de perder el tiempo, señores delegados, pero en atención a la indiferencia que muestra el ponente de ese dictamen y a la manifestación expresa de no tener ganas de modificar su proposición, me permito insistir en la petición del señor Marines Valero. Yo entiendo que la Mesa de la Convención no puede presidir, puesto que el acto de presidir se refiere a una persona; de todas maneras, yo desearía que el ponente del dictamen fuera más claro, que se tomara la molestia de hacer esta aclaración, aunque no sea de su agrado, en obvio de tiempo, para mayor claridad en los conceptos.

El C. secretario

¿No hay quién haga uso de la palabra?

En votación económica se pregunta a esta Asamblea si considera el asunto suficientemente discutido ... (Voces: ¡no, no, no!)

La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a esta H. Asamblea, si permite que la Comisión reforme el artículo primero en la forma propuesta por los ciudadanos Cervantes y Marines Valero.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

El artículo a discusión, ya reformado, dice así:

Artículo 1. Presidirá el Gran Jurado el presidente de la Convención, que esté en funciones.

Está a discusión.

¿No hay quién pida la palabra?

El C. Marines

Simplemente para suplicar atentamente al señor secretario se sirva decirme si hay una coma en la palabra Convención; si no la tiene, suplico que se le ponga.

El C. Palacios Moreno

La Comisión está conforme en agregar la coma. (Risas)

El C. secretario

Con la coma propuesta por el ciudadano Marines, dice así el artículo:

Artículo primero. Presidirá el Gran Jurado el presidente de la Convención, que esté en funciones.

Continúa la discusión.

¿No hay quién pida la palabra?

En votación económica se pregunta si se aprueba este artículo.

Los que estén por la afirmativa, de pie.

Aprobado.

Artículo segundo. Constituida la Convención en Gran Jurado, por declaración del presidente, se procederá a dar lectura a todas las constancias procesales y al dictamen de la Sección, estando presentes los reos y sus defensores, o sea éstos si los primeros no pudieren hacerlo, por causa de fuerza mayor.

Está a discusión.

Los ciudadanos delegados que deseen inscribirse en pro o en contra, pasen a hacerlo desde luego.

El C. Nieto

Pido la palabra, en contra.

El C. presidente

Tiene usted la palabra.

El C. Nieto

Nada más para suplicar en breves palabras a la Comisión, me haga el favor de decirme si tendría inconveniente en que se dijera que se le diera lectura antes al dictamen, y luego a las constancias procesales, porque bien pudiera suceder que las constancias procesales fueran demasiado largas, y ya se ha visto que esta Asamblea se fastidia oyendo largas lecturas.

El C. Palacios Moreno

Señor delegado Nieto:

Están primero las constancias procesales, porque, si se da lectura al dictamen antes de las constancias, se fotma un prejuicio en la Asamblea, ya sea de ha lugar, o de no ha lugar; las constancias, en la forma que se vayan leyendo, ya llevan el prejuicio del dictamen.

El C. Nieto

Estoy conforme.

El C. secretario

Continúa la discusión. ¿No hay quién haga uso de la palabra?

El C. Mancilla

Simplemente para pedir que estén presentes los procesados, porque pueden no estar.

El C. secretario

El espíritu del artículo es que estén prsentes, por eso está agregado esto que va usted a oír: Constituido el Gran Jurado ...

El C. Mancilla

En ese caso, que se exprese que sólo por enfermedad ...

El C. secretario

Continúa la discusión.

El C. Quevedo, en pro

No creo que esté en lo justo el ciudadano delegado que acaba de hacer uso de la palabra; si fuéramos a poner en el artículo que sólo en el caso de estar enfermos los presuntos reos, fuera como se permitiera que no asistieran, en el caso de que estuvieran muertos, ¿qué sucedería? Las palabras empleadas en el artículo son propias, al decir que sólo en caso de fuerza mayor que les impida asistir, y ese caso de fuerza mayor será juzgado por la Asamblea. Por tanto, creo que está bien el artículo, tal como se halla redactado.

El C. Marines Valero, en contra

No creo que debemos continuar con la costumbre de expresar nuestros pensamientos con palabras que los representen de una manera vaga, con frases que sean elásticas y que se presten a interpretaciones torcidas; yo creo que la mejor prueba que podamos dar, de que somos realmente partidarios de la justicia es no dejar salida, ningún portillo por donde se puedan cometer chanchullos, por donde se puedan cometer chapuzas. ¿Qué miedo tenemos de expresar aquí, con toda claridad, los casos en que los defensores no deban de asistir? Temo mucho que no asistan los defensores en los siguientes casos:

Primero: Cuando éstos sean de tal manera ignorantes que, aun cuando pudieran tener la justicia, no tienen, por desgracia, las palabras suficientes para expresar que tienen la justicia;

Segundo: cuando ignoren las leyes que se relacionan con los delitos de que se trate, porque en ese caso, aunque sean capaces de hablar de otros auntos, no lo serán de defender, puesto que ignoran las leyes.

Así es que nosotros cometeríamos la grandísima injusticia de colocar a un acusado en condiciones tales de no concederle la defensa, lo cual es altamente injusto; creo que, al contrario, debemos expresar que aun cuando los defensores, por fuerza mayor, no puedan asistir, asistirán otros que el acusado nombre o que la Convención le proporcione, y, en este caso, deberemos nombrar defensores de oficio. ¡Qué casualidad que la costumbre que seguimos es ésta: Caíste en nuestro poder, tengo la autoridad suprema de fusilarte, de pasarte por las armas, sin que jamás hayamos consultado la voz de nuestra conciencia o la voz de la conciencia de los que todavía no la tienen encallecida u ofuscada!

Vamos dando muestras de que, puesto que los que caen en nuestras manos son mexicanos, somos justicieros con ellos, que con la justicia triunfaremos siempre.

Con esos procedimientos de inquisidor, nos haremos odiosos. Por lo tanto, si queremos que la Justicia brille, vamos dando oportunidad para que brille la Justicia.

El C. secretario

Por orden de la Presidencia, se va a dar lectura nuevamente al artículo a discusión, porque parece que el ciudadano Marines Valero no entendió:

Artículo segundo. (Leyó el artículo segundo)

El C. Marines

Me he equivocado: es de humanos errar.

El C. presidente

Tiene la palabra el C. Ramirez Wiella.

El C. Ramírez Wiella

Señores delegados:

El carácter de las leyes no debe ser el de casuisticas, porque darían peores resultados que los principios genéricos y abstractos. Por lo mismo, al decir fuerza mayor, está comprendido todo lo que puede impedir que los reos estén presentes: la enfermedad o cualquiera otra circunstancia. Por otra parte, eso no se presta a ningún inconveniente, ni trae graves males, porque están representados los reos por sus defensores, quienes harían valer, en caso determinado, cualquiera coacción. Por otra parte, en los Jurados se ha acostumbrado, y es de humanidad y de justicia, dejar al reo en absoluta libertad para que concurra o no al acto. Por lo mismo, sería antihumanitario, sería ilegal y contra todo principio, hacer que por la fuerza y de una manera contraria a las circunstancias en que puede encontrarse el reo, estuviera a la hora del Jurado. Así es que creo que está perfectamente el artículo al ponerlo de una manera genérica y no casuística.

El C. secretario

La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a la H. Asamblea si considera suficientemente discutido el artículo segundo.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Suficientemente discutido.

Se pone a votación económica.

Los que lo aprueben, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Artículo tercero: Concluida la lectura, se tomará por el presidente, sucesivamente, su declaración a los procesados, y rendida ésta, los delegados podrán hacer a aquéllos, preguntas relacionadas con los hechos del proceso, pero siempre por conducto de la Presidencia, jamás directamente.

Está a discusión. ¿No hay quién pida la palabra, en pro o en contra?

El C. Quevedo

Ruego a la Secretaría, que se sirva dar lectura nuevamente al artículo, para grabar bien sus conceptos. (La Secretaría leyó nuevamente el artículo)

El C. Quevedo

Interpelo a la Comisión para que me ilustre sobre la forma en que se van a hacer esas interpelaciones, ¿por conducto de la Presidencia, o con la venia de la Presidencia?

El C. Palacios Moreno

El artículo dice: por conducto de la Presidencia, para evitar las interpelaciones directas que pudieran producir disputas o altercados entre los procesados y los delegados, procurando conservar así, dentro del procedimiento, el mayor orden, y para molestar lo menos posible a los reos.

El C. secretario

Continúa la discusión.

¿No hay quién haga uso de la palabra?

En votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido; los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Suficientemente discutido.

Se procede a recoger la votación, económicamente; los que aprueben, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

El C. secretario

Concluida la declaración de los reos, se tomarán bajo protesta de decir verdad, las de los testigos, primero los de cargo, y luego los de descargo practicándose las demás diligencias que resulten de la averiguación. Los delegados podrán intervenir en las diligencias, proponiendo su ampliación o práctica de otras nuevas, haciendo las preguntas u observaciones que gusten, siempre por conducto de la Presidencia.

Está a discusión.

¿No hay quien haga uso de la palabra?

En votación económica, se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Artículo quinto. Terminadas las diligencias, la Mesa ordenará que se dé lectura a las constancias procesales que solicitaren los delegados o las partes, concluyendo con la segunda lectura del dictamen de la Sección Instructora, y decretada dicha lectura sin reclamación de la Asamblea, no se admitirá ninguna proposición para la práctica de nuevas diligencias, y cualquiera que se haga en este sentido, se rechazará de plano por la Mesa.

Está a discusión.

¿No hay quién pida la palabra?

En votación económica, se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Aprobado.

Artículo sexto. A continuación se pondrá a discusión el dictamen de la Sección Instructora, haciendo uso de la palabra primero alguno de los delegados que sostengan que ha lugar a proceder, si el dictamen fuere absolutorio, o la defensa, en caso contrario, y así sucesivamente, hasta que se declaren agotados los debates, siendo de advertir que la defensa tiene preferencia sobre los delegados que sostengan la inculpabilidad, y derecho de hacer uso de la palabra, al último.

Está a discusión.

El C. Quevedo

Pido la palabra, para una moción de orden.

Para que la Presidencia suplique al señor secretario, se sirva pedir la votación en otra forma. Estamos deshaciendo las pocas sillas que quedan buenas; nada, pues, le cuesta, preguntar al revés de como lo hace.

El C. secretario

Respetuosamente manifiesto al señor delegado Quevedo, que lamento bastante que no haya estado presente ayer, pues si se recoge la votación en esa forma, es para evitar molestias a los compañeros; cuando así lo hice, se opusieron varias personas del lado de la derecha. (Risas)

Pero con un bracito que levante su señoría, quedará satisfecho.

El C. Quevedo

Que pregunte quiénes levantan el brazo.

El C. secretario

Artículo sexto. (Lo leyó)

Está a discusión.

El C. Pasuengo Matías

¿Tiene usted la bondad de volver a leer?

El C. secretario

Con mucho gusto. (Leyó)

Continúa la discusión.

¿No hay quién haga uso de la palabra?

El C. Quevedo

Pido la palabra, en contra.

El C. presidente

La Mesa suplica a todos los señores oradores que deseen bacer uso de la palabra, ya sea en pro o en contra, se sirvan pasar a inscribirse.

Tiene la palabra, en contra, el ciudadano Quevedo.

El C. Quevedo

Ingenuamente confieso que no sé si voy a hablar en contra, pues en este caso se me ha presentado una duda.

El C. presidente

Unicamente se ha inscrito una persona; el ciudadano Quevedo, tiene la palabra en contra.

El C. Quevedo

La lectura del artículo a discusión me hace conocer que las partes que van a constituir el Gran Jurado, van a ser los defensores.

Unicamente, la persona o personas que nombren los reos, y la acusación, van a quedar oficiosamente en manos de cualquiera de los delegados; pues no recuerdo que ninguno de los artículos hable de una voz acusadora nombrada de antemano; así es que la acusación va a salir únicamente de los delegados, y como éstos no pueden estar empapados en las constancias procesales, porque su sola lectura no será suficiente para que se posesionen de todas las que aparezcan en el juicio, yo pido, si es posible, que en este artículo se nombre a alguno de los que formaron la Sección Instructora, o se nombre de antemano a cualquiera otro de los que lleven la acusación; de lo contrario, no sería correcto un juicio.

El C. Palacios Moreno

Es indispensable fijar bien el criterio de la Asamblea acerca de sus atribuciones cuando se constituya en Gran Jurado; la Asamblea no va a sentenciar a un individuo, por un delito; por consiguiente, no puede acusarlo. La Asamblea va a despojar a un delegado, de su fuero, para que las autoridades lo juzguen y establezcan si es responsable o no, del delito que se le atribuye; en consecuencia, si no va a hacer acusación, no irá a tener la representación del Ministerio Público; simplemente va a establecer esto: el ser un tribunal de conciencia para decidir si, en su concepto, hay datos suficientes para que tal o cual delegado, sea juzgado, o no; en el primer easo, el juez será el que pida el castigo eorrespondiente, sin que por ello haya en la Asamblea representante del Ministerio Público; por eso es que, dadas estas atribuciones, el dictamen se reduce a una simple proposición: la proposición del Gran Jurado; más bien dicho, se reduce a un dictamen de Comisión, que puede ser de Justicia u otra cualquiera. La Asamblea discute en su seno, si ese dictamen es o no aceptable, y lo aprueba o lo reprueba. Los delegados que sostengan que hay datos bastantes para quitarle el fuero a un individuo, sostienen, digámoslo así, la acusación a que se refiere el señor Quevedo. Los que sostengan el pro, sostienen la defensa. Llamémosles con nombres, que prácticamente no deben tener.

El C. secretario

Continúa la discusión.

¿No hay quién haga uso de la palabra?

El C. Marines

¿Tiene usted la bondad de volver a leer?

El C. secretario

Con mucho gusto. (Lee el artículo)

El C. Pasuengo Matías

Pido la palabra.

El C. presidente

Va a dar la Mesa, lectura al artículo segundo del Reglamento, que ya está aprobado.

El ciudadano secretario

Artículo segundo. El presidente formará una lista de los oradores que se inscriban en pro y en contra, leyéndose íntegra antes de comenzar la discusión.

El C. Pasuengo Matías

Pido la palabra, en contra.

El C. secretario

La Mesa manifiesta que ya se ha cerrado la lista.

El C. Nieto

Queda el derecho a algunos ciudadanos delegados, para hacer observaciones.

El C. Marines

Señor presidente: Para moción de orden.

El C. Quevedo

Para una moción de orden.

El C. presidente

Tiene la palabra, para una moción de orden, el ciudadano Marines.

El C. Marines

Yo entiendo que el espíritu de ese artículo, es el de conceder la palabra a un orador que no esté inscrito, mientras no se haya agotado el número de los oradores que constan en la lista; pero, una vez que el número se ha agotado, no veo en qué artículo se ha aprobado, el que, una vez que ya hablaron todos los inscritos en pro o en contra, no se le dé la palabra a quien la solicite. Ni un solo artículo se ha aprobado en ese sentido.

El C. presidente

La Mesa se encuentra en este conflicto, y por eso se suplicó a los señores delegados que pasaran a inscribirse, porque el artículo está en contradicción con el otro punto que dice que ya no habrá lugar a hacer uso de la palabra, más que para mociones de orden.

El C. Pasuengo Matías

Para una moción de orden.

La moción de orden consiste en esto, en que yo suplicaría a la Mesa que cada vez que se trate de un asunto de tanta importancia, como verdaderamente lo es éste, tuviera la bondad la Mesa de ilustrarme con un impreso, porque, como dije ayer, yo soy de muy mala memoria y hasta que hablan cuatro o cinco me vengo orientando. Ultimamente me he orientado respecto de que este punto es una cosa muy importante; y así, repito, que mi moción de orden está encaminada a que la Mesa tenga la bondad de ilustrarme; así como a toda la Asamblea, porque todos tenemos el sagrado derecho de interiorizarnos en estos asuntos.

El C. presidente

La Mesa manifiesta al señor Pasuengo, que acaba de hacer uso de la palabra, que hasta hoy le fue presentado el Proyecto de Reglamento de que se trata, y se vio en el caso de preguntar si era de obvia y pronta resolución; por eso no hubo tiempo de mandarlo a la imprenta.

El C. Pasuengo Matías

Por eso precisamente el señor presidente está en su derecho, cuando se presente el caso, de decir a la Asamblea: siempre que alguno de los señores delegados quiera que la Comisión reparta algún impreso, para que se ilustren respecto del asunto de que se trate, se les suplica así lo manifiesten: esto es lo que he dicho antes y lo sostendré todo el tiempo.

El C. Quevedo

Pido la palabra para una moción de orden.

El C. presidente

Tiene la palabra el ciudadano González Cordero.

El C. González Cordero

El espíritu de los artículos primero y sexto, ya aprobados, no se refiere a que no se pueda inscribir a ninguno después, pasando muchas veces a la Presidencia cuando empieza la discusión, entonces, o no está uno verdaderamente orientado de lo que se trata, o los argumentos, tanto en pro como en contra, le hacen a uno tener una orientación fija borrando un error que en el fondo tiene; por eso muchas veces no se inscribe uno en pro o en contra. Por eso cree que en algunas discusiones debe permitirse ...

El C. presidente

La Mesa va a dar de nuevo lectura a los articulos en cuestión.

El C. secretario

Artículo sexto: (lee el artículo sexto).

El C. presidente

En consecuencia, la Mesa entiende que desde el momento en que llama a todos aquellos que deseen hacer uso de la palabra, pasen a inscribirse y sólo así tendrán la palabra.

El C. González Cordero

Permítame su Señoría leer el artículo, y verá cómo sí puede inscribirse dos veces un mismo orador.

El C. Quevedo

Nuevamente pido la palabra para una moción de orden.

El C. González Cordero

Usted mandó leer el artículo quinto ...

El C. Quevedo

Por sexta vez pido la palabra para una moción de orden.

El C. secretario

Todavía no se ha puesto a discusión.

El C. presidente

Se pregunta a la honorable Asamblea, si todavía sigue abierta la lista, para evitar una confusión, si a pesar de haberse inscrito. continúa abierta la lista.

El C. secretario

La Mesa ordena a la Secretaría, pregunte a esta honorable Asamblea si continúa abierta la lista, para que sigan haciendo uso de la palabra los oradores. Los que estén por la afirmativa ...

El C. Quevedo

Protesto contra el trámite de la Mesa. Por última vez; para una moción de orden.

El C. Borrego

Para una moción de orden.

El C. presidente

Tiene usted la palabra.

El C. Borrego

El artículo sexto ...

El C. Quevedo

He pedido la palabra por sexta vez para moción de orden.

El C. presidente

Si es precisamente una falta de Reglamento, yo me quiero agregar a él; en este caso la Mesa con todo respeto suplica a los señores delegados que manifiesten si continúan haciendo uso de esto o no, porque de otra manera, realmente yo ...

Índice de Crónicas y debates de la Soberana Convención Revolucionaria Recopilación de Florencio Barrera FuentesSegunda parte de la sesión del 16 de febrero de 1915 Segunda parte de la sesión del 17 de febrero de 1915Biblioteca Virtual Antorcha