Índice de El juicio de Francisco Ferrer Guardia Varios autoresSentenciaDecreto del excmo. Sr. Capitán general de Cataluña, aprobando el fallo del Consejo de GuerraBiblioteca Virtual Antorcha

JUICIO DE FRANCISCO FERRER GUARDIA

Dictamen del Auditor general de la 4a. región


Excmo. señor:

Se declara en la precedente sentencia que los hechos justiciables coostituyen el delito consumado de rebelión militar, definida en el artículo 237 del Código de Justicia militar por la concurrencia de las circunstancias tercera y cuarta del mismo; que de dicho delito considera responsable en concepto de autor y como jefe de la rebelión al procesado Francisco Ferrer Guardia, con las circunstancias agravantes del artículo 173 del mismo Cuerpo legal, y en su virtud le impone, con arreglo al artículo 238 en su número 1° la pena de muerte, con las accesorias, caso de indulto, de inhabilitación absoluta perpetua, condenándole también a la indemnización de todos los daños y perjuicios ocasionados por los incendios, saqueos y deterioros de vías de comunicación, férreas y telegráficas ocasionados durante la rebelión, quedando, hasta que pueda sefialarse su cuantía, afectos todos los bienes de Ferrer Guardia a la extinción de esta responsabilidad civil, y declarando que en caso de indulto le será de abono la mitad del tiempo de prisión sufrida; citando como fundamento del fallo los artículos 173, 188, 219 y 237 en sus circunstancias tercera y cuarta; 238, número 1°, y 242 del Código de Justicia Militar; 11, 13, 18 al 21, 53, 121 al 128 del Penal ordinario y Ley de 17 de Enero de 1901.

Considera indispensable el Auditor dar comienzo a este dictamen con una biografía del procesado Ferrer Guardia como revolucionario, deducida de las cartas y documentos que constituyen los 50 legajos ocupados por la Policía en el segundo de los registros practicados en el Mas Germinal.

El documento más antiguo que en ellos aparece es una carta de fecha 22 de Junio de 1880 (legajo 14), que hace referencia a la misión confiada entonces al acusado por D. Manuel Ruiz Zorrilla, emigrado a la sazón en Ginebra, de introducir en España la correspondencia que dicho señor sostenía con sus adeptos, así como los manifiestos, encargos y paquetes que se le confiaban y que Ferrer cuidaba de hacer que llegasen a su destino. Se hallaba entonces empleado Ferrer en la Compañía de ferrocarriles de Madrid a Zaragoza y a Alicante, y hacía el recorrido, como revisor de billetes, desde la frontera francesa a Barcelona.

También se le confiaron algunas gestiones de interés en el movimiento revolucionario que por aquella época se preparaba en Santa Coloma de Farnés, y con tal inteligencia, interés y celo laboró el acusado por la causa republicana, que Ruiz Zorrilla lo consideraba como uno de los mejores, más leales e inteligentes amigos, expresándole en diferentes cartas (legajos 14 y 26) que, con algunos hombres como él, ya estarían en Madrid y habría triunfado la República. De esta suerte continuó hasta el 19 de Mayo de 1885 en que hizo renuncia de su destino y se instaló en París, relacionándose esta determinación con el levantamiento de Santa Coloma, en que tuvo alguna parte, con desavenencias conyugales que produjeron la separación de su mujer, de la que recibió dos tiros (legajo 26, cartas 27 de Mayo), y con un supuesto robo realizado en la línea de Gerona a un sacerdote que conducía fondos (legajo número 40, cuartilla 167).

Protegido por Ruiz Zorrilla y por la colonia de emigrados españoles, estableció en París una tienda de vinos y se dedicó a dar lecciones y a trabajar activamente por la causa de la revolución. Sostuvo activa correspondencia con diferentes personalidades republicanas, que constituyen los legajos 15, 16, 16 a, 16 b, 16 e, 16 d, y 26, observándose que los más fogosos e impacientes se dirigían a Ferrer con el fin de que influyera en el ánimo de Ruiz Zorrilla para que, sin admitir cábalas, componendas ni uniones con otros matices del partido republicano ni esperar nada de la evolución, marchase a la revolución franca y decididamente.

Es de notar que, a partir del mes de Marzo de 1883, la mayor parte de las cartas recibidas por Ferrer no se le dirigen a su nombre, sino al de Cero, que es el seudónimo y contraseña que había tomado para los trabajos de conspiración; número y nombre, que conservó hasta la muerte de Ruiz Zorrilla, firmando con el mismo el célebre Manifiesto de los 300 que ha publicado la prensa; nombre simbólico y que constituye por sí solo un rasgo muy saliente de la personalidad de Ferrer como conspirador; quiere ser siempre ei más avanzado, quiere marchar delante del uno; pero al mismo tiempo desea que su nombre no figure; aspira a esfumarse, a trabajar en la sombra, y por ello, a pesar de que ha sido uno de los hombres más revolucionarios de España, nunca ha sido jefe; y cuando D. Odón de Buen, al celebrarse un renombrado miting con el fin de que todas las fracciones del partido republicano quedaran unidas bajo la jefatura de Salmerón, recabó de Ferrer autorización para que figurara su firma en la convocatoria para aquel acto, el procesado se negó a ello (carta de 8 de Abril de 1903), recabó su libertad de acción para seguir trabajando en la obscuridad, y expresó su inquebrantable decisión de no figurar a la cabeza de ningún partido político.

Así continuó Ferrer sus incesantes tareas revolucionarias, al lado de Ruiz Zorrilla, cuyo afecto logró conquistar, hasta ser su Secretario, e intervino en la preparación de todas las sublevaciones políticas de carácter republicano surgidas en España desde la de Asencio Vega, en Badajoz, a la del Capitán Casero en Madrid.

Llegado el año 1892, obtuvo Ferrer la representación de diversos Centros republicanos, librepensadores y socialistas de España y del extranjero, asistiendo como delegado de aquellas entidades al Congreso del libre pensamiento celebrado en Madrid; y en ese Congreso adquirió singular relieve la figura de Ferrer, como portaestandarte de la revolución, después del violento discurso que, escrito en español y en francés, fue profusamente repartido.

En dicho Congreso conoció Ferrer a Lerroux, redactor entonces encargado de la sección Politica del día de El País, y adivinando en el joven periodista un temperamento revolucionario similar al suyo, trabó con él rápida y fraternal amistad, que se fotografía en las cartas de Lerroux que forman el legajo número 2; amistad e inteligencia política que ha perdurado hasta fecha muy reciente, ya que en la última carta de Ferrer, de 24 de Junio de 1908, paquete número 12, escrita en Amélie-les-Bains, en ocasión de hallarse en aquel establecimiento Ferrer y Soledad, Malato y Margarita, Anselmo Lorenzo y otros anarquistas extranjeros que no se nombran (carta de Lorenzo de 21 de Julio de 1908, paquete 12), invitaba Ferrer, insistente y cariñosamente, a Lerroux para que enviase al balneario francés a su señora e hijo, creyendó que su estancia allí le resultaría mucho más agradable que en la finca de Mongat, que antes había puesto a disposición de su familia; a cuyo ofrecimiento contestó Lerroux en 29 de Junio, agradeciendo la invitación y manifestando que transmitía la carta a su señora, dejándola en libertad de aceptar el ofrecimiento y encargándole que le diera directamente la respuesta (paquete 12).

Ferrer puso a Lerroux en relación con Ruiz Zorrilla, y aun cuando ambos aceptaban su jefatura, por ser entonces el caudillo republicano que marchaba a la revolución, ni uno ni otro estaban satisfechos de la dirección que se imprimía al partido, como lo prueba el hecho de que, pareciéndole incoloro y débil a Ferrer el manifiesto o proclama de Ruiz Zorrilla, autorizado por el acusado, como Secretario (folio 376), por estimar que, aun cuando muy avanzada, se limitaba a la revolución política y los dos amigos aspiraban a la revolución social; redactaron por su cuenta la carta circular del folio 374 en la que se inserta el manifiesto de Lerroux a los republicanos de corazón, incitando enérgicamente a la revolución y a la formación del grupo de 300 hombres, dispuestos a dar su vida por aquélla, figurando a la cabeza de los 300, Ferrer, pero tomando el número Cero, que es el nombre con que autorizó la proclama circular. Este grupo fue el que durante el espacio de tiempo que medió desde el año 1892 hasta la muerte de Ruiz Zorrilla, sostuvo el fuego de la conspiración entre los elementos avanzados del partido republicano, firmando sus cartas los que lo componlan con los números que cada cual había tomado, cuya lista conservaba Ferrer, que era el encargado de suministrar al jefe los datos necesarios, cuando se dudaba quién era la persona a quien correspondía el número 20 o el 132 con que aparecía firmada la carta.

Muerto Ruiz Zorrilla y habiendo de buscar los revolucionarios otro jefe, se dirigió el acusado a Lerroux, proponiéndole que aceptase esa jefatura que le ofreció con halagadoras frases en la carta oida a folios 188 y 189; pero Lerroux declinó por entonces tal honra, en la carta de folios 390 y 391, si bien conviniendo con Ferrer en que era necesario hacer revolucionarios y convencer al pueblo de que podía vivir sin Ley, sin Gobierno, sin Dios ni nada.

Viendo que los años transcurrían sin que la ansiada revolución triunfase, y aleccionado Ferrer por la experiencia de que los movimientos insurreccionales de Santa Coloma, de Badajoz, de Villacampa, de Casero, de Manglado, en todos los cuales tuvo al parecer alguna intervención, eran otros tantos fracasos, y convencido de que la revolÜción de sus ensueños jamás triunfaría por tales procedimientos, cambió por completo de rumbo, por creer que en España era inútil fomentar revoluciones, pues lo primero y principal era crear revolucionarios, y para conseguirlo, se hacia indispensable educar a la juventud desterrando de su cerebro la idea de Diós, de la Religión, de la propiedad, de la familia y desligándola de todo vinculo que pudiera embarazar sus movimientos, y una vez así preparada, esperar la primera ocasión, como una huelga general, la fiesta de 1° de Mayo o cualquiera otra coyuntura lanzándola entonces a la calle para derrocar todo lo existente y hacer la revolución social (legajo núm. 15).

La empresa era ardua y penosa; pero el acusado dedicó a ella toda su incansable actividad, y necesitando en primer término dinero, emprendió la conquista de una discípula, esperando que con el tiempo lograría obtener de ella los fondos necesarios para realizar su ideal. Era dicha discípula Mlle. Ernestina Meunié, católica apostólica y todo lo demás, como dice Ferrer en su carta de 29 de Septiembre de 1900 (paquete número 38) y sobre ella ejerció Ferrer durante seis años una verdadera fascinación con el fin de convertirla en anarquista; las interesantes y numerosas cartas que constituyen el paquete número 39 reflejan de un modo exacto la impresión que en su alma iban produciendo las sugestiones del acusado, llegando a confesarle en la fechada el 2 de Noviembre de 1899 lo siguiente: Tenia, dice, un culto admirativo para el clero: ha muerto; tenia respeto y admiración para los hombres y las cosas de la justicia: ha muerto; tenia estimación y admiración por los militares: ha muerto; tenía respeto en general a todo lo que es autoridad y gobierno y ... ha muerto ...; pero hay un Ser Supremo, un Dios, el Dios de mi madre, el Dios que ella adoraba, que la hacia feliz, que le ha procurado una muerte tranquila y dulce ...; y ese Dios no logró Ferrer arrancarlo de su alma, y no logró tampoco que la Srta. Meunié aceptara el empleo de las bombas y explosivos, contestando siempre a los argumentos de su desinteresado profesor, que asi como a un león y a un tigre furioso se les encierra en una jaula para que no hagan daño, así también era preciso encerrar a los anarquistas de acción con el mismo objeto. No fue, pues, completa, la conversión al anarquismo de la Srta. Meunié, pero si lo suficiente para que Ferrer consiguiera el fin que se habia propuesto; y al regresar de un viaje, invocando ideas de filantropia y de protección para los desvalidos, le arrancó el acusado la concesión de una renta anual de diez mil francos para el sostenimiento de una Escuela Asilo, que por obra de Ferrer se convirtió en la Escuela Moderna, realizando una labor diametralmente opuesta al propósito y fines de Ernestina Meunié, su inconsciente fundadora.

Obtenidos los fondos necesarios, era preciso imprimir a los estudios de la Escuela una dirección adecuada al fin de crear una juventud revolucionaria, o mejor dicho, anarquista, y a esta necesidad había ya previsto Ferrer, quien había entablado relaciones filosófico-mercantiles con Mme. Ch. Jacquinet, profesora de Instrucción primaria, que regentaba una Escuela laica. en Sakha (Egipto), Escuela que por considerar perjudicial fue cerrada merced a la intervención de las Autoridades inglesas. Era Mme. Jacquinet atea, materialista cientificamente (?) convencida, antirreligiosa, pues entiende que las religiones, dividiendo a los hombres, constituyen un verdadero obstáculo para su progreso; antimilitarista, anarquista y tal cual Ferrer pudiera haberla soñado para formar con sus enseñanzas una juventud archirevolucionaria (cartas de Mine. Jacquinet, paquete número 34 e). A ésta, pues, eligió Ferrer como Directora de su Escuela: la llamó a París, arrancándola del suicidio; se dedicaron durante unos días a comprar material científico para la enseñanza, y en los primeros días de Enero de 1901 se estableció en Barcelona, dando comienzo á la instalación de la Escuela Moderna, en cuya labor fue secundada por una Junta compuesta de los Sres. Brosa (que luego fue yerno de Ferrer), Hurtado Prat, Canivel, Salas Antón, Jaime Peiró, y Odón de Buén (legajo número 34 c.); de esta suerte Mme. Jacquinet, que fue arrancada del suelo de Egipto, como germen dañino y peligroso, por las Autoridades de la liberal Inglaterra; trasplantada por Ferrer a Barcelona arraigó, se desarrolló y dió abundantes y amarguísimos frutos en nuestra calumniada España.

Habiendo suplicado Mme. Jacquinet a Ferrer que la librara de la parte administrativa de la Escuela, se dirigió aquél a su amigo y correligionario José Prats, para que se ocupase de los trabajos preliminares; y con el fin de que resulte plenamente comprobado que el único objetivo de Ferrer al instaurar su Escuela era crear una generación de anarquistas y revolucionarios, transcribirá el Auditor algunos párrafos de sus cartas a Prats, por más que en todas ellas se repite constantemente el concepto de que la obra más revolucionaria del mundo es la educación adecuada de la clase obrera; dice en la de 29 de Septiembre de 1900:

Amigo Prats: tengo intención de fundar en ésa una Escuela emancipadora, la cual se encargará de desterrar de los cerebros lo que divide a los hombres (religión), falso concepto de la propiedad, patria y familia, etc., para alcanzar la libertad y el bienestar que todos apetecemos y que nadie logra por completo;

En la de 6 de Diciembre añade

... Tendremos que hacer de manera que todos los hechos de la Escuela sean libertarios interiormente, por sus libros, por sus prácticas, etc., etc., pero sin que exteriormente se haga alarde de ello, porque si no, no podríamos vivir ...;

Y en la del 18 del propio mes, redondea el pensamiento diciendo: Pero es tan fuera de lo hecho hasta hoy lo que pienso hacer, que si no hay métodos (de enseñanza) aceptables, se harán exprofeso, puesto que en la Escuela no habrá de glorificarse a Dios, ni la Patria, ni a nada.

Con este fin, o sea con el de escribir textos y métodos de enseñanza, redactó el acusado una circular convocando a un concurso de autores, y en ella se lee:

Un republicano revolucionario, que ha vivido en París desde 1885, desde cuya fecha, con el tedio y desengaños sufridos al contacto de los progresistas y, otros republicanos españoles, con lo observado en los partidos radical y socialista francés, después de haber tomado parte en infinidad de Congresos de trabajadores, de socialistas demócratas, asistiendo a las luchas de los jefes socialistas, y leído la prensa que se titula defensora de los derechos del pueblo, llegó a convencerse de que el único camino que puede conducir a la redención de los que sufren, y a un verdadero estado social, es la instrucción de la clase obrera ... Convencido, pues, de esto, trocó el antiguo ardor que antes le dominaba por la revolución política en pasión a favor de la instrucción del pueblo, y gracias a su constante propaganda ha logrado encontrar algunos recursos para la fundación de una Escuela emancipadora. Es deseo del siempre republicano y revolucionario que la Escuela emancipadora lo sea de veras y por completo ...Francisco Ferrer Guardia, que es de quien se trata, tiene la intención de establecer la Escuela en Barcelona, por creer que la capital catalana es el mejor foco para la propaganda y desarrollo de esas ideas...; y después abre un concurso señalando las bases para escribir diferentes textos, en tales condiciones, que la historia, la geografía, la gramática y todas las ciencias, artes y letras converjan al objeto de arrancar a la juventud todas las creencias y halagar todos sus apetitos (legajo núm. 13).

Y para que no pueda caber duda de que con la educación que denomina racional y científica, el único ideal a que se aspira es al de formar revolucionarios y anarquistas, merece especial mención la contestación dada por el acusado a una carta de D. Odón de Buen, en que lamentándose éste de que había estado a punto de ser víctima del atentado de Hostafranch, pues iba en compañía de Salmerón, expresando que dicho atentado se preparó por gentes de la intimidad de Ferrer,y que por tal motivo se veía privado de visitarle (Ferrer se hallaba entonces en la Cárcel Modelo de Madrid), porque temía hallar allí personas con quien deseaba no encontrarse, le dice Ferrer, en carta de 25 de Mayo de 1907: Sobre lo de no venir a verme, siento sea por lo que usted dice, pues estoy seguro que en mi locutorio no hay nadie cuya presencia pudiera molestarle; si se refiere a Lerroux, no le ví en un año más que tres o cuatro veces, y en todo no habrá llegado a un cuarto de hora. Es muy sensible, D. Odón, que las pasiones políticas separen a los hombres que por sus aspiraciones, o al menos por su propaganda, debieran verse siempre unidos. Ya sabe usted cuán desengañado estaba yo de la política, y ahora, con estas nuevas divergencias y extrañas orientaciones, se me arraiga más la convicción de que por la enseñanza racionalista y educación societaria se podrá ir más, mucho más allá que con las luchas electorales.

En análogo sentido se expresa al escribir al Dr. Garriga, de Buenos Aires, y cien veces repite que la obra más intensa y seguramente revolucionaria es la educación en la forma por él planteada.

Por eso, al cerrarse el año 1906 la Escuela Moderna, procuro Ferrer abrir paso a su propaganda, llevando a la Escuela de la Casa del Pueblo, a la Solidaridad Obrera, y a todos y a cada uno de los numerosos Centros políticos radicales establecidos en Barcelona y en Cataluña, sus textos, sus folletos, sus libros, y de este modo, suavemente, sin suscitar recelos, sin levantar protestas y con el antifaz de proporcionar al pueblo una educación racional y científica, ha ido apoderándose de los elementos más activos de los partidos avanzados, de tal suerte, que en la actualidad no podrán éstos intentar en Cataluña movimiento alguno político, sin verse arrollados por la ola anarquista, que los envuelve y arrastra á la revolución social.

Ya se percataron de ese mal determinados elementos del partido republicano, como lo prueban las gestiones que en el pasado año se hicieron para desterrar de sus Escuelas los textos de Ferrer (cartas de Colominas y Bertelosi a Ferrer, paquetes núms. 3 y 11); pero los sucesos han demostrado que ya era tarde, pues el mal estaba hecho. Un detenido examen de las cuentas de la Escuela Moderna y de las publicaciones dirigidas por Ferrer, a que por apremios de tiempo no ha podido dedicarse el Auditor, pondria de manifiesto la extensisima labor de propaganda anarquista realizada durante los últimos años; pero tomando a granel algunos datos que la simple lectura de varios documentos suministra, aparece que según un impreso que con el epígrafe de Pour Francisco Ferrer, y que escrito en francés y en inglés, obra en el paquete número 24, el año 1906, antes del atentado contra ss. MM., contaba Ferrer, sólo en la provincia de Barcelona, con 47 sucursales de la Escuela Moderna, cuyo número se ha elevado después prodigiosamerite, extendiéndose no sólo a las restantes provincias catalanas, sino a las de Valencia, Granada, Sevilla y otras poblaciones de Andalucía; y sus libros, folletos y revistas dirigidas no ya a los niños, como los textos de las Escuelas, sino al elemento viril de la clase obrera, cuentan hoy con amplio mercado en España y América, publicándose numerosas traducciones de cuantas obras ácratas y anarquistas se producen en el extranjero, agotándose rápidamente las ediciones de varias de ellas, que inmediatamente son sustituidas por otras en mejores condiciones que la anterior; siendo también de observar que cuando alguno de los centros politicos que se surten de sus obras, aparece moroso en el pago de los pedidos, no es apremiado por Ferrer; quien sin duda estima es más revolucionario recoger en su dia el fruto que puedan producir sus obras, que cobrar de momento unas cuantas pesetas.

La correspondencia que se analiza pone además de manifiesto la autoridad y dominio que el procesado Ferrer ejercia sobre los elementos que le rodeaban, constituidos, no sólo por los profesores de las numerosas Escuelas que de él dependian, sino por los intelectuales que cooperaban a su labor escribiendo textos y colaborando en las revistas y boletines que Ferrer publicaba en Barcelona, Bruselas y Roma, y examinando las cartas dirigidas al acusado por Anselmo Lorenzo, Litrán, Colominas, Odón de Buen, Pi Arsuaga, Nákens, Estébanez, Palasi y otros varios en España; A. Naquet y Grave, en Francia; E. Stander, Eugerraud y Eol. Duchemin, en Bruselas, y Fabri en Roma, se advierte que todos ellos rendían a Ferrer el acatamiento debido, no sólo al editor que paga y anticipa sin regateos el precio de la obra, sino a la inteligencia que domina y al jefe que dirige, evidenciándose por la lectura de esa correspondencia la jefatura y autoridad ejercida por el acusado. Sostenia además Ferrer íntima y fraternal amistad con los anarquistas Malato, Kropotkine, algunas de cuyas obras se publicaban en Barcelona traducidas por A. Lorenzo, al mismo tiempo que en Paris (Cartas de Lorenzo, paquete 12), y tenía relaciones, asi como con Tainda, Malatesta, Reclús y otros anarquistas extranjeros. El procesado Ferrer ocupa preeminente lugar en la masonería del mundo, como lo revelan los títulos, medallas e insignias ocupadas en el Mas Germinal, las numerosísimas cartas masónicas que constituyen los cincuenta legajos que el Auditor no puede descifrar, asi como las delicadas y altas misiones que dentro de la masonería mundíal le han sido confiadas y constan al detalle en los legajos 15-27 y otros varios.

De cuanto se deja expuesto resulta:

1°, que el acusado Ferrer Guardia ha dedicado las energías y actividades de toda su vida al triunfo de la revolución;

2°, que á pesar del ardor y constancia con que ha trabajado por la causa de la revolución, ha querido siempre permanecer en la sombra, ocultándose, bajo el pseudónimo Cero durante la época que tomó parte en las conspiraciones politicas, y colocándose el antifaz de la educación científica y racional cuando, cambiando de rumbo, se dedicó a la propaganda anarquista y a la gestación de la revolución social;

3°, que ha sido el verdadero jefe de los anarquistas, ácratas y libertarios españoles.

Con estos antecedentes, suministrados por sus mismas cartas, no es de extrañar que cuando, en la semana abyecta, turbas de mujeres y adolescentes prendían fuego en las iglesias y conventos, profanaban sepulturas y arrastraban por las calles de Barcelona los cadáveres y momias de las monjas; cuando otra turba de mujeres detenía en el campo de Galvany a una monja que, ocultando entre sus hábitos algunos fondos y objetos que deseaba sustraer a la rapacidad de los asaltantes, y despojándola una a una de sus prendas, hasta dejarla en camisa, le robaron cuanto llevaba, y después de deliberar si la arrojaban o no a las llamas en que ardía su convento, la dejaban marchar en medio de las chacotas y burlas más groseras y degradadas; cuando uno de los rebeldes, tomando en sus brazos el cadáver momificado de otra monja, después de bailar con él, lo profanó de un modo brutal; cuando otro rebelde, al hallar entre las ruinas de un convento incendiado una hermosísima imagen de la virgen, la dirigió los más obscenos requiebros, y después de besarla y abrazarla, le levantó el manto, y echándose sobre la imagen, simuló con sus movimientos la más perversa de las profanaciones; y cuando tantos otros actos de barbarie sectaria se cometieron en Cataluña, la conciencia pública, indignada, exclamase unánimemente: ésta es la obra de Ferrer; y no se equivocaba por cierto, pues los que la realizaron estaban unidos a él con la relación de fruto y semilla, de efecto y causa, de discípulo y maestro, de jefe que manda y soldado que obedece.

Bastaría con lo expuesto, deducido del examen de la prueba documental, sin necesidad de levantar la cubierta de los autos, para llevar al ánimo la convicción íntima, razonada e incontrovertible de que Francisco Ferrer Guardia fue el autor moral y el jefe del movimiento revolucionario anarquista de Cataluña, realizando con ello los ensueños de toda su existencia, y recogiendo el fruto de los treinta años de incesante labor dedicados al triunfo de la revolución social.

Veamos ahora cómo se enlazan los precedentes relatados con los sucesos ocurridos en Cataluña durante la última semana de Julio.

Llana, expedita y sencilla resulta para el Auditor. esta segunda parte del dictamen, puesto que, habiéndose formulado en el resumen del Juez instructor un detalladísimo relato de los hechos (folios 406 y siguientes), consignándose por el Ministerio Fiscal en el escrito de acusación y por el Asesor en su parecer con toda claridad y precisión los cargos que los autos arrojan contra el procesado, y exponiéndose con atinado criterio jurídico el concepto legal que tales cargos merecen, con cuyas apreciaciones se halla conforme el que suscribe, resultaría enojosa y estéril una nueva enumeraCión de hechos, y por ello ha de limitarse el Auditor a recordar los rasgos más salientes que caracterizan la intervención del acusado en los sucesos de Barcelona, Premiá y Masnou.

Se denuncia la presencia de Ferrer entre los rebeldes de Barcelona al aparecer en los grupos que, sobre las seis de la tarde del día 26, se formaron en la plaza de Antonio López; y que al ser disueltos por una pareja de Caballería, dió lugar el acusado con sus réplicas despectivas a que los soldados que la formaban se fijasen en él, habiéndolo reconocido por tres veces en diligencia de rueda de presos (folio 488 y 489); aparece poco tiempo después en Atarazanas hablando con los grupos que allí existían, según manifiesta el Agente que le vigilaba, el cual le perdió de vista en las Ramblas al darse úna carga por fuerzas de Seguridad, viéndole algún tiempo después entrar en el Hotel Internacional, donde cenó.

Aparece luego acompañado del barbero de Masnou, Francisco Domenech, visitando por dos veces la redacción de El Progreso para ver lo que acordaban los compañeros; pero sale mal impresionado de esas conferencias, porque Emiliano Iglesias y los que con él se hallaban, no se mostraron propicios a secundar sus planes revolucionarios, y poco tiempo después, habiendo encontrado en la calle de la Princesa a su correligionario Moreno, envió a éste con un tercer recado a la redacción de El Progreso, donde había representantes de la Solidaridad Obrera, para ver en qué quedaban, y esta vez obtuvo mejor resultado, puesto que se inició ya el movimiento revolucionario, y según consta en otra causa que actualmente pende ante el Consejo Supremo de Guerra y Marina, el propio Moreno y el Presidente de la Solidaridad Obrera, José Rodriguez Romero, actuaron como jefes de un núcleo de rebeldes que levantó varias barricadas entre las calles de San Pablo, Beato Oriol, San Ramón y otras próximas; constando además que Ferrer se presentó ese mismo día en la Casa del Pueblo con el fin de recabar de Lorenzo Ardid que la protesta no quedara reducida a la huelga del día 26, acreditándose asimismo que muchos de los individuos a quienes les fueron encontradas armas confesaron que las habían recibido de un señor vestido de azul con sombrero de paja, cuyas señas coincidían exactamente con las que del acusado da la pareja de Caballería.

El siguiente día 27 relata el testigo D. Prancisco de P. Colldefons (quien dicho sea en su honra, ha sido el único habitante de Barcelona que librándose de la incalificable cobardía social que aquí impera, se ha presentado a declarar) que vió a Ferrer, sobre las siete y media de la noche, capitaneando un grupo de rebeldes, que pasó por las Ramblas frente al Liceo y se internó después por la calle del Hospital, habiendo luego reconocido al acusado en rueda de presos, como la persona que había visto en la Rambla al frente del expresado grupo (folio 493), y con este incidente terminan los hechos en que resulta probada la intervención directa del acusado en los sucesos de Barcelona.

El día 28 de Julio se presenta Ferrer acompañado del Llarch en la Sociedad anarquista titulada Fraternidad Republicana, de Premiá, hace llamar al Alcalde Sr. Casas Llibre, al Teniente Alcalde Sr. Mustaró y al auxiliar Espinosa, y celebra con ellos la conferencia, que detalladamente se describe en la acusación Fiscal, proponiéndoles la proclamación de la República y el incendio de iglesias y conventos; proposición que, aun cuando en apariencia es rechazada por el Alcalde, trasciende al exterior y se traduce en hechos, puesto que a partir de esa conferencia, la huelga de Premiá, que antes se desarrollaba pacificamente, toma mal carácter y comienzan las violencias y los ataques e incendios a los conventos; entrega Ferrer a un empleado del Municipio, que no ha sido posible determinar, varios cartuchos de dinamita destinados a la destrucción de los conventos, dos de cuyos cartuchos explotan durante el incendio del convento de los Hermanos de la Doctrina Cristiana, y por último da instrucciones directas a Solá, (a) Casola, sobre la forma de realizar la revolución, según detalladamente se expone en el escrito de acusación fiscal.

También en Masnou se dejó sentir la influencia y la acción revolucionaria de Ferrer, quien después de desfigurarse afeitándose la barba que venía usando, mandó llamar a Juan Puig, (a) Llarch, y le propuso que fuera al Ayuntamiento y proclamara la República en Masnou, proposición que el Llarch rechazó con energía, a pesar de lo cual insistió de nuevo el acusado en que convenía que se excitara a la gente para que comenzara a quemar conventos, y replicándole el Llarch que no comprendía cómo quemando conventos podía venir la República, objeta Ferrer que a él no le importaba la República, pues la cuestión es que haya revolución. Durante la tarde y noche se observó en Masnou la presencia de grupos formados por gente desconocida y en aptitud levantisca, los cuales esperaban la llegada de Ferrer; pero éste no llegó, hablando en su nombre uno de los revoltosos, que disculpó al acusado, diciendo que no podía asistir al acto por reclamar su presencia en Barcelona los asuntos de la revolución; constando, por último, que desde el día 27 al 29 se situaron en la carretera algunos grupos en aptitud de vigilar, los cuales detenían las tartanas, carros y bicicletas, y, según manifestaron a un testigo, al realizar estos actos cumplían órdenes de Ferrer, de quien habían recibido dinero.

A estos cargos claros, precisos y bien determinados, sólo opone Ferrer su negativa; pero no la negativa rotunda y categórica del que tiene arraigada en su alma la absoluta certeza de su inocencia, sino la vacilante y tibia del que niega por no confesar, del que, apremiado en los careos por los testigos de cargo, se ve obligado a confesar lo que antes negaba, y, aun cuando se sostenga tímidamente en su dicho, resulta en todos ellos acosado y maltrecho.

Si, como afirma la defensa, podían haber esculpado a Ferrer Guardia las manifestaciones de Soledad Villafranca y demás adeptos de éste, residentes hoy en Teruel, tiempo han tenido de rendir sus declaraciones en los veintiocho días que ha durado el sumario, y pudo además el acusado citarlos en sus indagatorias, pues del mismo modo que se ha interrogado a todas cuantas personas había citado en ellas, se habría también exigido declaración a éstos; pero no habiendo solicitado declarar hasta que la causa se hallaba en plenario, no ha sido posible acceder a su petición, por prohibirlo el párrafo 5° del artículo 552 de nuestro Código. Lo mismo puede decirse de las declaraciones de los filósofos, pensadores y eminentes personalidades que desde Londres, Bruselas, Paris y Roma pudieran haber traído a los autos sus opiniones sobre el acusado, demostrando que los hombres de las ideas de Ferrer, son opuestos a toda clase de actos violentos; el Auditor da por supuesto que esas declaraciones existen ya en autos, y que en ellas se demuestra en brillantes períodos que Ferrer es el redentor de la Humanidad mediante la instrucción racional y científica; que para difundir esa instrucción entre la clase obrera sacrifica su bienestar, su vida, su actividad y su fortuna; que es un altruísta, un filósofo que se adelanta a su siglo, y cuantos conceptos encomiásticos puedan enaltecer a un hombre y el defensor le prodiga con entusiasmo; pues bien, todas esas entusiastas afirmaciones caen por tierra ante las que de su mano y letra consigna Ferrer en las cartas que constituyen los 50 legajos de correspondencia, algunas de las cuales se hallan transcritas en la primera parte de este dictamen, pues por ellas se demuestra de un modo evidente que Ferrer, en tanto se preocupa de la instrucción del pueblo en cuanto esa educación puede contribuir a formar revolucionarios, dirigiendo sus esfuerzos a saturar los cerebros de panclastina espiritual, elaborada por la instrucción societaria y anarquista, esperando que su explosión produciría, como en efecto ha producido, mayores y más profundos estragos que la otra panclastina, cuya receta acompaña a la circular número 2. Por lo demás, si el defensor desea que venga a los autos la impresión y concepto que del acusado Ferrer se tiene en el extranjero, al folio 468 obra el informe de la Policía francesa de París, en que, de un modo terminante, se expresa que Ferrer es considerado allí como un revolucionario muy peligroso y propagandista de sus ideas por todos los medios que estén a su alcance.

Ha de consignar también el Auditor, respondiendo a una indicación de la defensa, que los numerosos documentos que acompañan a esta causa no han sido jamás objeto del examen, ni mucho menos del fallo, por parte del Tribunal que intervino en la causa por el atentado contra SS. MM., pues los documentos que en aquel proceso se tuvieron presentes quedarian archivados con aquellos autos, de igual manera que lo quedarán los actuales con el presente proceso; siendo además de observar que muchísimas de las cartas actuales están fechadas en los años 1907, 1908 y 1909, y, por tanto, son posteriores al fallo del proceso a que con tanta insistencia se alude por la defensa.

Sensible es que se haya exagerado la defensa del reo en los términos en que aparece la unida a folios número 587 y siguientes, haciéndose en ella aseveraciones absolutamente gratuitas; citándose como asalariados dos testigos que ni siquiera han declarado en autos; relatándose historias que por no tener antecedente ninguno en la causa, merecen el nombre de novelas; tachándose como enemigos del procesado y como falsos a todos los testigos que han declarado en el proceso, siquiera al hacerlo incurra en contradicción con su propio defendido, que acepta como verídicas determinadas afirmaciones de los mismos testigos; y vertiéndose en el curso del escrito maliciosas reticencias, el Auditor se hace cargo de la dificilísima situación del Oficial obligado por la Ley y por su honor a defender un reo que atrae de tal manera la atención sobre sí como Francisco Ferrer Guardia, y que no ofrece a su patrono otra base de esculpación que sus escuetas negativas, situación que indudablemente ha de crear en el espíritu del defensor una tensión tan extraordinaria, que casi puede apreciarse como eximente incompleta al juzgar de lo que en tales condiciones escriba.

Inútil es, por lo demás, que el Auditor se entretenga en discutir una por una las exageradísimas teorías de la defensa; pues habiéndose ocupado ya de rebatirlas con gran precisión, acierto y viveza el Asesor al emitir su opinión, el Auditor acepta y da por reproducido en obsequio a la brevedad cuanto en dicho escrito se contiene.

Después del razonado, concienzudo y minucioso análisis que en el escrito de acusación fiscal y en el parecer del Asesor se hace de nuestras leyes penales, para demostrar que el conjunto de los actos delictivos realizado por los sediciosos bajo la jefatura y por la iniciativa del procesado Ferrer, integran el delito de rebelión militar comprendido en los números 3° y 4° del artículo 237 de nuestro Código, resultaría ocioso y molesto insistir sobre esta calificación que aparece evidente; ya que ni Ferrer se limitó a promover el movimiento anarquista personalmente, y por medio de sus subordinados de la Solidaridad Obrera, influyó de un modo decisivo sobre el partido radical para que se lanzara á la lucha, ni los elementos genuinamente anarquistas circunscribieron su acción al incendio de conventos y demás hechos conexos; según se ha dicho poco há actuaron algunos de ellos como jefes de los rebeldes en uno de los barrios en que se hizo más resistencia al Ejército, ni, por último, la revolución social puede dejar de hallarse comprendida en el artículo 237 antes citado, ya que al destruir todo lo existente se ataca también a la Constitución, al Rey, a los Cuerpos Colegisladores, al Gobierno y a la Sociedad entera. Resulta, por tanto, axiomático que los hechos esclarecidos en esta causa constituyen el delito de rebelión militar, en la cual se cometieron varios delitos comunes.

El hecho de haber intervenido Ferrer en dicha rebelión militar con el carácter de jefe, si no único, por lo menos principalísimo, resulta demostrado por las manifestaciones de los 15 testigos, cuyos dichos se examinan detalladamente en la acusación fiscal y en el parecer del Asesor, rebatiendo a la defensa, y por la declaración del Excmo. Sr. Fiscal del Tribunal Supremo, que refleja, no sólo su opinión personal, siempre valiosísima, sino la de numerosas representaciones de los más importantes elementos de Barcelona, que acudieron a exponer sus impresiones ante aquel elevado funcionario, que, en representación del Gobierno, permaneció durante un mes en Barcelona estudiando el movimiento revolucionario de Cataluña.

Evidencian también dicha jefatura los hechos mismos acaecidos durante la rebelión, enlazándolos con los antecedentes y aspiraciones del procesado, siendo digno de observarse el fenómeno de que las poblaciones donde los hechos de carácter sectario tuvieron mayor desarrollo, corresponden exactamente con los puntos donde la propaganda de Ferrer ha hecho mayores progresos, y el Auditor ha tenido ocasión de comprobar por el examen de los centenares de procedimientos incoados con motivo de los sucesos de Julio, que en varias de aquellas poblaciones, los nombres de los jefes o principales instigadores de los actos sediciosos corresponden con los que aparecen como Profesores colocados por Ferrer en determinadas Escuelas, o de los jefes de algún Centro anarquista que dependía del procesado: hechos que demuestran de un modo bien elocuente la jefatura de Ferrer en la revolución de Julio.

Demostrándose, por cuanto se deja expuesto, que los hechos justiciables merecen el calificativo de rebelión militar, y que el procesado ha intervenido en ésta con la participación de jefe, resulta evidente que se halla incurso en la pena señalada por el párrafo 1° del artículo 238 del Código de Justicia Militar, o sea en la de muerte, con la accesoria que se consigna en la sentencia del Consejo; y considerando que son legales y pertinentes cuantas declaraciones se hacen en el fallo consultado respecto al abono de prisión, en caso de indulto, y a la apreciación de las responsabilidades civiles dimanantes de la criminal atribuída al reo, el Auditor da aquí por reproducidas, para no hacer más largo este dictamen, cuantas consideraciones legales se exponen en el parecer del Asesor respecto a dichas responsabilidades, con la sola aclaración de que éstas han de entenderse impuestas subsidiariamente, de suerte que, si en otras causas se declarase responsables criminalmente a determinados reos por haber intervenido de un modo personal y directo en la ejecución de algún delito de incendio, estrago u otro cualquiera que produzca responsabilidad civil, dichos reos serán responsables antes que Ferrer en los delitos de que respectivamente sean declarados autores.

Por lo expuesto, considerando el Auditor que la sentencia consultada se ajusta estrictamente a la Ley, y la resultancia del proceso, y siendo de aquellas que, con arreglo al número 10, artículo 28 de nuestro Código, han de hacerse ejecutorias por la Autoridad judicial, cualquiera que sea la pena impuesta, procede que V. E. se sirva conferirle dicho carácter, otorgándole su superior aprobación.

Si V. E. así lo acuerda, deberá cumplimentarse lo prevenido en el párrafo 3° del artículo 633 de nuestro Código, dándose conocimiento al Gobierno de este fallo por medio del Excmo. Sr. Ministro de la Guerra, a quien se remitirá copia autorizada de él, suspendiéndose su ejecución, en espera de que el Gobierno conteste quedar enterado, el cual, una vez recibido, se unirá a los autos y se procederá en la forma que disponen los artículos 636 y siguientes del ya mentado Código.

V. E., no obstante, resolverá.

Barcelona, 10 de Octubre de 1909.
Excmo. Sr. Ramón Pastor.- (Rubricado).
5.576.- Hay un sello que dice: Auditoría de Guerra de Cataluña.

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